III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-22748)
Resolución de 27 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Repotenciación de los circuitos de 400 KV Almaraz CN-Morata 1 y Almaraz CN-Morata 2, en las comunidades autónomas de Madrid, Castilla-La Mancha y Extremadura".
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 267
Miércoles 8 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 148802
– Se protegerán los árboles que existan en las zonas más próximas a las áreas de
movimiento de maquinaria, jalonando una zona libre alrededor para proteger las raíces y
ramas.
– Se adoptarán las medidas de prevención de incendios recogidas en la legislación
específica.
– Tras las obras se restaurarán las áreas degradadas mediante el aporte de tierra
vegetal previamente retirada de los terrenos afectados y la implantación de vegetación,
si fuera necesario.
Durante la fase de funcionamiento no se producirá ningún impacto sobre los HIC. En
caso de ser necesarias actuaciones de mantenimiento o de reparación, los efectos sobre
los valores de la Red Natura 2000 serán equivalentes a los que se producen en la
situación actual y de menor magnitud que los descritos en fase de obra.
Los organismos autonómicos competentes destacan que toda poda o tala de
vegetación debe ajustarse a la normativa específica de cada comunidad autónoma
afectada, y contar con la autorización o comunicación al organismo competente.
Además, en línea con las medidas propuestas por el promotor, indican que debe evitarse
la degradación o la destrucción de los HIC y la vegetación natural existente en la zona de
actuación, utilizando los accesos existentes y ocupando la menor superficie posible,
preferentemente, en zonas desprovistas de vegetación natural o áreas degradadas,
evitando generar explanaciones fuera de la traza. En cualquier caso, el promotor deberá
proceder a la restauración de las zonas afectadas. Teniendo en cuenta el contenido de
los informes recibidos, se añaden las prescripciones 3 a 5 de la resolución.
Según el documento ambiental, dentro de los espacios Red Natura 2000 por los que
discurre la línea, destaca la presencia de especies protegidas como de milano real
(Milvus milvus), malvasía cabeciblanca (Oxyura leucocephala), águila imperial ibérica
(Aquila adalberti), fumarel común (Chlidonias niger) y lince ibérico (Lynx pardinus),
catalogadas como «en peligro de extinción» según el Catálogo Español de Especies
Amenazadas, así como, el murciélago ratonero grande (Myotis myotis), murciélago
grande de herradura (Rhinolophus ferrumequinum), murciélago de cueva (Miniopterus
schreibersii), aguilucho cenizo (Circus pygargus), águila pescadora (Pandion haliaetus),
ganga ibérica (Pterocles alchata), ganga ortega (Pterocles orientalis), águila azor
perdicera (Hieraaetus fasciatus), sisón común (Tetrax tetrax), buitre negro (Aegypius
monachus), cigüeña negra (Ciconia nigra) y alimoche común (Neophron percnopterus),
catalogadas como «vulnerables».
Concretamente, la ZEPA «Área esteparia de la margen derecha del río Guadarrama»
se caracteriza por la presencia de poblaciones de aves esteparias, especialmente,
avutarda (Otis tarda) y de otras especies menos representativas, como el sisón, la ganga
ortega y el cernícalo primilla (Falco naumanni).
La ZEC/ZEPA «Ríos de la margen izquierda del Tajo y Berrocales del Tajo» se
caracteriza por la fauna de ecosistemas riparios y de monte mediterráneo, donde habitan
especies amenazadas como el águila imperial ibérica, el águila perdicera, la cigüeña
negra y el lince ibérico.
El proyecto también se desarrolla en el ámbito de aplicación de los planes de
recuperación del águila perdicera y del águila imperial en Castilla-La Mancha
(Decreto 76/2016, de 13 de diciembre y Decreto 275/2003, de 9 de septiembre).
Las acciones previstas conllevan la presencia y la actividad de maquinaria y personal
en el entorno de la obra que causarán molestias sobre las especies de fauna debido al
ruido, lo que podría originar su desplazamiento temporal. No se prevé un aumento del
riesgo de mortalidad y, dada la tipología de las acciones y la limitada superficie de
actuación, el promotor considera que la afección sobre la fauna durante la obra no es
significativa, siempre que se adopten medidas para disminuir las molestias.
cve: BOE-A-2023-22748
Verificable en https://www.boe.es
Fauna.
