III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-22550)
Resolución de 16 de octubre de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se publica el Convenio con European Organisation for Nuclear Research, para la actualización del Detector Atlas.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 263
Viernes 3 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 147528
datos obtenidos. La CERN prevé actualizar el LHC para aumentar la luminosidad en un
factor diez (HL-LHC). Para explotar el significativo aumento del potencial del programa
de física ofrecido por el HL-LHC, el experimento ATLAS debe actualizarse
sustancialmente a fin de mantener e, incluso, mejorar su desempeño. Las instituciones
que colaboran en ATLAS participan en el diseño y construcción de los subsistemas
nuevos o actualizados (ATLAS UPGRADE).
II. Que el Consejo Superior de Investigaciones Científicas de España (CSIC), de
conformidad con el artículo 47 de la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se
modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (en
lo sucesivo, la «Ley de Ciencia»), es un organismo público de investigación, actualmente
constituido como Agencia Estatal dependiente del Ministerio de Ciencia e Innovación a
través de la Secretaría General de Investigación, cuyo objeto es la promoción,
coordinación, desarrollo y difusión de la investigación científica y tecnológica de índole
multidisciplinar, contribuyendo así al progreso del conocimiento y al desarrollo
económico, social y cultural, además de formar al personal y asesorar a entidades
públicas y privadas sobre esta cuestión.
III. El experimento ATLAS se rige por el Memorando de Entendimiento sobre
Colaboración en la construcción del Detector ATLAS (ME ATLAS, cf. RRB-D 98-44 rev.)
firmado por el Reino de España el 30 de abril de 1988. La constitución de la
Colaboración ATLAS se acordó mediante la firma por el Ministro de Ciencia y Tecnología
de España, que en ese momento tenía la competencia en materia de ciencia e
innovación, de otro Memorando de Entendimiento (CERN-RRB-2002-035) el 17 de
febrero de 2003 (el «experimento ATLAS»).
IV. El experimento ATLAS y todas las demás normas y procedimientos
organizativos y financieros aplicables a las instituciones colaboradoras en ATLAS,
incluidos el Instituto de Física Corpuscular (IFIC-CSIC) y el Instituto de Física de Altas
Energías (IFAE), se rigen por las Condiciones Generales de la CERN aplicables a la
realización de experimentos.
V. El experimento ATLAS permite a los científicos asociados al CSIC acceder a sus
actividades científicas y al programa ATLAS UPGRADE y participar en ellos. Mediante
esta participación en las instalaciones de la CERN, los científicos españoles pueden
llevar a cabo una investigación de alta calidad en el ámbito de la física de partículas
fundamentales y otros ámbitos científicos relacionados. El éxito del experimento ATLAS
y ATLAS UPGRADE radica en la estrecha colaboración entre el CSIC y la CERN.
A fin de facilitar su colaboración en lo relativo a la participación en ATLAS UPGRADE,
las Partes han acordado las siguientes
CLÁUSULAS
I.
Objeto.
El presente convenio establece las condiciones que regirán la transferencia de
fondos por el CSIC a la CERN para el programa ATLAS UPGRADE para los años 2022,
2023 y 2024.
Obligaciones del CSIC.
El CSIC conviene en:
1. Contribuir con conocimiento científico al desarrollo de ATLAS y ATLAS UPGRADE
para mejorar y sustituir los sensores de los detectores a fin de generar nuevas colisiones
que puedan aportar más información. Este plan de trabajo en ATLAS implica la realización
del experimento durante el tercer periodo (Run 3) del LHC, el análisis de los datos
obtenidos, que contribuyen a la explotación de todo el programa de física de ATLAS, y la
gestión de la colaboración a diferentes niveles: mediante la coordinación de grupos de
análisis o grupos combinados de ejecución, y la participación en los comités de gestión y
cve: BOE-A-2023-22550
Verificable en https://www.boe.es
II.
Núm. 263
Viernes 3 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 147528
datos obtenidos. La CERN prevé actualizar el LHC para aumentar la luminosidad en un
factor diez (HL-LHC). Para explotar el significativo aumento del potencial del programa
de física ofrecido por el HL-LHC, el experimento ATLAS debe actualizarse
sustancialmente a fin de mantener e, incluso, mejorar su desempeño. Las instituciones
que colaboran en ATLAS participan en el diseño y construcción de los subsistemas
nuevos o actualizados (ATLAS UPGRADE).
II. Que el Consejo Superior de Investigaciones Científicas de España (CSIC), de
conformidad con el artículo 47 de la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se
modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (en
lo sucesivo, la «Ley de Ciencia»), es un organismo público de investigación, actualmente
constituido como Agencia Estatal dependiente del Ministerio de Ciencia e Innovación a
través de la Secretaría General de Investigación, cuyo objeto es la promoción,
coordinación, desarrollo y difusión de la investigación científica y tecnológica de índole
multidisciplinar, contribuyendo así al progreso del conocimiento y al desarrollo
económico, social y cultural, además de formar al personal y asesorar a entidades
públicas y privadas sobre esta cuestión.
III. El experimento ATLAS se rige por el Memorando de Entendimiento sobre
Colaboración en la construcción del Detector ATLAS (ME ATLAS, cf. RRB-D 98-44 rev.)
firmado por el Reino de España el 30 de abril de 1988. La constitución de la
Colaboración ATLAS se acordó mediante la firma por el Ministro de Ciencia y Tecnología
de España, que en ese momento tenía la competencia en materia de ciencia e
innovación, de otro Memorando de Entendimiento (CERN-RRB-2002-035) el 17 de
febrero de 2003 (el «experimento ATLAS»).
IV. El experimento ATLAS y todas las demás normas y procedimientos
organizativos y financieros aplicables a las instituciones colaboradoras en ATLAS,
incluidos el Instituto de Física Corpuscular (IFIC-CSIC) y el Instituto de Física de Altas
Energías (IFAE), se rigen por las Condiciones Generales de la CERN aplicables a la
realización de experimentos.
V. El experimento ATLAS permite a los científicos asociados al CSIC acceder a sus
actividades científicas y al programa ATLAS UPGRADE y participar en ellos. Mediante
esta participación en las instalaciones de la CERN, los científicos españoles pueden
llevar a cabo una investigación de alta calidad en el ámbito de la física de partículas
fundamentales y otros ámbitos científicos relacionados. El éxito del experimento ATLAS
y ATLAS UPGRADE radica en la estrecha colaboración entre el CSIC y la CERN.
A fin de facilitar su colaboración en lo relativo a la participación en ATLAS UPGRADE,
las Partes han acordado las siguientes
CLÁUSULAS
I.
Objeto.
El presente convenio establece las condiciones que regirán la transferencia de
fondos por el CSIC a la CERN para el programa ATLAS UPGRADE para los años 2022,
2023 y 2024.
Obligaciones del CSIC.
El CSIC conviene en:
1. Contribuir con conocimiento científico al desarrollo de ATLAS y ATLAS UPGRADE
para mejorar y sustituir los sensores de los detectores a fin de generar nuevas colisiones
que puedan aportar más información. Este plan de trabajo en ATLAS implica la realización
del experimento durante el tercer periodo (Run 3) del LHC, el análisis de los datos
obtenidos, que contribuyen a la explotación de todo el programa de física de ATLAS, y la
gestión de la colaboración a diferentes niveles: mediante la coordinación de grupos de
análisis o grupos combinados de ejecución, y la participación en los comités de gestión y
cve: BOE-A-2023-22550
Verificable en https://www.boe.es
II.