III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-22473)
Resolución de 11 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora mercantil VI de Madrid a inscribir la escritura de elevación a público de acuerdos de la junta general de una sociedad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262

Jueves 2 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 146718

La notificación de la calificación se remitió al notario autorizante y al presentante con
fecha 30 de mayo de 2023 y el día 2 de junio de 2023 se retiró.
Se volvió a presentar dicha escritura el día 2 de junio de 2023, con el número de
entrada 1/2023/90.741, junto con copia de acta autorizada por la notaria de Alcorcón,
doña María del Carmen Ruiz de Adana Jurado, instada el día 13 de abril de 2023, en la
que constaba que al inicio de la reunión (después de que el presidente, después de dar
por válidamente constituida la junta, antes de que éste pudiera dar lectura al primer
punto del orden del día, y ante determinadas manifestaciones de uno de los asistentes)
dicha notaria expresaba lo siguiente: «Ante el contenido de tal intervención, pido la
palabra al señor presidente y resumidamente indico a la Junta que, haciendo caso
“literal” a lo solicitado expresa y especial del representante del señor (…), el cual como
es habitual, suele pedir una cosa y la contraria, y ambas con amenazas, doy por
concluida mi intervención en presente Junta». Añade: «El señor Presidente, asistido por
el letrado, aceptan y manifiestan comprender mi decisión, y me piden que continúe
presente, pero levantando no Acta de la Junta sino Acta de Presencia y Referencia, tal y
como, por razones similares ya hicimos en la Junta anterior (…) Acepto hacerlo así.
Vuelve a entrar en la sala el señor (…) a quien el Presidente comunica la decisión
adoptada: continuar con la Junta y levantar Acta de Presencia y Referencia».
Dichos documentos fueron objeto de calificación en los siguientes términos:
«María Victoria Arizmendi Gutiérrez, registradora mercantil de Madrid, previo el
consiguiente examen y calificación, de conformidad con los artículos 18 del Código de
Comercio y 6 del Reglamento del Registro Mercantil y habiéndose dado cumplimiento a
lo dispuesto en el artículo 15.2 de dicho Reglamento, ha resuelto no practicar la
inscripción solicitada conforme a los siguientes hechos y fundamentos de derecho:
Hechos.
Diario/Asiento: 3342/390.
F. presentación: 22 de mayo de 2023.
Entrada: 1/2023/90.741,0.
Sociedad: Human Mobility SA.
Autorizante: Pérez-Escolar Hernando Luis.
Protocolo: 2023/1730 de 17 de mayo de 2023.
Fundamentos de derecho (defectos).
1. Se reitera la nota de calificación de 25 de mayo de 2023.–El acta notarial de
presencia que se presenta no es un acta notarial de junta, lo que impide practicar la
inscripción solicitada..–(Artículo 104 RRM y Resolución de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública de 1 de marzo de 2023, entre otras).
Sin perjuicio de proceder a la subsanación de los defectos anteriores y a obtener la
inscripción del documento, en relación con la presente calificación: (…)
Madrid, a 7 de junio de 2023.–La Registradora.»

cve: BOE-A-2023-22473
Verificable en https://www.boe.es

La notificación se remitió al notario autorizante y al presentante con fecha 13 de junio
de 2023 y el día 16 de junio siguiente se retiró.