III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-22735)
Resolución de 18 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el V Convenio colectivo de Nuclenor, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 267

Miércoles 8 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 148600

medidas previstas en este artículo en un plazo de 10 días desde que acontezca la causa
que exija la adecuación de la plantilla. Dicha comisión tendrá como normas básicas las
siguientes:
– Será una Comisión paritaria compuesta, en igual número, por representantes de la
Dirección y de la Representación Sindical (1 por cada Representación Sindical).
– Nombrará un Presidente y un Secretario, elegidos de común acuerdo por ambas
partes.
Artículo 40. Responsabilidad civil.
La empresa asume la responsabilidad civil del personal, en su totalidad, derivada del
ejercicio profesional de sus funciones. A todos los efectos la empresa correrá con todos
los gastos que correspondan a fianzas, reclamaciones por daños materiales y
personales y cualquier otra indemnización que se derive de actuación profesional del
personal. Ello sin perjuicio de las sanciones disciplinarias a que hubiere lugar.
Asimismo, la empresa asume los gastos de defensa jurídica que sean necesarios en
tal situación.
No será de aplicación el compromiso empresarial cuando en la comisión del hecho
punible haya intervenido directa y dolosamente el personal como autor, cómplice o
encubridor.
CAPÍTULO 11
Premios faltas y sanciones
Artículo 41. Premios.
Con el fin de compensar la conducta, rendimiento, laboriosidad y cualidades
sobresalientes del personal, estimulándole al propio tiempo para que se supere en el
cumplimiento de sus obligaciones, la Empresa deberá establecer los correspondientes
premios, que podrán otorgarse individual o colectivamente.
Para mejor servicio de la justicia y consecución de los fines señalados, procurará
muy especialmente la Empresa, al ejercer aquella facultad, ponderar debidamente las
circunstancias del caso y la situación de cada cual, de modo que ningún acto que lo
merezca quede sin premio, ni se otorgue jamás a quien no lo haya merecido.
Se señalan como motivos dignos de premio los siguientes:

Se considerarán como actos heroicos los que, con grave riesgo de su vida o
integridad corporal, realiza una persona trabajadora, con el fin de evitar un accidente o
reducir sus proporciones.
Se estimarán meritorios aquellos cuya realización no exija grave exposición de la
vida e integridad física pero sí una voluntad manifiestamente extraordinaria, por encima
de los deberes reglamentarios, de evitar o vencer una anormalidad en bien de los
servicios o de los usuarios.
En los casos a que se refieren los dos párrafos anteriores, se tendrán en cuenta
como circunstancias que aumentarán los merecimientos de la persona trabajadora, el no
hallarse de servicio o no estar obligado a intervenir, así como la falta de medios
adecuados, la notable inferioridad en que se hallaba o cualesquiera otras semejantes.
Consiste el espíritu de servicio en realizar éste no de modo formulario o corriente,
sino con entrega total de las facultades todas de la persona trabajadora y con decidido
propósito, manifestado en hechos concretos, de lograr una mayor perfección en favor de

cve: BOE-A-2023-22735
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Actos heroicos.
Actos meritorios.
Espíritu de servicio.
Afán de superación profesional.