III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sector eléctrico. (BOE-A-2023-22497)
Resolución de 19 de octubre de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se aprueba el nuevo procedimiento de operación eléctrico 7.5 sobre el servicio de respuesta activa de la demanda y se modifica el 14.4 "Derechos de cobro y obligaciones de pago por los servicios de ajuste del sistema".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262

Jueves 2 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 147039

agregado de los servicios de ajuste y del coste horario del servicio de interrumpibilidad
repartiendo el coste a las unidades de programación de demanda en proporción a su
consumo horario medido elevado a barras de central, MBCua.
El operador del sistema publicará en cada hora el precio de cada uno de los
derechos de cobro y obligaciones de pago de los apartados indicados.
CDEM = CSA + CSINT
Si CDEM es positivo se liquidará una obligación de pago:
OPCSAua = - CDEM × MBCua / ∑ua MBCua
Si CDEM es negativo se liquidará un derecho de cobro:
DCCSAua = - CDEM × MBCua / ∑ua MBCua
Siendo MBCua la energía horaria medida en barras de central de la unidad de
programación ua calculada según el anexo II.
29.4

Publicación del desglose horario del coste agregado.

El operador del sistema publicará el desglose horario en porcentaje del valor de
CDEM que corresponde a cada uno de los conceptos del apartado 27.1 y al
apartado 29.2.
ANEXO I
Información opcional del incumplimiento de energías de balance por unidades
de programación
1. La energía incumplida a subir de cada unidad de programación u no integrada en
la zona de regulación z del BRP s se calculará según la fórmula siguiente:
EINCLEBALSu,s = Energía incumplida de asignación neta de energía de balance RR
y terciaria a subir de la unidad u del BRPs. Se tomará valor cero si en el periodo de
programación la unidad tiene asignado un saldo neto a bajar de energía por restricciones
en tiempo real. Si en el periodo de programación la unidad tiene saldo a subir de energía
de restricciones en tiempo real se considerará que ha sido asignada con anterioridad a
las asignaciones de energía de balance RR y terciaria.
EINCLEBALSu,s = máx [-STGSu,s, mín (0, MBCu,s - EREFSu,s )]

STGS u,s = Saldo neto a subir de la energía de balance RR y terciaria, a subir y a
bajar, asignada a la unidad u del BRP s.
EREFSu,s = PHFCu,s + ITu,s + SRTRSu,s + STGSu,s
ITu,s = Energía por cambios de programa de la unidad u.
SRTRSu,s = Saldo a subir de energía de restricciones en tiempo real, a subir y a
bajar, asignada a la unidad u del BRP s.

cve: BOE-A-2023-22497
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