III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-22568)
Resolución de 25 de octubre de 2023, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, para el acceso al Registro Electrónico de Apoderamientos Judiciales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 264

Sábado 4 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 147579

aplicación informática gestionada en el Ministerio de Justicia, para el acceso y consulta
de los apoderamientos judiciales registrados tanto en las oficinas judiciales como a
través de la Sede Judicial Electrónica.
2. Dar a los usuarios las instrucciones necesarias para dar cumplimiento al objeto
de este convenio.
3. Remitir a la DGTDAJ un listado periódicamente actualizado de los usuarios del
Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación que deban tener acceso al Registro
Electrónico de Apoderamientos Judiciales, para que les sean asignados los usuarios y
claves necesarios para el mismo.
4. Excluir del grupo de usuarios habilitados a aquel que realice un acceso indebido,
con independencia de la responsabilidad exigible. Se considerará indebido todo acceso
que no esté justificado en el expediente de que esté conociendo el usuario que lo realiza.
5. Proponer y fomentar la participación de los usuarios habilitados en el curso de
formación para el uso del Registro Electrónico de Apoderamientos Judiciales.
Cuarta.

Acceso al Registro Electrónico de Apoderamientos Judiciales.

1. A través de la correspondiente aplicación informática, la Autoridad Laboral de la
Comunidad de Madrid tendrá acceso y podrá consultar la base de datos central que
incluirá todos los asientos electrónicos practicados en las condiciones establecidas por el
artículo 32 bis de la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de
la información y la comunicación en la Administración de Justicia, en particular:
i. Consulta de apoderamientos.
ii. Descarga del justificante, siempre y cuando no se permita la modificación ni la
prestación de nuevos apoderamientos.
2. El acceso al Registro electrónico de Apoderamientos Judiciales se configurará de
forma que permita enlazar digitalmente desde la aplicación utilizada por la Autoridad
Laboral de la Comunidad de Madrid para la gestión de las solicitudes de conciliación
previa a la vía judicial laboral.
3. El acceso al registro electrónico de apoderamientos judiciales se realizará según
el perfil informático correspondiente al usuario.
4. El perfil informático de acceso al registro electrónico de apoderamientos
judiciales será el perfil de autoridad laboral. Permitirá el acceso a todos los datos
obrantes en su registro, excluido el tratamiento de datos.
Este perfil solo estará disponible para aquellas personas autorizadas por la
Comunidad de Madrid a estar registradas como usuarias del sistema.
5. Corresponderá a la Dirección General de Transformación Digital de la
Administración de Justicia del Ministerio de Justicia adoptar las medidas necesarias para
dar de alta como usuario administrador de cada base de datos central a una persona
designada por cada autoridad laboral de acuerdo con el perfil asignado a cada uno. El
acceso deberá facilitarse dentro de los quince días siguientes a la recepción de la solicitud.

Quinta. Protección de datos.
Todos los afectados por el presente convenio vendrán obligados por las
disposiciones y exigencias establecidas en Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y en la Ley Orgánica 3/2018,

cve: BOE-A-2023-22568
Verificable en https://www.boe.es

Una vez dado de alta, corresponderá al usuario administrador gestionar los trámites
relacionados con los usuarios de la aplicación ubicados en su ámbito de actuación.