III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-22747)
Resolución de 26 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Acondicionamiento del barranco del Soto como desagüe de fondo de la Loteta, en Boquiñeni, Gallur y Pradilla de Ebro (Zaragoza)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 8 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 148779
inundada y la salinidad de las aguas entre el final del canal de desagüe en el Galacho de
los Fornazos y la desembocadura del barranco del Soto en el río Ebro.
El estudio concluye que el área máxima inundada en el Galacho de los Fornazos es
de 32,0 ha. La profundidad media del agua será de 30 cm y la franja media inundada es
de 1,9 km con una anchura de 112 m. Mientras que el tiempo de permanencia de la zona
inundada máxima será de aproximadamente 46 días y una vez deja de entrar agua, su
vaciado total necesita de 45 horas más para volver a la situación de partida. Por ello,
dada la excepcionalidad de la maniobra de vaciado de emergencia y que ésta afecta al
DPH al que se añadiría 1,7 ha más del interior del meandro, se puede considerar que la
inundación producida no es diferente de la que ya ocurre con los procesos naturales, por
lo que el desembalse de emergencia tendrá un efecto compatible con la conservación de
la calidad de las aguas.
El promotor indica que diversas alegaciones recibidas durante la evaluación
ambiental simplificada del proyecto, entre ellas las de Ecologistas en Acción y el Instituto
Aragonés de Gestión Ambiental del Gobierno de Aragón, hacían constar que la diferente
salinidad de las aguas del embalse de la Loteta podría afectar a los humedales del
Galacho de los Fornazos y a la ZEC de los Sotos y mejanas del Ebro.
Para su valoración el promotor ha analizado en el estudio mencionado, las
magnitudes alcanzadas y variación de la salinidad de las masas de agua, medida por su
conductividad a lo largo del tiempo de permanencia de las aguas desembalsadas y cómo
afecta las aguas procedentes de la Loteta sobre la calidad de las aguas en los Fornazos
y el río Ebro. Se ha calculado la evolución de la salinidad de las aguas desembalsadas
bajo dos supuestos: en el primero se considera un vaciado en el que las aguas salen por
el desagüe de fondo de forma estratificada sin mezcla siguiendo el sentido de abajo
hacia arriba. En un segundo supuesto se produce una mezcla al formarse una pluma de
descarga que recorre y mezcla la columna de agua. Este estudio concluye que el
impacto de las aguas desembalsadas en ambos supuestos es compatible con los rangos
de salinidad conocidos que caracterizan las aguas superficiales del Ebro y de los
Fornazos.
En el caso de las aguas subterráneas, se determina que el impacto de las aguas
desembalsadas es compatible con los rangos de salinidad conocidos que caracterizan
las aguas subterráneas que constituyen el acuífero aluvial del Ebro.
El Área de Gestión Medioambiental de la Confederación Hidrográfica del Ebro emite
informe en el que considera adecuada la documentación aportada, a salvo del
cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras recogidas en el mismo, y de que
se lleven a cabo todas aquellas medidas necesarias, tendentes a minimizar la
significación de la posible afección de la actuación proyectada sobre el medio hídrico en
la zona de actuación, garantizando que no se alterará significativamente la dinámica
hidrológica de la zona y asegurando la calidad de las aguas superficiales y subterráneas.
Se destaca que los trabajos proyectados no profundizarán por debajo del nivel
freático, evitando de este modo afecciones a los acuíferos, y se solicitarán las
autorizaciones pertinentes. Estos aspectos quedan recogidos en la condición 9) y 10) de
la resolución.
La Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del Ebro
hace constar la relación de las masas de agua relacionadas con el proyecto,
ES091MSPF451 Río Ebro desde el río Arba de Luesia hasta el río Jalón (río),
ES091MSPF1680 Embalse de la Loteta (lago) y ES091MSBT052 Aluvial del Ebro:
Tudela-Alagón (masa de agua subterránea), adjuntando información sobre de las
diferentes masas de agua.
El informe del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental del Gobierno de Aragón pone
de manifiesto que en el EsIA se ha tenido en consideración lo dicho por este organismo
en el procedimiento de evaluación ambiental simplificada. A tal efecto, se ha realizado un
estudio hidrológico y se constata que el promotor ha modificado el proyecto de forma que
no se realizará ninguna obra en el Canal Imperial de Aragón. Destaca que en caso de
desagüe de los caudales previstos de 26 m3/s, se producirán también modificaciones en
cve: BOE-A-2023-22747
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 267
Miércoles 8 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 148779
inundada y la salinidad de las aguas entre el final del canal de desagüe en el Galacho de
los Fornazos y la desembocadura del barranco del Soto en el río Ebro.
