III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-22748)
Resolución de 27 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Repotenciación de los circuitos de 400 KV Almaraz CN-Morata 1 y Almaraz CN-Morata 2, en las comunidades autónomas de Madrid, Castilla-La Mancha y Extremadura".
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 8 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 148804
de fauna protegida presentes en la zona de actuación y, en ese sentido, solicitan limitar
temporalmente las actuaciones en el entorno del proyecto.
La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de
Madrid indica que se deben limitar temporalmente las actuaciones en el ámbito del
«Corredor de La Sagra», para aves esteparias.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha advierte que existen apoyos que en Zona de Dispersión y Área
Critica de águila perdicera, así como, en Zona de Dispersión de águila imperial. Además,
en el entorno cercano de las actuaciones proyectadas existen zonas de reproducción de
aves esteparias. Por tanto, requiere que los trabajos se efectúen fuera de las épocas de
cría y nidificación de las especies protegidas. Además, solicita que el promotor aporte el
detalle del tipo de crucetas que se tiene previsto emplear para comprobar el
cumplimiento de las distancias mínimas establecidas a los elementos en tensión,
elementos aislados, etc. Finalmente, añade una serie de recomendaciones sobre la
instalación de salvapájaros, como la instalación de los dispositivos a una distancia de 10
m de separación y el uso de espirales frente dispositivos de tiras de neopreno en X.
La Dirección General de Economía Circular de la Junta de Comunidades de CastillaLa Mancha informa que, en caso de instalación de alargaderas, dispondrán de
dispositivos antiposada.
La Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura establece la
necesidad de que todos los trabajos en el entorno del apoyo 31 en Belvís de Monroy
(Cáceres), incluyendo el posible acondicionamiento del camino de acceso, acopios de
materiales u otras actuaciones, deberán respetar el periodo reproductor del lince ibérico.
El organismo solicita que se comunique el inicio y el final de las obras, así como la
presencia de especies amenazadas, a la propia Dirección General y a la unidad
Territorial de Vigilancia número 3. Finalmente, recomienda aumentar la densidad de
señalizadores salvapájaros (instalándolos cada 7 m de separación) y mejorar su
visibilidad mediante el empleo aspas giratorias luminiscentes y aspas giratorias
luminosas, especialmente, en el entorno de la ZEPA «Embalse de Valdecañas».
La Oficina Española de Cambio Climático informa que se debe garantizar la
conservación de corredores ecológicos como mecanismo para la adaptación de la
biodiversidad al cambio climático, así como mantener la biodiversidad de los
ecosistemas entre los que destaca los cauces fluviales y sus ecosistemas asociados.
Teniendo en cuenta lo informado por los organismos autonómicos competentes, con
objeto de unificar, en la medida de lo posible, las consideraciones realizadas sobre la
fauna, especialmente, las limitaciones temporales de las obras y las condiciones de
protección y señalización de la línea contra los riesgos de colisión y electrocución, este
órgano ambiental establece las prescripciones 6-14 de la presente resolución.
Calidad atmosférica y contaminación acústica.
Los impactos sobre la calidad atmosférica (emisiones de gases, partículas y ruido)
derivarán del uso de maquinaria, así como del polvo generado por el tránsito de
vehículos. No obstante, en ningún caso se prevé que pueda superarse ningún valor
límite o umbral estipulado por la normativa vigente. Dado el carácter temporal y
localizado de las actuaciones, así como su ubicación en espacios abiertos, el promotor
no considera significativa esta afección.
Para minimizar los impactos, el promotor propone medidas relacionadas con buenas
prácticas de obra como: riegos periódicos de los elementos que puedan generar
emisiones de partículas en suspensión a la atmósfera; limitación de actuaciones en días
de fuertes vientos; limitación de la velocidad y uso de lonas en los camiones que
transporten materiales térreos; evitar el funcionamiento simultáneo de maquinaria
pesada; etc.
