III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-22534)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta solar fotovoltaica híbrida "Cedillo", 86,443 MWp/75,302 MWn, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Cáceres».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 263

Viernes 3 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 147398

capacidad suficiente para albergar todo su aceite en caso de fuga. El promotor considera
que el cambio y la reducción de la actividad ganadera (sustitución de vacuno por ovino),
la interrupción del arado del terreno y el desarrollo del sustrato herbáceo conllevará una
mejora de la calidad del suelo.
La construcción de la PSF no necesitará de la realización de zonas de préstamo de
material ni de vertederos, y los movimientos de tierras estarán compensados,
estimándose un volumen aproximado de desmontes y de terraplén de 34.453 m3
y 34.566 m3, respectivamente. Los materiales externos necesarios para la obra civil
(arena, hormigón, grava, zahorra, etc.), procederán de empresas y canteras legalizadas
existentes en el entorno de la actuación. Todos los residuos generados, incluidos los
residuos peligrosos, serán gestionados por gestores autorizados de acuerdo a la
normativa vigente.
Para paliar los impactos señalados, el EsIA recoge una serie de medidas preventivas
y correctoras con la naturaleza de buenas prácticas. Finalizadas las obras, las zonas
afectadas ocupadas temporalmente e instalaciones auxiliares serán devueltas a su
estado original anterior a la construcción mediante la restauración del terreno y, en caso
de haberse producido daños accidentales en otras propiedades, serán rehabilitados o
repuestos.
Hidrología.

El proyecto se ubica en el ámbito de la demarcación hidrográfica del Tajo, situándose
varias zonas de la PSF en zona de policía del regato de Mayomao (o corriente de la
Charca), regato de las Gallinas, afluente innominado n.º 2 del regato de Mayamao,
afluente innominado n.º 1 del regato del Carballo y regato del tío Abelardo.
Durante las obras, las actuaciones proyectadas pueden alterar el régimen hídrico, así
como suponer la pérdida de la calidad de las aguas debido al aumento de sólidos en
suspensión por los movimientos de tierras y al vertido accidental de aceites y
combustibles procedentes de la maquinaria y transporte de materiales, si bien el
promotor considera dichos impactos como no significativos. Según el EsIA, una correcta
planificación de los trabajos minimizará cualquier alteración hidromorfológica. Durante la
fase de funcionamiento, no se producirán afecciones sobre el régimen de escorrentías,
debido al diseño de la red de drenaje, el cual evitará alteraciones de las subcuencas
hidrográficas existentes.
La Confederación Hidrográfica del Tajo informa en relación al estudio hidrológico
(inundabilidad), que la PSF se sitúa fuera de la zona de flujo preferente y de la zona
inundable de los arroyos mencionados, ya que no se realizará ningún tipo de obra ni
instalación en la zona de máxima avenida para el periodo de retorno de quinientos años
(área de exclusión de la PSF). Los módulos fotovoltaicos se colocarán sobre estructuras
metálicas hincadas al terreno, sin suponer una alteración significativa del relieve natural
del terreno y sin representar un obstáculo cerrado al paso de la corriente en caso de
avenidas. El proyecto contempla un cruzamiento de las líneas de interconexión de media
tensión de la PSF con el regato del Mayomao, ajustándose a la normativa actual sobre
cruces de líneas eléctricas con cauces públicos.
El promotor contempla medidas correctoras y preventivas de buenas prácticas para
evitar afecciones. Para la recogida de las aguas de aseo del edificio de control, se
construirá una fosa séptica que será mantenida por gestor autorizado. Por otra parte, se
excluirán de la zona de implantación las charcas existentes para su preservación durante
la fase de obras y posterior aplicación de medidas de mejora.
La Confederación Hidrográfica del Tajo señala que se produce un cruzamiento de
uno de los viales de circulación interior de la planta con el regato del Mayomao, sin que
el mismo quede debidamente definido en la misma, así como que el cerramiento de la
PSF produciría varios cruzamientos con el dominio público hidráulico (DPH) de varios de
los arroyos circundantes, sin que los mismos hayan sido debidamente identificados,
desconociéndose sus características y sistema constructivo. No obstante, dicho
organismo propone el cumplimiento de una serie de condicionantes generales de

cve: BOE-A-2023-22534
Verificable en https://www.boe.es

3.2.2