III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-22481)
Resolución de 18 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el V Convenio colectivo de Easyjet Handling (Spain), sucursal en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262

Jueves 2 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 146795

Dentro de este grupo profesional se engloban los subgrupos que definimos a
continuación:
3.1

Auxiliar de Rampa.

Son aquellos/as trabajadores/as que ejercitan labores para cuya realización
requieren predominantemente la aportación de esfuerzo físico o atención, y que
demandan una cierta habilidad o elemental especialización. Paulatinamente irán
asumiendo todas las funciones propias del Agente de Rampa de manera que su
permanencia en este subgrupo no será superior a un (1) año de trabajo efectivo. A
efectos de este plazo computarán todos los períodos de prestación de servicios en esta
categoría en la Empresa. Se comprometen a mantener el orden y la higiene de las
instalaciones.
3.2

Agente de Rampa.

a. Supervisor: Son los/as trabajadores/as que tienen a su cargo las funciones de la
distribución, coordinación y control de los trabajos del grupo o equipo de las personas
que se les asignen.
b. Jefe de Servicio: Son los/as trabajadores/as que tienen a su cargo las funciones
de supervisar, controlar, coordinar, distribuir y colaborar en las tareas que el equipo de
trabajadores/trabajadoras bajo su mando desarrollan en los servicios aeroportuarios
tales como la carga y descarga, transporte de mercancías, equipajes y correo,
distribución de carga en las bodegas de los aviones y almacenes del aeropuerto, apoyo
a pasaje, estiba, cubicación, embalaje y etiquetado de mercancías, carga y descarga de
los equipos de mayordomía, etc., y cualquier otra labor de similar naturaleza. Del mismo
modo podrán realizar cualquier otra de las funciones del Agente de Rampa. Coordinan y
se comprometen igualmente a mantener el orden y la higiene de las instalaciones.
Además de las funciones antes descritas, realizaran las funciones de Jefe de Turno
cuando éste se encuentre ausente.
c. Jefe Turno: Son los/as trabajadores/as que bajo supervisión de sus superiores,
planifican, organizan, controlan y coordinan el trabajo del personal a su cargo y con
conocimiento suficiente sobre trabajos de carga y descarga y de traslado de equipajes y
mercancías, cuidando también del correcto desarrollo de los mismos, así como cualquier
otra labor del Agente de Rampa; y, controlando, coordinando y comprometiéndose

cve: BOE-A-2023-22481
Verificable en https://www.boe.es

Son aquellos/as trabajadores/as que habiendo finalizado el periodo de Auxiliar de
Rampa, y a las órdenes de sus superiores, realizan la carga y descarga así como el
trasbordo de pasajeros necesitados o discapacitados, equipajes y mercancías, tanto en
el aeropuerto como en las oficinas de la Empresa, estando igualmente encargados de la
distribución de las mercancías y equipajes a su destino. Igualmente están capacitados
para la conducción de vehículos ligeros y equipos de rampa, y realizan trabajos
generales de mantenimiento y limpieza de equipos; además de puntear y registrar
mercancías, correo, manifiestos de carga, etc., suministrar fluidos al avión y a los
vehículos y equipos tierra, entretenimiento de la unidad o unidades con las que opere,
así como su conservación y mantenimiento. También se encargan de eliminar hielo,
nieve, aceites o cualesquiera otros residuos en las zonas internas y externas, tanto de
aviones como de vehículos y equipos.
Asimismo, realizarán cualquier otra actividad conexa, simultánea, antecedente o
consecuente con las propias de su grupo.
Adicionalmente a las órdenes del Jefe de Turno o Adjunto al Jefe de Turno y
siguiendo sus instrucciones, podrán realizar funciones de coordinación y supervisión de
las tareas propias de su grupo o subgrupo. Se comprometen a mantener el orden y la
higiene de las instalaciones.
La Dirección designará entre los Agentes de Servicios Auxiliares, aquellos que
adicionalmente realizarán tareas de supervisión.
Entre las tareas de supervisión se distinguen las siguientes: