III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-22685)
Resolución de 17 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques fotovoltaicos Tebe y Telefo y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Zaragoza y Bizkaia».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 7 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 148339
visual acumulado que ocasiona la ejecución de todas las plantas fotovoltaicas en la
zona. No obstante, el promotor considera que con las medidas preventivas y correctoras
a adoptar se evitará y/o mitigará dicho impacto, considerándolo como moderado.
En el estudio de efectos sinérgicos y acumulativos elaborado por el promotor, se han
tenido en cuenta las plantas fotovoltaicas, líneas eléctricas y parques eólicos construidos
o en tramitación, en un ámbito de 10 km, tomado desde el perímetro de las instalaciones.
A la vista de estos resultados, el promotor señala que, aun teniendo en cuenta que los
desplazamientos de las especies, van a poder ser asumidos perfectamente por el
territorio circundante, tanto en el caso de considerar la totalidad del clúster como si se
analiza el expediente por separado. Para ello, se plantea la adopción de medidas
preventivas, correctoras y compensatorias, favoreciendo la utilización de espacios en
torno a los parques del expediente compensando la pérdida de territorios favorables para
las especies. A este respecto, con el fin de mejorar la conectividad y evitar la
fragmentación del hábitat estepario, se reducirá la superficie de los vallados de la planta
Tebe, quedando finalmente una superficie vallada de 59,75 ha.
El Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, y la
Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático, ambas del Gobierno Vasco, señalan
que en el análisis de los impactos acumulativos y sinérgicos dentro del EsIA no se han
considerado los impactos con otras infraestructuras que coartan la funcionalidad
ecológica en el territorio afectado: carreteras, núcleos urbanos, o el trazado del tren de
alta velocidad. El promotor, en respuesta a los organismos, señala que la LAAT 220 kV
SET Promotores Gatica 220 kV–SET Gatica 220 kV REE y la SET Promotores
Gatica 220 kV se encuentran recogidos en el EsIA del expediente PFot-677. A este
respecto, el promotor señala que los efectos acumulativos y las sinergias se han
analizado pormenorizadamente en el capítulo 10 de mencionado EsIA, así como en su
anexo 7 «Estudio de efectos acumulativos y sinérgicos», en el que el promotor ha
incluido los proyectos en estudio que se encuentran en la zona de influencia, así como
aquellos proyectos de otros promotores que, en el momento de redacción del anexo,
estuvieran o hubieran estado en información pública. El promotor señala que se ha
considerado, como criterio básico en la determinación de las alternativas del trazado, la
agrupación de infraestructuras con el objetivo de consolidar corredores de
infraestructuras ya existentes.
c) Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad de los
proyectos. El EsIA analiza la vulnerabilidad del proyecto frente a catástrofes o accidentes
graves, realizando una descripción y evaluación de aquellos accidentes graves más
comunes, así como de las catástrofes naturales existentes. Entre los principales riesgos
derivados de la existencia de la infraestructura, destacan el riesgo de incendio/
explosión, vertidos accidentales, contaminación de suelos por vertido accidental, así
como la contaminación de cursos de agua superficiales o subterráneos.
El promotor estudia la vulnerabilidad del proyecto ante el riesgo de accidentes graves
o catástrofes relevantes, analizando tres grandes grupos: vulnerabilidad por riesgos
geológicos (terremotos, inestabilidad de laderas, inestabilidad del subsuelo),
vulnerabilidad por riesgos climáticos (avenidas, inundaciones, viento, granizo), y
vulnerabilidad por riesgos humanos y/o naturales (principalmente, riesgo de incendio).
Del análisis de cada uno de los factores mencionados, se ha realizado una matriz para
evaluar el riesgo que suponen para el medio ambiente, con indicación de los posibles
efectos en caso de ocurrencia. El promotor considera todos los impactos como
compatibles o poco significativos.
En lo que respecta a la vulnerabilidad del proyecto frente a inundaciones, la
Confederación Hidrográfica del Ebro indica que el ámbito de estudio se encuentra fuera
de Áreas de Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSIs).
