I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Inteligencia artificial. (BOE-A-2023-22767)
Real Decreto 817/2023, de 8 de noviembre, que establece un entorno controlado de pruebas para el ensayo del cumplimiento de la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 268
3. Educación y
formación profesional.
Jueves 9 de noviembre de 2023
Sec. I. Pág. 149162
a) Sistemas de IA destinados a utilizarse para determinar el acceso o la admisión de personas físicas a programas o centros
educativos y de formación profesional a todos los niveles o para asignar a personas físicas a dichos programas o centros;
b) Sistemas de IA destinados a utilizarse para evaluar los resultados del aprendizaje, también cuando dichos resultados se
utilicen para orientar el proceso de aprendizaje de las personas físicas en programas o centros educativos y de formación
profesional a todos los niveles.
a) Sistemas de IA destinados a utilizarse para la contratación o la selección de personas físicas, en particular para
publicar anuncios de empleo específicos, analizar y filtrar las solicitudes de empleo y evaluar a los candidatos.
4. Empleo, gestión de
b) IA destinada a utilizarse para tomar decisiones relativas a la promoción y a la rescisión de relaciones contractuales
trabajadores y acceso al
de índole laboral, para la asignación de tareas a partir de comportamientos individuales o rasgos o características
autoempleo.
personales y para realizar un seguimiento y una evaluación del rendimiento y el comportamiento de las personas en el
marco de dichas relaciones.
6. Asuntos
relacionados con la
aplicación de la ley.
a) Sistemas de IA destinados a ser utilizados por las autoridades encargadas de la aplicación de la ley o en su nombre
para evaluar el riesgo de que una persona física cometa una infracción o reincida o el riesgo de que una persona física
se convierta en posible víctima de infracciones penales;
b) Sistemas de IA destinados a ser utilizados por las autoridades encargadas de la aplicación de la ley o en su nombre
como polígrafos y herramientas similares, o para detectar el estado emocional de una persona física;
c) Sistemas de IA destinados a ser utilizados por las autoridades encargadas de la aplicación de la ley o en su nombre
para evaluar la fiabilidad de las pruebas durante la investigación o el enjuiciamiento de infracciones penales;
d) Sistemas de IA destinados a ser utilizados por las autoridades encargadas de la aplicación de la ley o en su nombre
para predecir la comisión o reiteración de una infracción penal real o potencial a partir de la elaboración de perfiles de
personas físicas mencionada en el artículo 3, punto 4, de la Directiva (UE) 2016/680, o para evaluar rasgos y
características de la personalidad o comportamientos delictivos pasados de personas físicas o grupos;
e) Sistemas de IA destinados a ser utilizados por las autoridades encargadas de la aplicación de la ley o en su nombre
para elaborar perfiles de personas físicas, como se menciona en el artículo 3, punto 4, de la Directiva (UE) 2016/680,
durante la detección, la investigación o el enjuiciamiento de infracciones penales.
7. Gestión de la
migración, el asilo y el
control fronterizo.
a) Sistemas de IA destinados a ser utilizados por las autoridades públicas competentes o en su nombre como polígrafos
y herramientas similares, o para detectar el estado emocional de una persona física;
b) Sistemas de IA destinados a ser utilizados por las autoridades públicas competentes o en su nombre para evaluar un
riesgo, como un riesgo para la seguridad, la salud o relativo a la migración irregular, que plantee una persona física que
tenga la intención de entrar o haya entrado en el territorio de un Estado miembro;
c) Sistemas de IA destinados a ser utilizados por las autoridades públicas competentes o en su nombre para a
verificación de la autenticidad de documentos de viaje y los documentos justificativos de las personas físicas y la
detección de documentos falsos mediante la comprobación de sus elementos de seguridad.
d) Sistemas de IA destinados a ser utilizados por las autoridades públicas competentes o en su nombre para examinar
las solicitudes de asilo, visado y permiso de residencia, y las reclamaciones asociadas con respecto a la admisibilidad de
las personas físicas solicitantes.
8. Actividad
a) Sistemas de IA destinados a ser utilizados por una autoridad judicial o en su nombre para interpretar hechos o la ley,
jurisdiccional y procesos
así como para aplicar la ley a un conjunto concreto de hechos.
democráticos.
cve: BOE-A-2023-22767
Verificable en https://www.boe.es
a) Sistemas de IA destinados a ser utilizados por las autoridades públicas o en su nombre para evaluar la admisibilidad
de las personas físicas para acceder a servicios y ayudas esenciales de asistencia pública, así como para conceder,
reducir, retirar o recuperar dichos servicios y ayudas;
b) Sistemas de IA destinados a utilizarse para evaluar la solvencia de personas físicas o establecer su calificación
5. Acceso y disfrute de crediticia, salvo los sistemas de IA puestos en servicio por proveedores que son microempresas y pequeñas empresas,
servicios públicos y
tal como se definen en el anexo de la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, para su uso propio;
privados esenciales y
c) Sistemas de IA destinados a utilizarse para el envío o el establecimiento de prioridades en el envío de servicios de
sus beneficios.
primera intervención en situaciones de emergencia, por ejemplo, bomberos y servicios de asistencia médica;
d) Sistemas de IA destinados a utilizarse para la evaluación de riesgos y la fijación de precios en relación con las
personas físicas en el caso de los seguros de vida y de salud, con excepción de los sistemas de IA puestos en servicio
por proveedores que sean microempresas y pequeñas empresas, tal como se definen en el anexo de la Recomendación
2003/361/CE de la Comisión, para su propio uso.
