III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-22476)
Resolución 420/38427/2023, de 25 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Universidad San Pablo CEU, para el desarrollo de actividades formativas y de investigación en el ámbito de las ciencias farmacéuticas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262
Jueves 2 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 146749
contra la corrupción, y por la Ley 11/2023, de 8 de mayo, de trasposición de Directivas de
la Unión Europea en materia de accesibilidad de determinados productos y servicios,
migración de personas altamente cualificadas, tributaria y digitalización de actuaciones
notariales y registrales; y por la que se modifica la Ley 12/2011, de 27 de mayo, sobre
responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos.
Sexto.
Que por lo anteriormente especificado y, de conformidad con lo establecido en la
cláusula undécima del convenio, se hace necesario su modificación.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda de modificación
que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto de la adenda.
El objeto de esta adenda de modificación es efectuar las siguientes modificaciones
en el convenio suscrito entre el Ministerio de Defensa y la Universidad San Pablo CEU
para el desarrollo de actividades formativas y de investigación en el ámbito de las
ciencias farmacéuticas, suscrito el 11 de marzo de 2022:
1. Adecuar la cláusula quinta «financiación» al nuevo marco legal, ampliando y
mejorando la regulación de la inclusión en el sistema de Seguridad Social de los
alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en
programas de formación, dada por la disposición adicional quinta del Real Decretoley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras
medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo.
2. Actualizar la cláusula octava «propiedad intelectual e industrial y publicidad»
incluyendo un nuevo párrafo.
3. Sustituir el texto de la cláusula novena «protección de datos» para actualizar su
contenido como consecuencia de las modificaciones a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Segunda. Modificación del convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad
San Pablo CEU para el desarrollo de actividades formativas y de investigación en el
ámbito de las ciencias farmacéuticas, suscrito el 11 de marzo de 2022.
El Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad San Pablo CEU para el
desarrollo de actividades formativas y de investigación en el ámbito de las ciencias
farmacéuticas, suscrito el 11 de marzo de 2022, queda modificado como sigue:
La cláusula quinta «financiación», queda redactada del siguiente modo:
«De este convenio no se derivan derechos u obligaciones de contenido
económico para las partes. Los alumnos de la Universidad San Pablo CEU no
percibirán cantidad alguna por la realización de las actividades formativas en los
servicios farmacéuticos del MDEF y no se derivarán, en ningún caso, obligaciones
propias de una relación laboral.
En relación con lo dispuesto en el apartado 4.b) de la disposición adicional
quincuagésima segunda «Inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos
que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en
programas de formación», del texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, el
cumplimiento de las obligaciones a la Seguridad Social corresponderán a la
Universidad San Pablo CEU.
cve: BOE-A-2023-22476
Verificable en https://www.boe.es
Uno.
Núm. 262
Jueves 2 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 146749
contra la corrupción, y por la Ley 11/2023, de 8 de mayo, de trasposición de Directivas de
la Unión Europea en materia de accesibilidad de determinados productos y servicios,
migración de personas altamente cualificadas, tributaria y digitalización de actuaciones
notariales y registrales; y por la que se modifica la Ley 12/2011, de 27 de mayo, sobre
responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos.
Sexto.
Que por lo anteriormente especificado y, de conformidad con lo establecido en la
cláusula undécima del convenio, se hace necesario su modificación.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda de modificación
que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto de la adenda.
El objeto de esta adenda de modificación es efectuar las siguientes modificaciones
en el convenio suscrito entre el Ministerio de Defensa y la Universidad San Pablo CEU
para el desarrollo de actividades formativas y de investigación en el ámbito de las
ciencias farmacéuticas, suscrito el 11 de marzo de 2022:
1. Adecuar la cláusula quinta «financiación» al nuevo marco legal, ampliando y
mejorando la regulación de la inclusión en el sistema de Seguridad Social de los
alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en
programas de formación, dada por la disposición adicional quinta del Real Decretoley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras
medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo.
2. Actualizar la cláusula octava «propiedad intelectual e industrial y publicidad»
incluyendo un nuevo párrafo.
3. Sustituir el texto de la cláusula novena «protección de datos» para actualizar su
contenido como consecuencia de las modificaciones a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Segunda. Modificación del convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad
San Pablo CEU para el desarrollo de actividades formativas y de investigación en el
ámbito de las ciencias farmacéuticas, suscrito el 11 de marzo de 2022.
El Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad San Pablo CEU para el
desarrollo de actividades formativas y de investigación en el ámbito de las ciencias
farmacéuticas, suscrito el 11 de marzo de 2022, queda modificado como sigue:
La cláusula quinta «financiación», queda redactada del siguiente modo:
«De este convenio no se derivan derechos u obligaciones de contenido
económico para las partes. Los alumnos de la Universidad San Pablo CEU no
percibirán cantidad alguna por la realización de las actividades formativas en los
servicios farmacéuticos del MDEF y no se derivarán, en ningún caso, obligaciones
propias de una relación laboral.
En relación con lo dispuesto en el apartado 4.b) de la disposición adicional
quincuagésima segunda «Inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos
que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en
programas de formación», del texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, el
cumplimiento de las obligaciones a la Seguridad Social corresponderán a la
Universidad San Pablo CEU.
cve: BOE-A-2023-22476
Verificable en https://www.boe.es
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