III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-22685)
Resolución de 17 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques fotovoltaicos Tebe y Telefo y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Zaragoza y Bizkaia».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 7 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 148321

tablones de anuncios de los Ayuntamientos de Ejea de los Caballeros, Villa de Sádaba y
Biota, recibiéndose tres alegaciones de entidades y particulares.
Con fecha 29 de abril de 2022, el órgano sustantivo remite a esta Dirección General,
solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto, y
con fecha 25 de mayo de 2022, se realiza un requerimiento de subsanación, de acuerdo
con el apartado 1 del artículo 40 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental, que es atendido el 9 de septiembre de 2022.
El promotor, con fecha 2 de agosto de 2023, remite información complementaria,
incluyendo un apéndice con el índice de vulnerabilidad espacial (SVI) y sensibilidad
(BSI), un estudio anual de avifauna completo, así como un plan de medidas, que incluye
un plan de compensación para hábitats de interés comunitario y medidas
compensatorias para la avifauna esteparia. Posteriormente, el promotor aportó el
«Apéndice 1» con el estudio y análisis ambiental de las alternativas soterradas, el
«Apéndice 2» con el estudio de efectos sinérgicos y acumulativos y cartografía.
3. Análisis técnico del expediente
A continuación, se exponen los impactos significativos y los aspectos más relevantes
puestos de manifiesto durante la tramitación de la evaluación ambiental del proyecto,
que fundamentan y motivan la presente resolución.
a) Análisis de alternativas. El EsIA realiza un estudio de alternativas de las plantas
fotovoltaicas Tebe y Telefo, así como de la SET Valdejasa 2 400/30 kV, de la LAAT SET
Valdejasa 2 400/30 kV - Nudo Valdejasa 2, planteada originalmente, y de la SET
Promotores Gatica 220 kV.
En primer lugar, incluye la alternativa cero, o de no actuación, especificándose que
no se generaría ningún beneficio en el medio socioeconómico de la zona ni se
favorecería la sostenibilidad del modelo energético. Se consideran tres alternativas para
el emplazamiento de las plantas fotovoltaicas, así como para la ubicación de la SET
Valdejasa 2 400/30 kV, y su línea de evacuación, teniendo en consideración criterios
urbanísticos, afección a la hidrología, flora, fauna, figuras de protección ambiental,
dominio público, zonificación ambiental para energía renovable fotovoltaica, usos del
territorio, riesgos ambientales, afección paisajística, obtención de rendimiento económico
de las parcelas, así como la proximidad a núcleos urbanos. Adicionalmente, en el caso
de la SET Valdejasa 2 400/30 kV y línea de evacuación, se considera como criterio la
longitud.
En lo que respecta a las plantas fotovoltaicas, las alternativas planteadas se dividen
en tres nudos, y tendrían las siguientes características:
– Nudo 1: PFV Tebe, con una superficie poligonal de 142,09 ha, y la PFV Telefo, con
una superficie poligonal de 137,47 ha, en el término municipal de Tauste, provincia de
Zaragoza.
– Nudo 2: PFV Tebe, con una superficie poligonal de 117,47 ha, y la PFV Telefo, con
una superficie poligonal de 114,37 ha, en el término municipal de Castejón de Valdejasa,
provincia de Zaragoza.
– Nudo 3: PFV Tebe, con una superficie poligonal de 121,18 ha, con un área vallada
de 59,75 ha, y la PFV Telefo, con una superficie poligonal de 155,25 ha, con un área
vallada de 87,55 ha, en el término municipal de Ejea de los Caballeros, provincia de
Zaragoza.
El promotor, tras el análisis multicriterio, concluye que la alternativa Nudo 3 va a
suponer una menor afección a los factores ambientales analizados, específicamente, en
cuestiones como la disponibilidad de superficie, afección a flora y fauna, afección a usos
del territorio existentes en las parcelas, y riesgos ambientales. Tras el proceso de
información pública, el promotor reduce la superficie ocupada por la alternativa

cve: BOE-A-2023-22685
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Núm. 266