III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-22534)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta solar fotovoltaica híbrida "Cedillo", 86,443 MWp/75,302 MWn, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Cáceres».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 263
Viernes 3 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 147408
previéndose un efecto acumulativo o sinérgico para el conjunto de plantas. Por otro lado,
las molestias generadas sobre la fauna se darían principalmente por el aumento de
personas y tráfico en la zona, así como por el ruido y las vibraciones, el polvo y la
iluminación artificial generadas durante la ejecución de los trabajos, previéndose su
mitigación con una adecuada planificación de las obras y su cese tras la finalización de
la fase de construcción del proyecto. Como en el caso anterior, no prevé un efecto
acumulativo o sinérgico para el conjunto de las PSF, dada la no coincidencia temporal en
la ejecución de las mismas.
Respecto a los HIC, la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de
Extremadura indica el estudio de sinergias sólo evalúa la superficie y el estado de
conservación del hábitat 6310, ya que la mayor parte de HIC existentes coinciden con
zonas de exclusión para la implantación de los proyectos analizados (arroyos, vaguadas,
charcas, afloramientos rocosos, etc.) y debido a que puede existir una afección directa a
dicho hábitat 6310, elemento clave de la ZEC «Cedillo y Río Tajo Internacional», por la
ocupación una afección directa de los diferentes proyectos en un área de influencia
limitada.
El estudio de sinergias señala que los 4 proyectos suponen una superficie total
afectada del HIC 6310 de 480,85 ha, correspondiente al 6,12% de la superficie relativa
de dicho HIC en la ZEC, de las cuales 2,49 ha (0,03% de la ZEC) se corresponden con
el proyecto objeto de la presente resolución. Según trabajos de campo realizados por el
promotor en la zona de implantación de los proyectos, la presencia real de estas
formaciones es escasa, el estado de conservación global del HIC 6310 es desfavorablemalo en todas las zonas y la viabilidad o perspectiva de recuperación de su estado de
conservación es baja.
El promotor considera que la ejecución del proyecto no supone una pérdida del
estado de conservación del HIC 6310, por su estado de partida y porque presenta
pésimas perspectivas de futuro, por lo que señala que, aunque el conjunto de proyectos
de forma sinérgica puede presentar efectos significativos sobre el HIC 6310, la afección
de los mismos no supone un riesgo para la integridad de los espacios de la Red
Natura 2000. Además, se prevé la mejora del estado de conservación del HIC 6310 con
la exclusión de pies aislados y manchas arboladas de las áreas de implantación de las
estructuras fotovoltaicas, y con la aplicación de acciones de compensación en todos los
proyectos que generan afección sobre dicho hábitat.
Tal y como se recoge en el apartado 3.2.6. de la presente resolución, la Dirección
General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura considera que, siempre que se
cumplan las medidas preventivas, correctoras y compensatorias propuestas por dicho
organismo, no se prevé causar de forma significativa degradaciones sobre los hábitats ni
alteraciones sobre las especies por las que se han declarado los lugares de la Red
Natura 2000.
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto.
El estudio de los efectos ambientales derivados de la vulnerabilidad del proyecto
frente a accidentes graves y catástrofes (en adelante, estudio de vulnerabilidad), de
septiembre de 2022, aportado por el promotor a solicitud de la Dirección General de
Emergencias, Protección Civil e Interior de la Junta de Extremadura, analiza los efectos
derivados de la vulnerabilidad del proyecto frente a catástrofes (seísmos, movimientos
de laderas, hundimientos y subsidencias, lluvias intensas, viento, tormentas eléctricas,
fenómenos meteorológicos adversos, inundaciones y avenidas, e incendios forestales) y
accidentes graves (incendios, derrames o fugas de sustancias peligrosas, riesgos
químicos derivados de instalaciones cercanas, riesgos de accidentes nucleares, y
riesgos del transporte de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril).
