I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Animales. Identificación y registro. (BOE-A-2023-22499)
Real Decreto 787/2023, de 17 de octubre, por el que se dictan disposiciones para regular el sistema de trazabilidad, identificación y registro de determinadas especies de animales terrestres en cautividad.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 263
Viernes 3 de noviembre de 2023
Tabla II.
Sec. I. Pág. 147083
Series de códigos por comunidad autónoma/ciudad autónoma (desde el 30 de
junio de 2024)
Comunidad autónoma/ciudad
autónoma
Series de códigos que utiliza cada comunidad o ciudad
autónoma
Andalucía.
0.100.000.000 al 0.199.999.999
Aragón.
0.200.000.000 al 0.299.999.999
Principado de Asturias.
0.300.000.000 al 0.399.999.999
Islas Baleares.
0.400.000.000 al 0.499.999.999
Canarias.
0.500.000.000 al 0.599.999.999
Cantabria.
0.600.000.000 al 0.699.999.999
Castilla-La Mancha.
0.700.000.000 al 0.799.999.999
Castilla y León.
0.800.000.000 al 0.899.999.999
Cataluña.
0.900.000.000 al 0.999.999.999
Extremadura.
1.000.000.000 al 1.099.999.999
Galicia.
1.100.000.000 al 1.199.999.999
Comunidad de Madrid.
1.200.000.000 al 1.299.999.999
Región de Murcia.
1.300.000.000 al 1.399.999.999
Comunidad Foral de Navarra.
1.400.000.000 al 1.499.999.999
País Vasco.
1.500.000.000 al 1.599.999.999
La Rioja.
1.600.000.000 al 1.699.999.999
Valencia.
1.700.000.000 al 1.799.999.999
Ciudad de Ceuta.
1.800.000.000 al 1.899.999.999
Ciudad de Melilla.
1.900.000.000 al 1.999.999.999
ANEXO V
Contenido mínimo del libro de registro
1. Código de la explotación.
2. Nombre, coordenadas geográficas y/o dirección de la explotación.
3. Datos del titular de la explotación: Nombre y apellidos o razón social, NIF,
teléfono, correo electrónico y dirección completa, y datos del titular de los animales
(persona física o jurídica), en caso de que sean diferentes: Nombre y apellidos o razón
social, NIF, teléfono, correo electrónico y dirección completa.
4. Especie.
5. Clasificación/es de la explotación, de acuerdo con la normativa en vigor y cuando
proceda, la capacidad máxima de la explotación.
6. Incidencias de cualquier enfermedad infecciosa o parasitaria, con indicación de
la fecha de incidencia y la identificación de los animales afectados.
7. Cambios en los parámetros normales de producción que permitan sospechar que
han sido causados por una enfermedad o debidos a un menoscabo en las condiciones
de bienestar animal, con indicación de la fecha de la incidencia y la identificación de los
animales afectados.
cve: BOE-A-2023-22499
Verificable en https://www.boe.es
El libro de registro de la explotación contendrá, como mínimo, la siguiente información:
Núm. 263
Viernes 3 de noviembre de 2023
Tabla II.
Sec. I. Pág. 147083
Series de códigos por comunidad autónoma/ciudad autónoma (desde el 30 de
junio de 2024)
Comunidad autónoma/ciudad
autónoma
Series de códigos que utiliza cada comunidad o ciudad
autónoma
Andalucía.
0.100.000.000 al 0.199.999.999
Aragón.
0.200.000.000 al 0.299.999.999
Principado de Asturias.
0.300.000.000 al 0.399.999.999
Islas Baleares.
0.400.000.000 al 0.499.999.999
Canarias.
0.500.000.000 al 0.599.999.999
Cantabria.
0.600.000.000 al 0.699.999.999
Castilla-La Mancha.
0.700.000.000 al 0.799.999.999
Castilla y León.
0.800.000.000 al 0.899.999.999
Cataluña.
0.900.000.000 al 0.999.999.999
Extremadura.
1.000.000.000 al 1.099.999.999
Galicia.
1.100.000.000 al 1.199.999.999
Comunidad de Madrid.
1.200.000.000 al 1.299.999.999
Región de Murcia.
1.300.000.000 al 1.399.999.999
Comunidad Foral de Navarra.
1.400.000.000 al 1.499.999.999
País Vasco.
1.500.000.000 al 1.599.999.999
La Rioja.
1.600.000.000 al 1.699.999.999
Valencia.
1.700.000.000 al 1.799.999.999
Ciudad de Ceuta.
1.800.000.000 al 1.899.999.999
Ciudad de Melilla.
1.900.000.000 al 1.999.999.999
ANEXO V
Contenido mínimo del libro de registro
1. Código de la explotación.
2. Nombre, coordenadas geográficas y/o dirección de la explotación.
3. Datos del titular de la explotación: Nombre y apellidos o razón social, NIF,
teléfono, correo electrónico y dirección completa, y datos del titular de los animales
(persona física o jurídica), en caso de que sean diferentes: Nombre y apellidos o razón
social, NIF, teléfono, correo electrónico y dirección completa.
4. Especie.
5. Clasificación/es de la explotación, de acuerdo con la normativa en vigor y cuando
proceda, la capacidad máxima de la explotación.
6. Incidencias de cualquier enfermedad infecciosa o parasitaria, con indicación de
la fecha de incidencia y la identificación de los animales afectados.
7. Cambios en los parámetros normales de producción que permitan sospechar que
han sido causados por una enfermedad o debidos a un menoscabo en las condiciones
de bienestar animal, con indicación de la fecha de la incidencia y la identificación de los
animales afectados.
cve: BOE-A-2023-22499
Verificable en https://www.boe.es
El libro de registro de la explotación contendrá, como mínimo, la siguiente información: