III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-22568)
Resolución de 25 de octubre de 2023, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, para el acceso al Registro Electrónico de Apoderamientos Judiciales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 264

Sábado 4 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 147578

pese a que una de las competencias que tiene atribuidas es la realización de los actos
de conciliación obligatorios previos a la vía judicial laboral.
Para el desempeño de estas funciones es esencial que se pueda acceder, entre
otros, al Registro Electrónico de Apoderamientos Judiciales.
En virtud de lo anterior, las partes arriba indicadas acuerdan suscribir el presente
convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente convenio tiene por objeto establecer los términos y condiciones
generales de la colaboración entre el Ministerio de Justicia y la Comunidad de Madrid,
para articular el derecho de acceso y uso del Registro Electrónico de Apoderamientos
Judiciales (REAJ) por parte de los letrados-conciliadores del Área de Mediación, Arbitraje
y Conciliación de la Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid de manera
que puedan efectuar la consulta del contenido de los apoderamientos judiciales
registrados tanto en las oficinas judiciales como a través de la Sede Judicial Electrónica,
con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículo 9 y 10 del Real
Decreto 2756/1979, de 23 de noviembre, por el que el Instituto de Mediación, Arbitraje y
Conciliación asume parte de las funciones que tiene encomendadas.
Segunda.

Obligaciones del Ministerio de Justicia/DGTDAJ.

1. Tramitar el registro de los usuarios en el sistema de Gestión de Usuarios (GdU)
para poder acceder al Registro Electrónico de Apoderamientos Judiciales, usuarios
previamente habilitados por la autoridad correspondiente de la Comunidad Autónoma de
Madrid para acceder al Registro Electrónico de Apoderamientos Judiciales.
2. Comunicar los usuarios y claves asignadas a los usuarios para el acceso al
sistema y proporcionar el asesoramiento técnico e informático que considere necesario a
los distintos usuarios autorizados a acceder al Registro Electrónico de Apoderamientos
Judiciales.
3. Si detectase un acceso indebido procederá conforme a lo establecido en la
estipulación décima 2.ª, apartado 4.
4. Configurar un perfil para los usuarios del Servicio de Mediación Arbitraje y
Conciliación (en adelante SMAC) que permita únicamente utilizar la funcionalidad de
consulta de apoderamientos para poder consultar aquellos que se han registrado en la
aplicación cuando la comparecencia para el apoderamiento ha sido presencial, o
consultar los apoderamientos que se han tramitado a través de la Sede Judicial
Electrónica.
5. Los funcionarios habilitados por la Comunidad de Madrid para acceder al Registro
Electrónico de Apoderamientos Judiciales participarán en los cursos de formación sobre la
aplicación que sean necesarios o convenientes para el acceso a la misma.
6. Con el fin de facilitar la utilización de la aplicación informática objeto de este
convenio, el Ministerio de Justicia pondrá a disposición de los usuarios de la base de
datos general un sistema de atención, tanto telefónica como mediante correo electrónico,
destinado a solucionar problemas derivados de la utilización de la aplicación informática.
Tercera. Obligaciones de la Comunidad de Madrid.
La Comunidad de Madrid se compromete a:
1. Cumplir las especificaciones técnicas que se establecen para dicha aplicación
informática por el Ministerio de Justicia una vez comprobadas las posibilidades de la

cve: BOE-A-2023-22568
Verificable en https://www.boe.es

El Ministerio de Justicia se obliga a: