II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Asesores técnicos en el exterior. (BOE-A-2023-22867)
Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de asesores técnicos/as en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 11 de noviembre de 2023

Méritos

2.2 Puestos en las Administraciones Educativas.

Puntos

Sec. II.B. Pág. 149614

Documentación justificativa

Hasta 2,00

2.2.1 Por cada año en puestos no docentes de nivel 26 o superior de las Administraciones educativas o en la Inspección de Educación,
siempre que se corresponda con un nivel superior al del cuerpo por el que se participa.

0,25

Copia del nombramiento con diligencia de posesión y cese o certificado en el que se indique el tiempo en el que se ha
desempeñado dicho cargo o, en su caso, en el que conste que este curso se continúa en el mismo.

2.2.2 Por cada año como asesor técnico o asesora técnica docente en puestos de las Administraciones educativas.

0,20

Copia del nombramiento con diligencia de posesión y cese o certificado en el que se indique el tiempo en el que se ha
desempeñado dicho cargo o, en su caso, en el que conste que este curso se continúa en el mismo.

2.3 Participación en programas y proyectos.

Hasta 1,50

2.3.1 Por cada año académico como profesor o profesora en programas o proyectos de mejora e innovación educativa aprobados por las
Administraciones educativas, en los que se haya participado a partir del 1 de septiembre de 2003.

0,10

2.3.2 Por cada año académico como profesor o profesora de enseñanza-aprendizaje integrado de lenguas y contenido (AICLE).

0,10

2.3.3 Por cada año académico como profesor o profesora de enseñanzas impartidas, en su totalidad o en parte, a través de plataformas
educativas o sistemas de gestión del aprendizaje, en programas aprobados por las Administraciones educativas, en los que se haya participado
a partir del 1 de septiembre de 2003.

0,10

2.3.4 Por cada año académico de participación en proyectos relativos a las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones aprobados
por las Administraciones educativas, en los que se haya participado a partir del 1 de septiembre de 2003

0,10

2.3.5 Por cada año académico de participación en proyectos educativos europeos de niveles no universitarios dentro del marco de los
programas educativos de la Comisión Europea, en los que se haya participado a partir del 1 de septiembre de.2003
Por este apartado se valorará la participación en proyectos educativos anuales o plurianuales correspondientes a los siguientes programas:
− Programa Sócrates II: acciones Comenius, Grundtvig, Lingua, Minerva y Leonardo.
− Programa de Aprendizaje Permanente: asociaciones de los programas sectoriales Comenius, Leonardo y Grundtvig, y proyectos de movilidad
Leonardo.
− Programa Erasmus +: proyectos de movilidad para el aprendizaje KA1 y asociaciones estratégicas KA2.

0,10

2.3.6 Por cada año académico de participación en los siguientes programas en el exterior promovidos por este Ministerio: profesores visitantes,
intercambio «puesto por puesto», auxiliares de conversación y profesores en Secciones Bilingües de países de Europa central y oriental, Rusia y
China.

0,10

Documento justificativo expedido por la Administración educativa española correspondiente o con su visto bueno expreso, en el
que consten las características descritas en la columna «MÉRITOS» y la duración de la participación en el programa o proyecto.

Certificado expedido por la Administración educativa española correspondiente o con su visto bueno expreso, en el que consten
las características descritas en la columna «MÉRITOS» y la duración de la participación en el programa o proyecto.

Certificado expedido por este Ministerio en el que conste la duración de la participación en el programa.

A los efectos de la justificación de los méritos de los subapartados 2.3.1 a 2.3.5, no se considerarán los documentos emitidos por los centros docentes. Los certificados indicados en el apartado documentación justificativa deberán recoger las características que se describen en el apartado de
méritos para cada uno de los subapartados.
Sólo se valorará la participación en programas y proyectos impartidos en las enseñanzas que corresponde impartir a los cuerpos docentes que se ordenan en la Disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Sólo se contabilizará una participación por año académico en cada uno de los subapartados. En los certificados emitidos deberá constar la duración de la participación en el programa o proyecto, considerándose equivalente al año académico cuando se acredite una participación en el
proyecto o programa de, al menos, seis meses de duración en el correspondiente curso académico.
Conforme al artículo 15 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los certificados acreditativos de los méritos que se justifiquen para que surtan efecto en esta convocatoria, deben constar, en su caso, traducidos al
castellano.

cve: BOE-A-2023-22867
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 270