III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-22481)
Resolución de 18 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el V Convenio colectivo de Easyjet Handling (Spain), sucursal en España.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 2 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 146851
previsto en la ley, será competencia de la Comisión de Seguimiento la mediación y
arbitraje de las mismas.
Una vez implantado el plan de igualdad en la empresa se informará a los
representantes de los/las trabajadores/trabajadoras con carácter anual sobre su
evolución, pudiendo éstos últimos emitir informe sí así lo estiman oportuno.
Artículo 7. Comisión Interna de seguimiento por la igualdad de oportunidades.
Se acuerda constituir una Comisión Interna de Seguimiento por la Igualdad de
Oportunidades entre los firmantes del presente Acuerdo Marco compuesta por un
miembro de cada Sindicato firmante y tres miembros de EasyJet Handling Spain, con las
siguientes competencias:
– Entender en términos de consulta sobre las dudas de interpretación y/o aplicación
que puedan surgir en las empresas en relación con las disposiciones sobre planes de
igualdad establecidas en los artículos anteriores.
– Seguimiento de la evolución de los planes de igualdad.
– Posibilidad de elaborar dictámenes técnicos, organizar jornadas y eventos sobre
aspectos relacionados con la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres
en el trabajo.
Esta Comisión se reunirá, como mínimo una vez al año.
El resultado de la puesta en común de estas acciones, formará parte de la memoria
anual sobre igualdad de oportunidades.
ANEXO III
La política de Easyjet respecto a las drogas y al alcohol
Introducción
El consumo de drogas y alcohol en el lugar de trabajo puede tener un efecto adverso
físico y psicológico sobre el individuo afectado y sus compañeros de trabajo. No sólo hay
un obvio peligro con respecto a la seguridad, el consumo también afecta al desempeño
individual del trabajador, sus relaciones interpersonales, a la moral y al negocio. EasyJet
está comprometido con el bienestar de sus empleados y desea establecer una cultura
que se opone al consumo de alcohol excesivo y de drogas ilegales.
Esta política debe ser considerada en conjunto con las directrices de las políticas de
Drogas y Alcohol, de quejas, las denuncias de irregularidades, acciones disciplinarias y
de enfermedad.
Objetivo
La seguridad es nuestra prioridad número uno y EasyJet persigue proporcionar y
promocionar un ambiente sano en el trabajado para nuestros empleados y pasajeros.
Reconocemos que la adicción al alcohol u otras sustancias puede representar una
auténtica enfermedad médica y alentamos a los empleados que crean que pueden tener
un problema de dependencia a solicitar ayuda médica cuanto antes a través de la
empresa. Para estas personas, proporcionaremos el apoyo necesario para que puedan
trabajar de una manera segura y eficaz.
Propósitos
– Alentar a los empleados con problemas de alcoholemia o consumo de sustancias
a buscar ayuda cuanto antes.
Asegurar que los pasajeros o compañeros de trabajo no están en peligro como
consecuencia del consumo de alcohol o sustancias por los empleados.
cve: BOE-A-2023-22481
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 262
Jueves 2 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 146851
previsto en la ley, será competencia de la Comisión de Seguimiento la mediación y
arbitraje de las mismas.
Una vez implantado el plan de igualdad en la empresa se informará a los
representantes de los/las trabajadores/trabajadoras con carácter anual sobre su
evolución, pudiendo éstos últimos emitir informe sí así lo estiman oportuno.
Artículo 7. Comisión Interna de seguimiento por la igualdad de oportunidades.
Se acuerda constituir una Comisión Interna de Seguimiento por la Igualdad de
Oportunidades entre los firmantes del presente Acuerdo Marco compuesta por un
miembro de cada Sindicato firmante y tres miembros de EasyJet Handling Spain, con las
siguientes competencias:
– Entender en términos de consulta sobre las dudas de interpretación y/o aplicación
que puedan surgir en las empresas en relación con las disposiciones sobre planes de
igualdad establecidas en los artículos anteriores.
– Seguimiento de la evolución de los planes de igualdad.
– Posibilidad de elaborar dictámenes técnicos, organizar jornadas y eventos sobre
aspectos relacionados con la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres
en el trabajo.
Esta Comisión se reunirá, como mínimo una vez al año.
El resultado de la puesta en común de estas acciones, formará parte de la memoria
anual sobre igualdad de oportunidades.
ANEXO III
La política de Easyjet respecto a las drogas y al alcohol
Introducción
El consumo de drogas y alcohol en el lugar de trabajo puede tener un efecto adverso
físico y psicológico sobre el individuo afectado y sus compañeros de trabajo. No sólo hay
un obvio peligro con respecto a la seguridad, el consumo también afecta al desempeño
individual del trabajador, sus relaciones interpersonales, a la moral y al negocio. EasyJet
está comprometido con el bienestar de sus empleados y desea establecer una cultura
que se opone al consumo de alcohol excesivo y de drogas ilegales.
Esta política debe ser considerada en conjunto con las directrices de las políticas de
Drogas y Alcohol, de quejas, las denuncias de irregularidades, acciones disciplinarias y
de enfermedad.
Objetivo
La seguridad es nuestra prioridad número uno y EasyJet persigue proporcionar y
promocionar un ambiente sano en el trabajado para nuestros empleados y pasajeros.
Reconocemos que la adicción al alcohol u otras sustancias puede representar una
auténtica enfermedad médica y alentamos a los empleados que crean que pueden tener
un problema de dependencia a solicitar ayuda médica cuanto antes a través de la
empresa. Para estas personas, proporcionaremos el apoyo necesario para que puedan
trabajar de una manera segura y eficaz.
Propósitos
– Alentar a los empleados con problemas de alcoholemia o consumo de sustancias
a buscar ayuda cuanto antes.
Asegurar que los pasajeros o compañeros de trabajo no están en peligro como
consecuencia del consumo de alcohol o sustancias por los empleados.
cve: BOE-A-2023-22481
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 262