El estudio concluye que el área máxima inundada en el Galacho de los Fornazos es
de 32,0 ha. La profundidad media del agua será de 30 cm y la franja media inundada es
de 1,9 km con una anchura de 112 m. Mientras que el tiempo de permanencia de la zona
inundada máxima será de aproximadamente 46 días y una vez deja de entrar agua, su
vaciado total necesita de 45 horas más para volver a la situación de partida. Por ello,
dada la excepcionalidad de la maniobra de vaciado de emergencia y que ésta afecta al
DPH al que se añadiría 1,7 ha más del interior del meandro, se puede considerar que la
inundación producida no es diferente de la que ya ocurre con los procesos naturales, por
lo que el desembalse de emergencia tendrá un efecto compatible con la conservación de
la calidad de las aguas.
El promotor indica que diversas alegaciones recibidas durante la evaluación
ambiental simplificada del proyecto, entre ellas las de Ecologistas en Acción y el Instituto
Aragonés de Gestión Ambiental del Gobierno de Aragón, hacían constar que la diferente
salinidad de las aguas del embalse de la Loteta podría afectar a los humedales del
Galacho de los Fornazos y a la ZEC de los Sotos y mejanas del Ebro.
Para su valoración el promotor ha analizado en el estudio mencionado, las
magnitudes alcanzadas y variación de la salinidad de las masas de agua, medida por su
conductividad a lo largo del tiempo de permanencia de las aguas desembalsadas y cómo
afecta las aguas procedentes de la Loteta sobre la calidad de las aguas en los Fornazos
y el río Ebro. Se ha calculado la evolución de la salinidad de las aguas desembalsadas
bajo dos supuestos: en el primero se considera un vaciado en el que las aguas salen por
el desagüe de fondo de forma estratificada sin mezcla siguiendo el sentido de abajo
hacia arriba. En un segundo supuesto se produce una mezcla al formarse una pluma de
descarga que recorre y mezcla la columna de agua. Este estudio concluye que el
impacto de las aguas desembalsadas en ambos supuestos es compatible con los rangos
de salinidad conocidos que caracterizan las aguas superficiales del Ebro y de los
Fornazos.
En el caso de las aguas subterráneas, se determina que el impacto de las aguas
desembalsadas es compatible con los rangos de salinidad conocidos que caracterizan
las aguas subterráneas que constituyen el acuífero aluvial del Ebro.
El Área de Gestión Medioambiental de la Confederación Hidrográfica del Ebro emite
informe en el que considera adecuada la documentación aportada, a salvo del
cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras recogidas en el mismo, y de que
se lleven a cabo todas aquellas medidas necesarias, tendentes a minimizar la
significación de la posible afección de la actuación proyectada sobre el medio hídrico en
la zona de actuación, garantizando que no se alterará significativamente la dinámica
hidrológica de la zona y asegurando la calidad de las aguas superficiales y subterráneas.
Se destaca que los trabajos proyectados no profundizarán por debajo del nivel
freático, evitando de este modo afecciones a los acuíferos, y se solicitarán las
autorizaciones pertinentes. Estos aspectos quedan recogidos en la condición 9) y 10) de
la resolución.
La Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del Ebro
hace constar la relación de las masas de agua relacionadas con el proyecto,
ES091MSPF451 Río Ebro desde el río Arba de Luesia hasta el río Jalón (río),
ES091MSPF1680 Embalse de la Loteta (lago) y ES091MSBT052 Aluvial del Ebro:
Tudela-Alagón (masa de agua subterránea), adjuntando información sobre de las
diferentes masas de agua.
El informe del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental del Gobierno de Aragón pone
de manifiesto que en el EsIA se ha tenido en consideración lo dicho por este organismo
en el procedimiento de evaluación ambiental simplificada. A tal efecto, se ha realizado un
estudio hidrológico y se constata que el promotor ha modificado el proyecto de forma que
no se realizará ninguna obra en el Canal Imperial de Aragón. Destaca que en caso de
desagüe de los caudales previstos de 26 m3/s, se producirán también modificaciones en
cve: BOE-A-2023-22747
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 267