III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-22473)
Resolución de 11 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora mercantil VI de Madrid a inscribir la escritura de elevación a público de acuerdos de la junta general de una sociedad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262
Jueves 2 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 146717
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
22473
Resolución de 11 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la
registradora mercantil VI de Madrid a inscribir la escritura de elevación a
público de acuerdos de la junta general de una sociedad.
En el recurso interpuesto por don J. A. M. T., abogado, en nombre y representación
de la sociedad «Human Mobility, SA», contra la negativa de la registradora Mercantil VI
de Madrid, doña María Victoria Arizmendi Gutiérrez, a inscribir una escritura de elevación
a público de acuerdos de la junta general de dicha sociedad.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 17 de mayo de 2023 por don Luis Alejandro
Pérez-Escolar Hernando, notario de Madrid, con el número 1.730 de protocolo, se
elevaron a público determinados acuerdos adoptados el día 13 de abril de 2023 por la
junta general de la sociedad «Human Mobility, SA». Dicha escritura tenía como base una
certificación expedida por el secretario del consejo de administración con el visto bueno
del presidente.
II
Presentada el día 22 de mayo de 2023 dicha escritura en el Registro Mercantil de
Madrid, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«María Victoria Arizmendi Gutiérrez, registradora mercantil de Madrid, previo el
consiguiente examen y calificación, de conformidad con los artículos 18 del Código de
Comercio y 6 del Reglamento del Registro Mercantil y habiéndose dado cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 15.2 de dicho Reglamento, ha resuelto no practicar la inscripción
solicitada conforme a los siguientes hechos y fundamentos de Derecho:
Hechos.
1. Constando en el Registro una anotación preventiva de solicitud de acta notarial
de la junta general de 13 de abril de 2023, dicha acta notarial es requisito imprescindible
para la eficacia de los acuerdos y su inscripción en el Registro Mercantil.–(Artículo 104
Reglamento del Registro Mercantil y Resolución de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública de 1 de marzo de 2023, entre otras).
Sin perjuicio de proceder a la subsanación de los defectos anteriores y a obtener la
inscripción del documento, en relación con la presente calificación: (…)
Madrid, a 25 de mayo de 2023.»
cve: BOE-A-2023-22473
Verificable en https://www.boe.es
Diario/Asiento: 3342/390.
F. presentación: 22 de mayo de 2023.
Entrada: 1/2023/83.069,0.
Sociedad: Human Mobility SA.
Autorizante: Pérez-Escolar Hernando Luis.
Protocolo: 2023/1730 de 17 de mayo de 2023.
Núm. 262
Jueves 2 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 146717
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
22473
Resolución de 11 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la
registradora mercantil VI de Madrid a inscribir la escritura de elevación a
público de acuerdos de la junta general de una sociedad.
En el recurso interpuesto por don J. A. M. T., abogado, en nombre y representación
de la sociedad «Human Mobility, SA», contra la negativa de la registradora Mercantil VI
de Madrid, doña María Victoria Arizmendi Gutiérrez, a inscribir una escritura de elevación
a público de acuerdos de la junta general de dicha sociedad.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 17 de mayo de 2023 por don Luis Alejandro
Pérez-Escolar Hernando, notario de Madrid, con el número 1.730 de protocolo, se
elevaron a público determinados acuerdos adoptados el día 13 de abril de 2023 por la
junta general de la sociedad «Human Mobility, SA». Dicha escritura tenía como base una
certificación expedida por el secretario del consejo de administración con el visto bueno
del presidente.
II
Presentada el día 22 de mayo de 2023 dicha escritura en el Registro Mercantil de
Madrid, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«María Victoria Arizmendi Gutiérrez, registradora mercantil de Madrid, previo el
consiguiente examen y calificación, de conformidad con los artículos 18 del Código de
Comercio y 6 del Reglamento del Registro Mercantil y habiéndose dado cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 15.2 de dicho Reglamento, ha resuelto no practicar la inscripción
solicitada conforme a los siguientes hechos y fundamentos de Derecho:
Hechos.
1. Constando en el Registro una anotación preventiva de solicitud de acta notarial
de la junta general de 13 de abril de 2023, dicha acta notarial es requisito imprescindible
para la eficacia de los acuerdos y su inscripción en el Registro Mercantil.–(Artículo 104
Reglamento del Registro Mercantil y Resolución de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública de 1 de marzo de 2023, entre otras).
Sin perjuicio de proceder a la subsanación de los defectos anteriores y a obtener la
inscripción del documento, en relación con la presente calificación: (…)
Madrid, a 25 de mayo de 2023.»
cve: BOE-A-2023-22473
Verificable en https://www.boe.es
Diario/Asiento: 3342/390.
F. presentación: 22 de mayo de 2023.
Entrada: 1/2023/83.069,0.
Sociedad: Human Mobility SA.
Autorizante: Pérez-Escolar Hernando Luis.
Protocolo: 2023/1730 de 17 de mayo de 2023.