Por otro lado, la Dirección General de Interior y Protección Civil del Gobierno de
Aragón señala que el diseño del vallado perimetral de las plantas fotovoltaicas debe
permitir el acceso rápido y seguro a las masas forestales colindantes por parte de los
medios terrestres de extinción de incendio, y no suponer un obstáculo o impedimento en
cve: BOE-A-2023-22685
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 266
Martes 7 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 148339
visual acumulado que ocasiona la ejecución de todas las plantas fotovoltaicas en la
zona. No obstante, el promotor considera que con las medidas preventivas y correctoras
a adoptar se evitará y/o mitigará dicho impacto, considerándolo como moderado.
En el estudio de efectos sinérgicos y acumulativos elaborado por el promotor, se han
tenido en cuenta las plantas fotovoltaicas, líneas eléctricas y parques eólicos construidos
o en tramitación, en un ámbito de 10 km, tomado desde el perímetro de las instalaciones.
A la vista de estos resultados, el promotor señala que, aun teniendo en cuenta que los
desplazamientos de las especies, van a poder ser asumidos perfectamente por el
territorio circundante, tanto en el caso de considerar la totalidad del clúster como si se
analiza el expediente por separado. Para ello, se plantea la adopción de medidas
preventivas, correctoras y compensatorias, favoreciendo la utilización de espacios en
torno a los parques del expediente compensando la pérdida de territorios favorables para
las especies. A este respecto, con el fin de mejorar la conectividad y evitar la
fragmentación del hábitat estepario, se reducirá la superficie de los vallados de la planta
Tebe, quedando finalmente una superficie vallada de 59,75 ha.
El Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, y la
Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático, ambas del Gobierno Vasco, señalan
que en el análisis de los impactos acumulativos y sinérgicos dentro del EsIA no se han
considerado los impactos con otras infraestructuras que coartan la funcionalidad
ecológica en el territorio afectado: carreteras, núcleos urbanos, o el trazado del tren de
alta velocidad. El promotor, en respuesta a los organismos, señala que la LAAT 220 kV
SET Promotores Gatica 220 kV–SET Gatica 220 kV REE y la SET Promotores
Gatica 220 kV se encuentran recogidos en el EsIA del expediente PFot-677. A este
respecto, el promotor señala que los efectos acumulativos y las sinergias se han
analizado pormenorizadamente en el capítulo 10 de mencionado EsIA, así como en su
anexo 7 «Estudio de efectos acumulativos y sinérgicos», en el que el promotor ha
incluido los proyectos en estudio que se encuentran en la zona de influencia, así como
aquellos proyectos de otros promotores que, en el momento de redacción del anexo,
estuvieran o hubieran estado en información pública. El promotor señala que se ha
considerado, como criterio básico en la determinación de las alternativas del trazado, la
agrupación de infraestructuras con el objetivo de consolidar corredores de
infraestructuras ya existentes.
c) Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad de los
proyectos. El EsIA analiza la vulnerabilidad del proyecto frente a catástrofes o accidentes
graves, realizando una descripción y evaluación de aquellos accidentes graves más
comunes, así como de las catástrofes naturales existentes. Entre los principales riesgos
derivados de la existencia de la infraestructura, destacan el riesgo de incendio/
explosión, vertidos accidentales, contaminación de suelos por vertido accidental, así
como la contaminación de cursos de agua superficiales o subterráneos.
El promotor estudia la vulnerabilidad del proyecto ante el riesgo de accidentes graves
o catástrofes relevantes, analizando tres grandes grupos: vulnerabilidad por riesgos
geológicos (terremotos, inestabilidad de laderas, inestabilidad del subsuelo),
vulnerabilidad por riesgos climáticos (avenidas, inundaciones, viento, granizo), y
vulnerabilidad por riesgos humanos y/o naturales (principalmente, riesgo de incendio).
Del análisis de cada uno de los factores mencionados, se ha realizado una matriz para
evaluar el riesgo que suponen para el medio ambiente, con indicación de los posibles
efectos en caso de ocurrencia. El promotor considera todos los impactos como
compatibles o poco significativos.
En lo que respecta a la vulnerabilidad del proyecto frente a inundaciones, la
Confederación Hidrográfica del Ebro indica que el ámbito de estudio se encuentra fuera
de Áreas de Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSIs).
Por otro lado, la Dirección General de Interior y Protección Civil del Gobierno de
Aragón señala que el diseño del vallado perimetral de las plantas fotovoltaicas debe
permitir el acceso rápido y seguro a las masas forestales colindantes por parte de los
medios terrestres de extinción de incendio, y no suponer un obstáculo o impedimento en
cve: BOE-A-2023-22685
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 266