III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-23034)
Resolución de 6 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Instalación híbrida fotovoltaica San Cebrián de 75,625 MW, y su infraestructura de evacuación, en Valbuena de Pisuerga (Palencia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 271

Lunes 13 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 150563

instalaciones de aquellos elementos retirados y desmontados que se encuentren en
buenas condiciones, como, por ejemplo, cables o tubos de las canalizaciones.
En cualquier caso, se llevará a cabo la separación selectiva de los residuos que se
generen para favorecer su valorización y reutilización en la propia instalación u otras
externas a la obra. Para una correcta gestión de los RCD generados en la obra, se
prevén, como instalaciones para su almacenamiento y manejo, acopios y/o contenedores
de los distintos tipos de RCD (pétreos, plásticos...), zonas o contenedor para lavado de
canaletas/ cubetas de hormigón y contenedores para residuos urbanos. La planta
contará con un punto limpio durante las obras.
Los excedentes de excavaciones se trasladarán a vertedero. Los RCD de naturaleza
pétrea se enviarán a planta de reciclaje o vertedero de RCD. Los metales, plásticos,
maderas, papel y cartón se llevarán a gestor autorizado de residuos no peligrosos. Los
residuos potencialmente peligrosos serán tratados por gestor autorizado de residuos
peligrosos. Por último, las basuras serán gestionadas por los servicios de recogida
municipal.
5.

Afección por utilización de recursos naturales.

Los recursos naturales afectados son, principalmente, el suelo, por la ocupación de
terreno de las instalaciones proyectadas, y el agua, por el consumo que de la misma se
realizará, para abastecimiento de agua potable, servicios higiénicos y limpieza de los
paneles fotovoltaicos.
Los trabajos de construcción van a deteriorar los suelos directamente afectados por
las instalaciones, bien por la ocupación directa por las mismas, o bien por la
compactación al ser temporalmente ocupados por la maquinaria o acopios de materiales.
La superficie de ocupación dentro del vallado de la planta se estima en unas 68 ha. La
línea subterránea tendrá una longitud de unos 4.886 m y 0,75 m de anchura.
A la hora de realizar explanaciones o ensanches de caminos, abrir las zanjas para la
línea eléctrica o durante la excavación para cimentaciones, se procederá previamente a
retirar y conservar la capa de tierra vegetal superficial existente y separarla de otros
materiales inertes para evitar su contaminación. Esta tierra se almacenará en montículos
o cordones junto a la zona de obras, que no sobrepasarán la altura de 2 m.
6.

Afección al patrimonio cultural.

El yacimiento arqueológico más cercano al proyecto es el denominado El Gorralón,
asentamiento de cronología Hierro I, a unos 50 m del límite de la planta, que ha sido
identificado mediante bibliografía y prospección arqueológica. Este yacimiento no
experimentará una ocupación por la instalación proyectada, pero es necesario adoptar
medidas protectoras para evitar afecciones por las obras.
No hay afección a vías pecuarias en el emplazamiento de la planta y línea de
evacuación. La más cercana a las instalaciones es la Colada de Astudillo, situada a 640
m al oeste de la planta.
Incidencia socio-económica sobre el territorio.

Los núcleos habitados más cercanos al emplazamiento de la planta fotovoltaica son
San Cebrián de Buena Madre, a 650 m de la planta y a 500 m de la línea; Valbuena de
Pisuerga, a 1,9 km y Villalaco, a 2,6 km de la planta.
Se producirá un cambio en los usos del suelo, que pasará de agrícola o forestal a
industrial en 68 ha. Actualmente, el suelo está ocupado en su mayor parte por cultivos
herbáceos.
En cuanto a la afección por ruidos, hay que tener en cuenta que los inversores
utilizados en esta instalación generan un nivel sonoro mínimo y los transformadores
generan un nivel de ruido inferior a 60 dBA. La distancia de la planta a zonas habitadas,
superior a 650 m, reducirá las molestias por ruidos.

cve: BOE-A-2023-23034
Verificable en https://www.boe.es

7.