III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-22684)
Resolución de 17 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques eólicos Ikusa, Ima, Inari, Izanagi, Hotei, Hector, Gaki, Inagumi, Fuyu, Ino y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Zaragoza".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 7 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 148298

El Consejo de Ordenación del Territorio en Aragón remarca que, a excepción de uno
de los diez parques proyectados (PE Izanagi), el resto se ubican (o son colindantes) en
espacios incluidos en alguno de los Planes de Gestión de Especies Amenazadas,
localizándose, en éste caso, dentro del ámbito de aplicación del Decreto 233/2010, de 14
de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece un nuevo régimen de
protección para la conservación del cernícalo primilla (Falco naumanni) y se aprueba el
Plan de conservación de su hábitat. Igualmente, se indica que hay afecciones, con efecto
barrera muy significativo, sobre dormideros de grulla común, ocasionadas por los
parques más meridionales, por lo que deben considerarse las afecciones directas de las
instalaciones a la fauna debido al efecto barrera, a las molestias por ruidos o pérdida de
hábitat, así como por accidentes por colisión de especies de avifauna y quirópteros, que
puede provocar disminución de poblaciones de ambos grupos de fauna y cambios en los
movimientos migratorios de las aves que atraviesan la península.
Por su parte, el INAGA informa que el riesgo de colisión afecta de forma importante a
milano real, indicando la necesidad de contar con una previsión de mortalidad por
aerogenerador que favorezca la toma de decisiones. Igualmente, considera que el
estudio de avifauna no dispone de herramientas para determinar de forma adecuada la
mortalidad esperada por aerogenerador. Por otra parte, la presencia de los
aerogeneradores puede generar fragmentación de las poblaciones al generar un efecto
barrera entre los diferentes humedales, así como en el acceso a zonas de arrozales, no
pudiendo descartar una eventual colisión con los aerogeneradores en los vuelos de
desplazamiento.
El promotor presenta una información complementaria que incluye un estudio de
mortalidad de avifauna para cada uno de los aerogeneradores. Como resultado de este
estudio, el promotor elimina veintitrés aerogeneradores debido a las elevadas tasas de
mortalidad detectadas, estableciendo medidas para algunos aerogeneradores, tales
como dispositivos de detección y parada y pintado de palas simultáneamente. Del mismo
modo, indica que los sistemas de detección y parada serán aplicados igualmente en los
aerogeneradores localizados a menos de 500 m de distancia a balsas de agua. No
obstante, esta Dirección General considera necesaria la adopción de una serie de
medidas adicionales a las planteadas por el promotor, que se ha incluido como
valoración del órgano ambiental, así como en el condicionado de la presente resolución.
– Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000. La zona de estudio para la
instalación de los parques eólicos no afecta directamente a terrenos comprendidos
dentro de la Red Natura 2000, aunque se encuentra próximo a los espacios ZEPA
«Lagunas y Carrizales de las Cinco Villas» (646 m PE Ikusa) y «Loma Negra-Bardenas»,
y el ZEC «Loma Negra» (437 m de PE Héctor). Dada la proximidad de los proyectos a
estos espacios, el promotor establece un impacto moderado para PE Fuyu y PE Ikusa
por presencia de infraestructuras y eliminación de vegetación e HIC durante las fases de
construcción y funcionamiento. El promotor indica que el diseño de los proyectos ha
buscado crear un corredor ecológico de conexión entre los humedales dispersos
presentes en la zona aprovechando el río Riguel y la red de canales con el objeto de
disminuir el riesgo de barrera para la fauna, así como el de colisión. Tras la aplicación de
las medidas propuestas por el promotor en el EsIA, el impacto residual en fase de
explotación se clasifica como moderado para el global de los proyectos, destacando
individualmente PE Inagumi, PE Ikusa, PE Fuyu, PE Gaki, PE Héctor y PE Ima.
– Paisaje. La zona de estudio se ubica en la comarca de las Cinco Villas,
mayoritariamente sobre la unidad del Valle del Ebro.
El promotor presenta un documento en el EsIA (anexo 3) relativo al análisis de
visibilidad de las instalaciones.
El promotor indica como principal impacto la modificación del paisaje por
movimientos de tierras y excavaciones en fase de construcción y desmantelamiento; y la
contaminación paisajística por introducción de un elemento antrópico, consecuencia de
las infraestructuras presentes durante la fase de explotación. Ambos impactos son
considerados por el promotor como moderados dadas las características del entorno y

cve: BOE-A-2023-22684
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Núm. 266