III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-22481)
Resolución de 18 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el V Convenio colectivo de Easyjet Handling (Spain), sucursal en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262

Jueves 2 de noviembre de 2023
Artículo 83.

Sec. III. Pág. 146819

Reingreso: plazo y condiciones.

Si el/la trabajador/trabajadora no solicitara su reingreso en los treinta (30) días
anteriores a la finalización de la excedencia o realizara durante la excedencia trabajo en
actividades competitivas para la Empresa, perderá cualquier derecho preferente al
reingreso en la misma.
CAPÍTULO X
Retribuciones
Artículo 84. Percepción del salario.
El personal que preste sus servicios en Easyjet Handling Spain percibirá sus haberes
mediante sueldos mensuales, a mes vencido.
Dada la imposibilidad de disponer de forma inmediata del número de Complementos
Variables realizados en ese mes vencido, se abonarán en el mes siguiente.
El abono de la nómina se realizará antes del último día hábil del mes.
Las retribuciones a percibir serán las detalladas para cada grupo profesional, según
lo dispuesto en la Tabla Salarial que figura en el Anexo I.
Se podrán solicitar anticipos mensuales entre los días diez (10) y quince (15) de cada
mes o siguiente día hábil de coincidir en sábado, domingo o festivo. El pago se realizará
el viernes hábil siguiente a la petición. El importe de los anticipos tendrá como importe
máximo el salario devengado a la fecha del anticipo.
Artículo 85.

Estructura salarial.

Los/las trabajadores/trabajadoras percibirán los conceptos tanto salariales como
extrasalariales, que en su totalidad son los siguientes:
Conceptos fijos:







Salario base.
Complemento de función y Plus Varias Funciones.
Complementos «Ad Personam».
Pagas extraordinarias.
Prorrateo paga extraordinaria.
Plus de Progresión económica.

Conceptos variables:
Plus de jornada partida.
Plus hora nocturna.
Plus compensación festivo.
Plus de hora festiva y domingo.
Horas extraordinarias y perentorias.
Plus madrugue.
Plus jornada irregular.
Plus de transporte.

Artículo 86. Conceptos salariales. Conceptos salariales fijos.
– Salario base: Es aquella parte de la retribución que se fija por unidad de tiempo.
Se percibirá en catorce (14) mensualidades. Según lo estipulado por cada categoría en
la tabla salarial.
– Complemento de función: Es el complemento del puesto de trabajo que retribuye
aquellas responsabilidades y condiciones específicas del mismo.

cve: BOE-A-2023-22481
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