El estudio concluye que la vulnerabilidad general del proyecto, frente a catástrofes y
accidentes graves, es compatible con la actuación y el medio ambiente siempre que se
apliquen las medidas establecidas. De todos los riesgos derivados de accidentes graves,
los únicos que podrían tener consecuencias, serían los derivados de incendio y de fuga o
cve: BOE-A-2023-22534
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Núm. 263
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previéndose un efecto acumulativo o sinérgico para el conjunto de plantas. Por otro lado,
las molestias generadas sobre la fauna se darían principalmente por el aumento de
personas y tráfico en la zona, así como por el ruido y las vibraciones, el polvo y la
iluminación artificial generadas durante la ejecución de los trabajos, previéndose su
mitigación con una adecuada planificación de las obras y su cese tras la finalización de
la fase de construcción del proyecto. Como en el caso anterior, no prevé un efecto
acumulativo o sinérgico para el conjunto de las PSF, dada la no coincidencia temporal en
la ejecución de las mismas.
Respecto a los HIC, la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de
Extremadura indica el estudio de sinergias sólo evalúa la superficie y el estado de
conservación del hábitat 6310, ya que la mayor parte de HIC existentes coinciden con
zonas de exclusión para la implantación de los proyectos analizados (arroyos, vaguadas,
charcas, afloramientos rocosos, etc.) y debido a que puede existir una afección directa a
dicho hábitat 6310, elemento clave de la ZEC «Cedillo y Río Tajo Internacional», por la
ocupación una afección directa de los diferentes proyectos en un área de influencia
limitada.
El estudio de sinergias señala que los 4 proyectos suponen una superficie total
afectada del HIC 6310 de 480,85 ha, correspondiente al 6,12% de la superficie relativa
de dicho HIC en la ZEC, de las cuales 2,49 ha (0,03% de la ZEC) se corresponden con
el proyecto objeto de la presente resolución. Según trabajos de campo realizados por el
promotor en la zona de implantación de los proyectos, la presencia real de estas
formaciones es escasa, el estado de conservación global del HIC 6310 es desfavorablemalo en todas las zonas y la viabilidad o perspectiva de recuperación de su estado de
conservación es baja.
El promotor considera que la ejecución del proyecto no supone una pérdida del
estado de conservación del HIC 6310, por su estado de partida y porque presenta
pésimas perspectivas de futuro, por lo que señala que, aunque el conjunto de proyectos
de forma sinérgica puede presentar efectos significativos sobre el HIC 6310, la afección
de los mismos no supone un riesgo para la integridad de los espacios de la Red
Natura 2000. Además, se prevé la mejora del estado de conservación del HIC 6310 con
la exclusión de pies aislados y manchas arboladas de las áreas de implantación de las
estructuras fotovoltaicas, y con la aplicación de acciones de compensación en todos los
proyectos que generan afección sobre dicho hábitat.
Tal y como se recoge en el apartado 3.2.6. de la presente resolución, la Dirección
General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura considera que, siempre que se
cumplan las medidas preventivas, correctoras y compensatorias propuestas por dicho
organismo, no se prevé causar de forma significativa degradaciones sobre los hábitats ni
alteraciones sobre las especies por las que se han declarado los lugares de la Red
Natura 2000.
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto.
El estudio de los efectos ambientales derivados de la vulnerabilidad del proyecto
frente a accidentes graves y catástrofes (en adelante, estudio de vulnerabilidad), de
septiembre de 2022, aportado por el promotor a solicitud de la Dirección General de
Emergencias, Protección Civil e Interior de la Junta de Extremadura, analiza los efectos
derivados de la vulnerabilidad del proyecto frente a catástrofes (seísmos, movimientos
de laderas, hundimientos y subsidencias, lluvias intensas, viento, tormentas eléctricas,
fenómenos meteorológicos adversos, inundaciones y avenidas, e incendios forestales) y
accidentes graves (incendios, derrames o fugas de sustancias peligrosas, riesgos
químicos derivados de instalaciones cercanas, riesgos de accidentes nucleares, y
riesgos del transporte de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril).
El estudio concluye que la vulnerabilidad general del proyecto, frente a catástrofes y
accidentes graves, es compatible con la actuación y el medio ambiente siempre que se
apliquen las medidas establecidas. De todos los riesgos derivados de accidentes graves,
los únicos que podrían tener consecuencias, serían los derivados de incendio y de fuga o
cve: BOE-A-2023-22534
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