Núm. 267
Miércoles 8 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 148802
– Se protegerán los árboles que existan en las zonas más próximas a las áreas de
movimiento de maquinaria, jalonando una zona libre alrededor para proteger las raíces y
ramas.
– Se adoptarán las medidas de prevención de incendios recogidas en la legislación
específica.
– Tras las obras se restaurarán las áreas degradadas mediante el aporte de tierra
vegetal previamente retirada de los terrenos afectados y la implantación de vegetación,
si fuera necesario.
Durante la fase de funcionamiento no se producirá ningún impacto sobre los HIC. En
caso de ser necesarias actuaciones de mantenimiento o de reparación, los efectos sobre
los valores de la Red Natura 2000 serán equivalentes a los que se producen en la
situación actual y de menor magnitud que los descritos en fase de obra.
Los organismos autonómicos competentes destacan que toda poda o tala de
vegetación debe ajustarse a la normativa específica de cada comunidad autónoma
afectada, y contar con la autorización o comunicación al organismo competente.
Además, en línea con las medidas propuestas por el promotor, indican que debe evitarse
la degradación o la destrucción de los HIC y la vegetación natural existente en la zona de
actuación, utilizando los accesos existentes y ocupando la menor superficie posible,
preferentemente, en zonas desprovistas de vegetación natural o áreas degradadas,
evitando generar explanaciones fuera de la traza. En cualquier caso, el promotor deberá
proceder a la restauración de las zonas afectadas. Teniendo en cuenta el contenido de
los informes recibidos, se añaden las prescripciones 3 a 5 de la resolución.
Según el documento ambiental, dentro de los espacios Red Natura 2000 por los que
discurre la línea, destaca la presencia de especies protegidas como de milano real
(Milvus milvus), malvasía cabeciblanca (Oxyura leucocephala), águila imperial ibérica
(Aquila adalberti), fumarel común (Chlidonias niger) y lince ibérico (Lynx pardinus),
catalogadas como «en peligro de extinción» según el Catálogo Español de Especies
Amenazadas, así como, el murciélago ratonero grande (Myotis myotis), murciélago
grande de herradura (Rhinolophus ferrumequinum), murciélago de cueva (Miniopterus
schreibersii), aguilucho cenizo (Circus pygargus), águila pescadora (Pandion haliaetus),
ganga ibérica (Pterocles alchata), ganga ortega (Pterocles orientalis), águila azor
perdicera (Hieraaetus fasciatus), sisón común (Tetrax tetrax), buitre negro (Aegypius
monachus), cigüeña negra (Ciconia nigra) y alimoche común (Neophron percnopterus),
catalogadas como «vulnerables».
Concretamente, la ZEPA «Área esteparia de la margen derecha del río Guadarrama»
se caracteriza por la presencia de poblaciones de aves esteparias, especialmente,
avutarda (Otis tarda) y de otras especies menos representativas, como el sisón, la ganga
ortega y el cernícalo primilla (Falco naumanni).
La ZEC/ZEPA «Ríos de la margen izquierda del Tajo y Berrocales del Tajo» se
caracteriza por la fauna de ecosistemas riparios y de monte mediterráneo, donde habitan
especies amenazadas como el águila imperial ibérica, el águila perdicera, la cigüeña
negra y el lince ibérico.
El proyecto también se desarrolla en el ámbito de aplicación de los planes de
recuperación del águila perdicera y del águila imperial en Castilla-La Mancha
(Decreto 76/2016, de 13 de diciembre y Decreto 275/2003, de 9 de septiembre).
Las acciones previstas conllevan la presencia y la actividad de maquinaria y personal
en el entorno de la obra que causarán molestias sobre las especies de fauna debido al
ruido, lo que podría originar su desplazamiento temporal. No se prevé un aumento del
riesgo de mortalidad y, dada la tipología de las acciones y la limitada superficie de
actuación, el promotor considera que la afección sobre la fauna durante la obra no es
significativa, siempre que se adopten medidas para disminuir las molestias.
cve: BOE-A-2023-22748
Verificable en https://www.boe.es
Fauna.