La Oficina Española de Cambio Climático considera que el proyecto tendrá un
impacto positivo global sobre la mitigación del cambio climático.
cve: BOE-A-2023-22748
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 267
Miércoles 8 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 148804
de fauna protegida presentes en la zona de actuación y, en ese sentido, solicitan limitar
temporalmente las actuaciones en el entorno del proyecto.
La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de
Madrid indica que se deben limitar temporalmente las actuaciones en el ámbito del
«Corredor de La Sagra», para aves esteparias.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha advierte que existen apoyos que en Zona de Dispersión y Área
Critica de águila perdicera, así como, en Zona de Dispersión de águila imperial. Además,
en el entorno cercano de las actuaciones proyectadas existen zonas de reproducción de
aves esteparias. Por tanto, requiere que los trabajos se efectúen fuera de las épocas de
cría y nidificación de las especies protegidas. Además, solicita que el promotor aporte el
detalle del tipo de crucetas que se tiene previsto emplear para comprobar el
cumplimiento de las distancias mínimas establecidas a los elementos en tensión,
elementos aislados, etc. Finalmente, añade una serie de recomendaciones sobre la
instalación de salvapájaros, como la instalación de los dispositivos a una distancia de 10
m de separación y el uso de espirales frente dispositivos de tiras de neopreno en X.
La Dirección General de Economía Circular de la Junta de Comunidades de CastillaLa Mancha informa que, en caso de instalación de alargaderas, dispondrán de
dispositivos antiposada.
La Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura establece la
necesidad de que todos los trabajos en el entorno del apoyo 31 en Belvís de Monroy
(Cáceres), incluyendo el posible acondicionamiento del camino de acceso, acopios de
materiales u otras actuaciones, deberán respetar el periodo reproductor del lince ibérico.
El organismo solicita que se comunique el inicio y el final de las obras, así como la
presencia de especies amenazadas, a la propia Dirección General y a la unidad
Territorial de Vigilancia número 3. Finalmente, recomienda aumentar la densidad de
señalizadores salvapájaros (instalándolos cada 7 m de separación) y mejorar su
visibilidad mediante el empleo aspas giratorias luminiscentes y aspas giratorias
luminosas, especialmente, en el entorno de la ZEPA «Embalse de Valdecañas».
La Oficina Española de Cambio Climático informa que se debe garantizar la
conservación de corredores ecológicos como mecanismo para la adaptación de la
biodiversidad al cambio climático, así como mantener la biodiversidad de los
ecosistemas entre los que destaca los cauces fluviales y sus ecosistemas asociados.
Teniendo en cuenta lo informado por los organismos autonómicos competentes, con
objeto de unificar, en la medida de lo posible, las consideraciones realizadas sobre la
fauna, especialmente, las limitaciones temporales de las obras y las condiciones de
protección y señalización de la línea contra los riesgos de colisión y electrocución, este
órgano ambiental establece las prescripciones 6-14 de la presente resolución.
Calidad atmosférica y contaminación acústica.
Los impactos sobre la calidad atmosférica (emisiones de gases, partículas y ruido)
derivarán del uso de maquinaria, así como del polvo generado por el tránsito de
vehículos. No obstante, en ningún caso se prevé que pueda superarse ningún valor
límite o umbral estipulado por la normativa vigente. Dado el carácter temporal y
localizado de las actuaciones, así como su ubicación en espacios abiertos, el promotor
no considera significativa esta afección.
Para minimizar los impactos, el promotor propone medidas relacionadas con buenas
prácticas de obra como: riegos periódicos de los elementos que puedan generar
emisiones de partículas en suspensión a la atmósfera; limitación de actuaciones en días
de fuertes vientos; limitación de la velocidad y uso de lonas en los camiones que
transporten materiales térreos; evitar el funcionamiento simultáneo de maquinaria
pesada; etc.
La Oficina Española de Cambio Climático considera que el proyecto tendrá un
impacto positivo global sobre la mitigación del cambio climático.
cve: BOE-A-2023-22748
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 267