Núm. 268
3. Educación y
formación profesional.
Jueves 9 de noviembre de 2023
Sec. I. Pág. 149162
a) Sistemas de IA destinados a utilizarse para determinar el acceso o la admisión de personas físicas a programas o centros
educativos y de formación profesional a todos los niveles o para asignar a personas físicas a dichos programas o centros;
b) Sistemas de IA destinados a utilizarse para evaluar los resultados del aprendizaje, también cuando dichos resultados se
utilicen para orientar el proceso de aprendizaje de las personas físicas en programas o centros educativos y de formación
profesional a todos los niveles.
a) Sistemas de IA destinados a utilizarse para la contratación o la selección de personas físicas, en particular para
publicar anuncios de empleo específicos, analizar y filtrar las solicitudes de empleo y evaluar a los candidatos.
4. Empleo, gestión de
b) IA destinada a utilizarse para tomar decisiones relativas a la promoción y a la rescisión de relaciones contractuales
trabajadores y acceso al
de índole laboral, para la asignación de tareas a partir de comportamientos individuales o rasgos o características
autoempleo.
personales y para realizar un seguimiento y una evaluación del rendimiento y el comportamiento de las personas en el
marco de dichas relaciones.
6. Asuntos
relacionados con la
aplicación de la ley.
a) Sistemas de IA destinados a ser utilizados por las autoridades encargadas de la aplicación de la ley o en su nombre
para evaluar el riesgo de que una persona física cometa una infracción o reincida o el riesgo de que una persona física
se convierta en posible víctima de infracciones penales;
b) Sistemas de IA destinados a ser utilizados por las autoridades encargadas de la aplicación de la ley o en su nombre
como polígrafos y herramientas similares, o para detectar el estado emocional de una persona física;
c) Sistemas de IA destinados a ser utilizados por las autoridades encargadas de la aplicación de la ley o en su nombre
para evaluar la fiabilidad de las pruebas durante la investigación o el enjuiciamiento de infracciones penales;
d) Sistemas de IA destinados a ser utilizados por las autoridades encargadas de la aplicación de la ley o en su nombre
para predecir la comisión o reiteración de una infracción penal real o potencial a partir de la elaboración de perfiles de
personas físicas mencionada en el artículo 3, punto 4, de la Directiva (UE) 2016/680, o para evaluar rasgos y
características de la personalidad o comportamientos delictivos pasados de personas físicas o grupos;
e) Sistemas de IA destinados a ser utilizados por las autoridades encargadas de la aplicación de la ley o en su nombre
para elaborar perfiles de personas físicas, como se menciona en el artículo 3, punto 4, de la Directiva (UE) 2016/680,
durante la detección, la investigación o el enjuiciamiento de infracciones penales.
7. Gestión de la
migración, el asilo y el
control fronterizo.
a) Sistemas de IA destinados a ser utilizados por las autoridades públicas competentes o en su nombre como polígrafos
y herramientas similares, o para detectar el estado emocional de una persona física;
b) Sistemas de IA destinados a ser utilizados por las autoridades públicas competentes o en su nombre para evaluar un
riesgo, como un riesgo para la seguridad, la salud o relativo a la migración irregular, que plantee una persona física que
tenga la intención de entrar o haya entrado en el territorio de un Estado miembro;
c) Sistemas de IA destinados a ser utilizados por las autoridades públicas competentes o en su nombre para a
verificación de la autenticidad de documentos de viaje y los documentos justificativos de las personas físicas y la
detección de documentos falsos mediante la comprobación de sus elementos de seguridad.
d) Sistemas de IA destinados a ser utilizados por las autoridades públicas competentes o en su nombre para examinar
las solicitudes de asilo, visado y permiso de residencia, y las reclamaciones asociadas con respecto a la admisibilidad de
las personas físicas solicitantes.
8. Actividad
a) Sistemas de IA destinados a ser utilizados por una autoridad judicial o en su nombre para interpretar hechos o la ley,
jurisdiccional y procesos
así como para aplicar la ley a un conjunto concreto de hechos.
democráticos.
cve: BOE-A-2023-22767
Verificable en https://www.boe.es
a) Sistemas de IA destinados a ser utilizados por las autoridades públicas o en su nombre para evaluar la admisibilidad
de las personas físicas para acceder a servicios y ayudas esenciales de asistencia pública, así como para conceder,
reducir, retirar o recuperar dichos servicios y ayudas;
b) Sistemas de IA destinados a utilizarse para evaluar la solvencia de personas físicas o establecer su calificación
5. Acceso y disfrute de crediticia, salvo los sistemas de IA puestos en servicio por proveedores que son microempresas y pequeñas empresas,
servicios públicos y
tal como se definen en el anexo de la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, para su uso propio;
privados esenciales y
c) Sistemas de IA destinados a utilizarse para el envío o el establecimiento de prioridades en el envío de servicios de
sus beneficios.
primera intervención en situaciones de emergencia, por ejemplo, bomberos y servicios de asistencia médica;
d) Sistemas de IA destinados a utilizarse para la evaluación de riesgos y la fijación de precios en relación con las
personas físicas en el caso de los seguros de vida y de salud, con excepción de los sistemas de IA puestos en servicio
por proveedores que sean microempresas y pequeñas empresas, tal como se definen en el anexo de la Recomendación
2003/361/CE de la Comisión, para su propio uso.