III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2023-22938)
Resolución de 19 de octubre de 2023, del Consorcio Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación, por la que se publica el Convenio con Novartis y la Universitat Politécnica de Cataluña, para el desarrollo de un proyecto de investigación en el marco de la convocatoria del plan de doctorados industriales 2023 en la modalidad de cofinanciación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 270
Sábado 11 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 149788
2. Desarrollo de los modelos generativos probabilísticos con aplicación en el sector
farmacéutico, así de como un código asociado para su implementación, que permitan
detectar y gestionar la incertidumbre, así como simular el impacto causal de potenciales
intervenciones en el sector farmacéutico. Dichos modelos pueden aplicarse a problemas
industriales del sector farmacéutico donde el riesgo es un factor que considerar, tales
como previsiones financieras, análisis de impacto de la competencia, predicción del
efecto sobre una inversión, pero también otros ámbitos tales como problemas de visión
por computador (por ejemplo, en análisis de imágenes médicas) donde son necesarios
requisitos de seguridad.
3. Este convenio está supeditado a la obtención de una subvención en régimen de
concurrencia competitiva convocada por la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias
y de Investigación de la Generalitat de Catalunya (de acuerdo con las resoluciones
REU/1504/2023, de 27 de abril y REU/1358/2023, de 19 de abril) dentro del Plan
Doctorados Industriales.
Segunda.
Obligaciones generales de las partes.
Las Partes se comprometen a desarrollar el proyecto de investigación y doctorado
industrial con el alcance y enfoque siguientes:
– Se coordinará la formación en competencias transversales (entorno académico y
entorno empresarial) del investigador o investigadora seleccionado, incluyendo su
potencial participación en cursos de formación relacionados con la materia.
– Se pondrán a disposición del investigador o investigadora seleccionados los
recursos pertinentes y necesarios para la formación del mismo, así como de la
realización del proyecto de investigación y desarrollo de su tesis. Por parte del entorno
empresarial, se proporcionará al investigador acceso a los datos corporativos (tal y como
se específica en el anexo III).
– Se explorará la bibliografía existente en la temática para identificar oportunidades
diferenciadoras concretas de investigación en ese ámbito.
– Se identificarán problemas industriales concretos a abordar por el proyecto de
investigación.
– Se realizará un seguimiento de la actividad de investigación de manera puntual,
incluyendo la revisión de materiales generados para publicación.
– Se integrará la solución desarrollada (modelos y software asociado) en uno de los
problemas industriales identificados por el sujeto empresarial.
– Se reservará tiempo para la redacción de la tesis doctoral.
Tercera.
Obligaciones específicas de las partes.
El proyecto de investigación y doctorado industrial se dividirá en una serie de
obligaciones que tendrá que acatar cada Parte. Cada obligación será responsabilidad de
una de las Partes, sin embargo, es posible que otras Partes participen o colaboren en el
desarrollo de los trabajos técnicos que forman parte de sus obligaciones. En concreto,
las obligaciones específicas son las siguientes:
Obligaciones específicas de Novartis:
1. Realizar todas las gestiones necesarias para la contratación laboral del
[doctorando / a la doctoranda], haciéndose cargo de la totalidad de los costes laborales
derivados de la normativa laboral vigente, de acuerdo con las condiciones y obligaciones
económicas establecidas en la cláusula cuarta de este convenio.
2. Trasladar al doctorando o doctoranda las obligaciones necesarias que tendrá
que asumir para dar cumplimiento al presente convenio y, especialmente, a la
confidencialidad, publicaciones de resultados de investigación, propiedad intelectual e
industrial.
cve: BOE-A-2023-22938
Verificable en https://www.boe.es
3.1
Núm. 270
Sábado 11 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 149788
2. Desarrollo de los modelos generativos probabilísticos con aplicación en el sector
farmacéutico, así de como un código asociado para su implementación, que permitan
detectar y gestionar la incertidumbre, así como simular el impacto causal de potenciales
intervenciones en el sector farmacéutico. Dichos modelos pueden aplicarse a problemas
industriales del sector farmacéutico donde el riesgo es un factor que considerar, tales
como previsiones financieras, análisis de impacto de la competencia, predicción del
efecto sobre una inversión, pero también otros ámbitos tales como problemas de visión
por computador (por ejemplo, en análisis de imágenes médicas) donde son necesarios
requisitos de seguridad.
3. Este convenio está supeditado a la obtención de una subvención en régimen de
concurrencia competitiva convocada por la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias
y de Investigación de la Generalitat de Catalunya (de acuerdo con las resoluciones
REU/1504/2023, de 27 de abril y REU/1358/2023, de 19 de abril) dentro del Plan
Doctorados Industriales.
Segunda.
Obligaciones generales de las partes.
Las Partes se comprometen a desarrollar el proyecto de investigación y doctorado
industrial con el alcance y enfoque siguientes:
– Se coordinará la formación en competencias transversales (entorno académico y
entorno empresarial) del investigador o investigadora seleccionado, incluyendo su
potencial participación en cursos de formación relacionados con la materia.
– Se pondrán a disposición del investigador o investigadora seleccionados los
recursos pertinentes y necesarios para la formación del mismo, así como de la
realización del proyecto de investigación y desarrollo de su tesis. Por parte del entorno
empresarial, se proporcionará al investigador acceso a los datos corporativos (tal y como
se específica en el anexo III).
– Se explorará la bibliografía existente en la temática para identificar oportunidades
diferenciadoras concretas de investigación en ese ámbito.
– Se identificarán problemas industriales concretos a abordar por el proyecto de
investigación.
– Se realizará un seguimiento de la actividad de investigación de manera puntual,
incluyendo la revisión de materiales generados para publicación.
– Se integrará la solución desarrollada (modelos y software asociado) en uno de los
problemas industriales identificados por el sujeto empresarial.
– Se reservará tiempo para la redacción de la tesis doctoral.
Tercera.
Obligaciones específicas de las partes.
El proyecto de investigación y doctorado industrial se dividirá en una serie de
obligaciones que tendrá que acatar cada Parte. Cada obligación será responsabilidad de
una de las Partes, sin embargo, es posible que otras Partes participen o colaboren en el
desarrollo de los trabajos técnicos que forman parte de sus obligaciones. En concreto,
las obligaciones específicas son las siguientes:
Obligaciones específicas de Novartis:
1. Realizar todas las gestiones necesarias para la contratación laboral del
[doctorando / a la doctoranda], haciéndose cargo de la totalidad de los costes laborales
derivados de la normativa laboral vigente, de acuerdo con las condiciones y obligaciones
económicas establecidas en la cláusula cuarta de este convenio.
2. Trasladar al doctorando o doctoranda las obligaciones necesarias que tendrá
que asumir para dar cumplimiento al presente convenio y, especialmente, a la
confidencialidad, publicaciones de resultados de investigación, propiedad intelectual e
industrial.
cve: BOE-A-2023-22938
Verificable en https://www.boe.es
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