III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-22358)
Resolución de 19 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo básico, de ámbito estatal, para la fabricación de conservas vegetales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261
Miércoles 1 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 144947
– Confeccionar los partes, estadillos e informes que se le ordenen con los datos
correspondientes.
– Aceptar responsablemente la calidad y terminación de productos manipulados y de
las materias primas utilizadas.
– Vigilar el buen orden de los ficheros en la Sección a su mando.
– Proponer las sanciones o la concesión de premios en lo que se refiere al personal
a sus órdenes.
En relación con la producción de frío y vapor, el Maestro/a maquinista, que es el
operario/a capaz de efectuar el montaje y desmontaje de todos los órganos móviles de
las máquinas a su cuidado, así como el de las válvulas, llaves de paso, tuberías, etc.,
sabrá realizar los trabajos precisos para conservar las instalaciones en disposición de
marcha, evitando o previniendo averías. Deberá saber leer e interpretar la lectura de los
aparatos indicadores (termómetros, higrómetros, voltímetros, amperímetros, contadores,
etc.) para lograr siempre el debido rendimiento. Tendrá además los conocimientos
mecánicos y de electricidad necesarios para la conservación, entretenimiento y manejo
de las máquinas y aparatos que hayan de utilizar o se les confíen, realizando las
necesarias reparaciones.
Personal obrero de oficios propios de la industria.
1. Oficial de Primera. Es el operario que, a las órdenes de un encargado o
persona que lo supla en sus funciones, conoce y practica todas las operaciones propias
de un oficio, con especialización y adecuado rendimiento. Puede trabajar individualmente
o en equipo con operarios/as de igual o menor categoría, siendo responsable de la
calidad del trabajo realizado y de los equipos técnicos y humanos que tenga a su mando.
2. Oficial de Segunda. Es aquel operario que conoce y practica todas las
operaciones propias de un oficio, con rendimiento y calidad de trabajo normales. Puede
trabajar también individualmente o en equipo.
3. Operador/a de Máquina. Es el operario/a que conoce el funcionamiento, puesta
en marcha de las máquinas e instalaciones, sabiendo leer los aparatos e interpretarlos
en lo que se refiere a maniobras normales de marcha; realizará los engrases adecuados,
así como la limpieza, conservación y vigilancia de máquinas e instalaciones de su
sección.
Los conductores/as maquinistas de transporte interno quedan asimilados a esta
categoría.
4. Especialista. Son las personas trabajadoras que poseen una destacada
especialidad en una o varias de las funciones u operaciones del proceso industrial, y en
las que se requiere una habilidad y rapidez habituales en la ejecución.
5. Auxiliar. Es el operario/a encargado de ejecutar predominantemente labores
para cuya realización se requiere la aportación de su esfuerzo físico, una práctica
operatoria sencilla, aun empleando de forma básica y elemental máquinas, prestando la
atención necesaria en cada caso.
6. Almacenero/a. Es la persona encargada de despachar los pedidos en los
almacenes, de recibir las mercancías y distribuirlas convenientemente para que no
experimenten demérito en su almacenamiento y sean de fácil localización, así como de
registrar en los libros o fichas el movimiento que haya habido durante la jornada y
detectar las necesidades de aprovisionamiento, etc.
C)
Personal de servicios cámaras frigoríficas.
1. Maquinista. Es la persona capaz de efectuar el desmontaje y montaje de todos
los órganos móviles de las máquinas a su cuidado, así como el de las válvulas, las llaves
de paso, tuberías, etc. Sabrá realizar el empalme de correas y, en fin, todo lo necesario
para conservar las instalaciones en disposición de marcha, evitando o previniendo
averías. Deberá saber leer e interpretar la lectura de los aparatos indicadores
(termómetros, voltímetros, amperímetros, contadores, etc.), para lograr siempre el debido
cve: BOE-A-2023-22358
Verificable en https://www.boe.es
B)
Núm. 261
Miércoles 1 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 144947
– Confeccionar los partes, estadillos e informes que se le ordenen con los datos
correspondientes.
– Aceptar responsablemente la calidad y terminación de productos manipulados y de
las materias primas utilizadas.
– Vigilar el buen orden de los ficheros en la Sección a su mando.
– Proponer las sanciones o la concesión de premios en lo que se refiere al personal
a sus órdenes.
En relación con la producción de frío y vapor, el Maestro/a maquinista, que es el
operario/a capaz de efectuar el montaje y desmontaje de todos los órganos móviles de
las máquinas a su cuidado, así como el de las válvulas, llaves de paso, tuberías, etc.,
sabrá realizar los trabajos precisos para conservar las instalaciones en disposición de
marcha, evitando o previniendo averías. Deberá saber leer e interpretar la lectura de los
aparatos indicadores (termómetros, higrómetros, voltímetros, amperímetros, contadores,
etc.) para lograr siempre el debido rendimiento. Tendrá además los conocimientos
mecánicos y de electricidad necesarios para la conservación, entretenimiento y manejo
de las máquinas y aparatos que hayan de utilizar o se les confíen, realizando las
necesarias reparaciones.
Personal obrero de oficios propios de la industria.
1. Oficial de Primera. Es el operario que, a las órdenes de un encargado o
persona que lo supla en sus funciones, conoce y practica todas las operaciones propias
de un oficio, con especialización y adecuado rendimiento. Puede trabajar individualmente
o en equipo con operarios/as de igual o menor categoría, siendo responsable de la
calidad del trabajo realizado y de los equipos técnicos y humanos que tenga a su mando.
2. Oficial de Segunda. Es aquel operario que conoce y practica todas las
operaciones propias de un oficio, con rendimiento y calidad de trabajo normales. Puede
trabajar también individualmente o en equipo.
3. Operador/a de Máquina. Es el operario/a que conoce el funcionamiento, puesta
en marcha de las máquinas e instalaciones, sabiendo leer los aparatos e interpretarlos
en lo que se refiere a maniobras normales de marcha; realizará los engrases adecuados,
así como la limpieza, conservación y vigilancia de máquinas e instalaciones de su
sección.
Los conductores/as maquinistas de transporte interno quedan asimilados a esta
categoría.
4. Especialista. Son las personas trabajadoras que poseen una destacada
especialidad en una o varias de las funciones u operaciones del proceso industrial, y en
las que se requiere una habilidad y rapidez habituales en la ejecución.
5. Auxiliar. Es el operario/a encargado de ejecutar predominantemente labores
para cuya realización se requiere la aportación de su esfuerzo físico, una práctica
operatoria sencilla, aun empleando de forma básica y elemental máquinas, prestando la
atención necesaria en cada caso.
6. Almacenero/a. Es la persona encargada de despachar los pedidos en los
almacenes, de recibir las mercancías y distribuirlas convenientemente para que no
experimenten demérito en su almacenamiento y sean de fácil localización, así como de
registrar en los libros o fichas el movimiento que haya habido durante la jornada y
detectar las necesidades de aprovisionamiento, etc.
C)
Personal de servicios cámaras frigoríficas.
1. Maquinista. Es la persona capaz de efectuar el desmontaje y montaje de todos
los órganos móviles de las máquinas a su cuidado, así como el de las válvulas, las llaves
de paso, tuberías, etc. Sabrá realizar el empalme de correas y, en fin, todo lo necesario
para conservar las instalaciones en disposición de marcha, evitando o previniendo
averías. Deberá saber leer e interpretar la lectura de los aparatos indicadores
(termómetros, voltímetros, amperímetros, contadores, etc.), para lograr siempre el debido
cve: BOE-A-2023-22358
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