III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-22747)
Resolución de 26 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Acondicionamiento del barranco del Soto como desagüe de fondo de la Loteta, en Boquiñeni, Gallur y Pradilla de Ebro (Zaragoza)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 267
Miércoles 8 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 148775
caudal de desagüe previsto de 26 m3/sg. Estas son las siguientes, de aguas arriba hacia
aguas abajo: Autopista Vasco Aragonesa AP-68, carretera nacional N-232, conducción
de conexión entre presa de la Loteta, Canal Imperial de Aragón, ferrocarril ZaragozaPaís Vasco y carretera local VP-24 de Gallur a Boquiñeni.
La duración de las obras se ha estimado por el promotor en 11 meses.
2.
Tramitación del procedimiento
Mediante Resolución de fecha 4 de julio de 2018, de la Dirección General de
Biodiversidad y Calidad Ambiental del MITECO, fue dictado informe de impacto
ambiental de sometimiento a evaluación de impacto ambiental del proyecto, dado que
podría tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
El 23 de septiembre de 2021, se publica en el «Boletín Oficial del Estado», anuncio
por el que se somete el estudio de impacto ambiental (EsIA) y el proyecto a información
pública. Asimismo, se publica en el «Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza», de 30
de septiembre de 2021, en el Heraldo de Aragón, en la sede electrónica de la
Confederación Hidrográfica del Ebro y en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de
Pradilla de Ebro, Gallur y Boquiñeni. No se recibieron alegaciones.
Con fecha 9 de septiembre de 2021, se consulta a las Administraciones públicas
afectadas y a las personas interesadas, recogidas en el anexo I, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental.
Con fecha 27 de abril de 2022, la Dirección General del Agua del MITECO remite el
expediente del proyecto para inicio del procedimiento de evaluación de impacto
ambiental ordinaria, según lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley de evaluación
ambiental.
Tras el análisis formal del expediente, se concluye que no constan los informes
preceptivos previstos en el artículo 37.2, apartados a), b), c) f), g) e i) de la Ley de
evaluación ambiental, por lo que se requiere su subsanación con fecha 23 de mayo
de 2022 a la Dirección General del Agua.
Con fecha 12 de diciembre de 2022, se reciben los informes preceptivos procedentes
de la Dirección General Patrimonio Cultural, el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,
ambos del Gobierno de Aragón y los informes del área de Gestión Medioambiental y de
la Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del Ebro.
Una vez realizado el análisis técnico se concluye, que existen carencias en el EsIA y
conforme a lo dispuesto en el artículo 40.3 de la Ley de evaluación ambiental, se
requiere al órgano sustantivo, con fecha 13 de abril de 2023, la subsanación del mismo.
Con fecha 1 de junio de 2023, se recibe documentación aclaratoria sobre las carencias
detectadas y los informes de la Dirección de Salud Pública y de la Dirección General de
Interior y Protección Civil del Gobierno de Aragón.
Con fecha 19 de julio de 2023 se remite por parte del órgano sustantivo el informe de
la Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal del Gobierno de Aragón.
3.
Análisis de alternativas.
El promotor en el EsIA considera la Alternativa Cero o de no realización del proyecto
y dos alternativas con trazado diferente (A1 y A2).
La Alternativa A1 consiste en el acondicionamiento de todo el trazado del barranco
del Soto hasta llegar al río Ebro. Supone el acondicionamiento y mejora de unos 7.480 m
lineales de barranco, que comienzan tras el canal de desagüe de fondo construido en la
presa de la Loteta, con solera a la cota +259,50 m y que incluye el paso por el Galacho
de los Fornazos y la mejora del tramo entre este galacho y el río Ebro.
La Alternativa A2 comienza en el mismo punto que la Alternativa A1 pero termina en
el punto de conexión del barranco del Soto con el Galacho de los Fornazos. A partir de
cve: BOE-A-2023-22747
Verificable en https://www.boe.es
a.
Análisis técnico del expediente
Núm. 267
Miércoles 8 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 148775
caudal de desagüe previsto de 26 m3/sg. Estas son las siguientes, de aguas arriba hacia
aguas abajo: Autopista Vasco Aragonesa AP-68, carretera nacional N-232, conducción
de conexión entre presa de la Loteta, Canal Imperial de Aragón, ferrocarril ZaragozaPaís Vasco y carretera local VP-24 de Gallur a Boquiñeni.
La duración de las obras se ha estimado por el promotor en 11 meses.
2.
Tramitación del procedimiento
Mediante Resolución de fecha 4 de julio de 2018, de la Dirección General de
Biodiversidad y Calidad Ambiental del MITECO, fue dictado informe de impacto
ambiental de sometimiento a evaluación de impacto ambiental del proyecto, dado que
podría tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
El 23 de septiembre de 2021, se publica en el «Boletín Oficial del Estado», anuncio
por el que se somete el estudio de impacto ambiental (EsIA) y el proyecto a información
pública. Asimismo, se publica en el «Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza», de 30
de septiembre de 2021, en el Heraldo de Aragón, en la sede electrónica de la
Confederación Hidrográfica del Ebro y en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de
Pradilla de Ebro, Gallur y Boquiñeni. No se recibieron alegaciones.
Con fecha 9 de septiembre de 2021, se consulta a las Administraciones públicas
afectadas y a las personas interesadas, recogidas en el anexo I, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental.
Con fecha 27 de abril de 2022, la Dirección General del Agua del MITECO remite el
expediente del proyecto para inicio del procedimiento de evaluación de impacto
ambiental ordinaria, según lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley de evaluación
ambiental.
Tras el análisis formal del expediente, se concluye que no constan los informes
preceptivos previstos en el artículo 37.2, apartados a), b), c) f), g) e i) de la Ley de
evaluación ambiental, por lo que se requiere su subsanación con fecha 23 de mayo
de 2022 a la Dirección General del Agua.
Con fecha 12 de diciembre de 2022, se reciben los informes preceptivos procedentes
de la Dirección General Patrimonio Cultural, el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,
ambos del Gobierno de Aragón y los informes del área de Gestión Medioambiental y de
la Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del Ebro.
Una vez realizado el análisis técnico se concluye, que existen carencias en el EsIA y
conforme a lo dispuesto en el artículo 40.3 de la Ley de evaluación ambiental, se
requiere al órgano sustantivo, con fecha 13 de abril de 2023, la subsanación del mismo.
Con fecha 1 de junio de 2023, se recibe documentación aclaratoria sobre las carencias
detectadas y los informes de la Dirección de Salud Pública y de la Dirección General de
Interior y Protección Civil del Gobierno de Aragón.
Con fecha 19 de julio de 2023 se remite por parte del órgano sustantivo el informe de
la Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal del Gobierno de Aragón.
3.
Análisis de alternativas.
El promotor en el EsIA considera la Alternativa Cero o de no realización del proyecto
y dos alternativas con trazado diferente (A1 y A2).
La Alternativa A1 consiste en el acondicionamiento de todo el trazado del barranco
del Soto hasta llegar al río Ebro. Supone el acondicionamiento y mejora de unos 7.480 m
lineales de barranco, que comienzan tras el canal de desagüe de fondo construido en la
presa de la Loteta, con solera a la cota +259,50 m y que incluye el paso por el Galacho
de los Fornazos y la mejora del tramo entre este galacho y el río Ebro.
La Alternativa A2 comienza en el mismo punto que la Alternativa A1 pero termina en
el punto de conexión del barranco del Soto con el Galacho de los Fornazos. A partir de
cve: BOE-A-2023-22747
Verificable en https://www.boe.es
a.
Análisis técnico del expediente