II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado. (BOE-A-2023-22653)
Resolución de 26 de octubre de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca concurso para provisión de puestos de trabajo adscritos al Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 7 de noviembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 148105

Mejor atención del menor:
1) Justificación del municipio correspondiente al domicilio habitual de los hijos mediante
certificado literal de empadronamiento colectivo y certificado de la Escuela Infantil o Colegio
en el que estén matriculados éstos (en el caso de que no estén escolarizados se deberá
aportar cualquier otro documento que muestre la vinculación con el municipio, como puede
ser alguna documentación sanitaria, recibos de guardería,…).
2) Declaración del progenitor solicitante justificando las razones que avalan que el
cambio de puesto permite la mejor atención del menor, acompañada en su caso de la
correspondiente documentación acreditativa.
c) Por el cuidado de un familiar, hasta el segundo grado inclusive de
consanguinidad o afinidad. Hasta 2 puntos siempre que, por razones de edad, accidente,
enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad
retribuida, cuando se acceda desde un municipio distinto, y siempre que se acredite
fehacientemente por los interesados que el destino que se solicita permite una mejor
atención del familiar.
La puntuación podrá elevarse hasta un máximo de 6 puntos cuando se trate de un
hijo mayor de 12 años que, por razones de accidente, enfermedad o discapacidad, no
pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida, si se cumplen las
condiciones enumeradas en el párrafo anterior, valorándose con los mismos criterios
sobre el domicilio establecidos para el cuidado de hijos.
Asimismo, podrá elevarse hasta un máximo de 6 puntos, por las mismas razones y
con las mismas condiciones, para el resto de familiares hasta el segundo grado inclusive
de consanguinidad o afinidad si están sujetos a tutela o curatela del solicitante.
La valoración de este supuesto será incompatible con la otorgada en el supuesto
previsto en la letra b) para el cuidado de hijos.
Documentación acreditativa mínima que debe presentarse:
Parentesco: copia del libro de familia y/o de otros documentos públicos que acrediten
la relación de consanguinidad o afinidad en el grado que establece el precepto.
Situación de dependencia por edad, accidente, enfermedad o discapacidad: Copia de
la resolución o documento acreditativo del grado de dependencia y/o discapacidad
expedido por los órganos de la Administración Pública competentes en la materia. En su
defecto, certificado médico oficial actualizado justificativo de la situación de dependencia
por edad, accidente o discapacidad del familiar objeto de cuidado, que será objeto de
valoración específica por el Servicio de prevención de la AEAT respecto a la incapacidad
para valerse por sí mismo.
Copia de la sentencia o resolución relativa a la tutela o curatela.
No desempeño de actividad retribuida: Certificado que acredite que no se está de
alta en ningún Régimen de la Seguridad social por la realización de un trabajo por cuenta
propia o ajena y declaración de la persona dependiente de que no desempeña actividad
retribuida alguna.
Acceso desde municipio distinto: certificado literal de empadronamiento del familiar.
Mejor atención del familiar. Declaración del solicitante justificando las razones que
avalan que el cambio de puesto de trabajo permite la mejor atención del familiar.
La documentación acreditativa requerida para cada uno de los supuestos previstos
en este apartado 6 de la base quinta se adjuntará a la solicitud o se presentará en los
términos indicados en el apartado 1 de la base tercera cuando la instancia se haya
presentado por vía telemática.
No obstante, no será precisa la aportación del certificado de empadronamiento del
participante en el presente concurso y de sus hijos menores de edad, si presta su
consentimiento, mediante modelo que figura como anexo IV, para que la Agencia Estatal
de Administración Tributaria acceda al Sistema de Verificación de Datos de Residencia
previsto en el Real Decreto 523/2006, de 28 de abril, por el que se suprime la exigencia

cve: BOE-A-2023-22653
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Núm. 266