II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Funcionarios docentes en el exterior. (BOE-A-2023-22868)
Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de personal docente en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 11 de noviembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 149628

2) Para acreditar un nivel B2, correspondiente al Nivel B2 del Marco Común
Europeo de Referencia para las Lenguas de cualquier idioma, únicamente se tendrán en
cuenta las titulaciones o certificaciones siguientes:
− Licenciatura o Título de Grado en Filología en el idioma cuyo conocimiento se
requiere.
− Título de Grado en Filología Moderna o en Lenguas Modernas en el idioma cuyo
conocimiento se requiere.
− Licenciatura o Título de Grado en Traducción e Interpretación en el idioma cuyo
conocimiento se requiere.
− Título de Grado en Estudios del idioma cuyo conocimiento se requiere.
− Certificado de Nivel Intermedio B2 o Niveles Avanzado C1 o C2, del idioma cuyo
conocimiento se requiere, obtenido en una Escuela Oficial de Idiomas, o certificación
académica expedida por la Escuela Oficial de Idiomas, conforme a las equivalencias
establecidas en el anexo II del Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre.
− Certificado de Aptitud del idioma cuyo conocimiento se requiere, obtenido en una
Escuela Oficial de Idiomas, conforme a las equivalencias establecidas en el anexo II del
Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre.
− Quienes tuvieran una titulación universitaria cursada en un país cuyo idioma sea el
requerido para el puesto solicitado, siempre y cuando se acredite que se ha cursado la
totalidad de los estudios en ese país a través de la correspondiente certificación
académica y cuando el citado título esté homologado por el departamento ministerial
competente.
− Certificado oficial acreditativo del conocimiento del nivel de idioma requeridos para
el puesto solicitado, de los recogidos por las correspondientes Mesas Lingüísticas de la
Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas, así como, en su caso, los
establecidos en el anexo V de esta convocatoria, para Neerlandés.
3) Para acreditar un nivel B1, correspondiente al Nivel B1 del Marco Común
Europeo de Referencia para las Lenguas de cualquier idioma, serán tenidos en cuenta
los títulos o certificaciones siguientes:
− Título de Maestro/a o equivalente, especialidad Filología en el idioma cuyo
conocimiento se requiere.
− Diplomatura en Traducción e Interpretación en el idioma cuyo conocimiento se
requiere.
− Diploma de Maestro/a de Catalán, para puestos de Andorra en los que se requiere
esta lengua.
− Certificado oficial de Nivel Intermedio B1 en el idioma cuyo conocimiento se requiere,
obtenido en una Escuela Oficial de Idiomas, o certificación académica expedida por la
Escuela Oficial de Idiomas, conforme a las equivalencias establecidas en el anexo II del
Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 23).
− Certificado oficial de Ciclo Elemental en el idioma cuyo conocimiento se requiere
obtenido en una Escuela Oficial de Idiomas, conforme a las equivalencias establecidas
en el anexo II del Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre («Boletín Oficial del
Estado» de 23).
− Quienes tuvieran una titulación universitaria cursada en un país cuyo idioma sea el
requerido para el puesto solicitado, siempre y cuando se acredite que se ha cursado la
totalidad de los estudios en ese país a través de la correspondiente certificación
académica y cuando el citado título esté homologado por el departamento ministerial
competente.
− Certificado oficial acreditativo del conocimiento del nivel de idioma requeridos para
el puesto solicitado, de los recogidos por las correspondientes Mesas Lingüísticas de la
Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas, así como, en su caso, los
establecidos en el anexo V de esta convocatoria, para Neerlandés.

cve: BOE-A-2023-22868
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Núm. 270