III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-22358)
Resolución de 19 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo básico, de ámbito estatal, para la fabricación de conservas vegetales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261

Miércoles 1 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 144945

asignados, controla y sigue las acciones en el punto de venta, establece y sigue las
acciones promocionales, motiva y controla los distribuidores y realiza informes, entre
otros, sobre la realidad del mercado.
4. Técnico/a no titulado. Es el que sin necesidad de título profesional alguno, por
su preparación, reconocida competencia y práctica en todas o algunas de las fases del
proceso elaborativo o servicios de la industria, ejerce funciones de carácter ejecutivo o
técnico especializado.
Artículo 14.

Categorías Profesionales del Grupo Administrativo.

1. Jefe/a Administrativo de primera. Es la persona que, con conocimiento
completo de todos los servicios administrativos, asume la responsabilidad y dirección
administrativa de la empresa.
2. Jefe/a Administrativo de segunda. Es la persona que a las órdenes del Jefe/a
Administrativo de Primera o persona que lo supla en sus funciones, dirige la
administración de la empresa, función que ejerce con cierta autonomía dentro del
cometido asignado, ordenando y controlando el trabajo del personal que presta servicio a
sus órdenes. Quedan asimilados a esta categoría los y las Contables que, con
responsabilidad, llevan la contabilidad de las Empresas.
3. Jefe/a de ventas (nivel 1.4). Es la persona que tiene la responsabilidad de la
organización del trabajo, del control y seguimiento de las actividades propias de su área
y del personal a su cargo, de acuerdo con la organización de la entidad, hasta el límite
en que queda fijada su autoridad por la empresa. Es el o la responsable de las ventas y
su rentabilidad a escala nacional, tiene a su cargo a personas con categoría de Jefe/a
Técnico de Gestión, es responsable de los clientes asignados, controla y sigue las
acciones en el punto de venta, establece y sigue las acciones promocionales, motiva y
controla los distribuidores y realiza informes, entre otros, sobre la realidad del mercado.
4. Oficial de primera. Es la persona que, con iniciativa y responsabilidad y con o
sin otros empleados a sus órdenes conoce en profundidad los siguientes trabajos:
Facturas y cálculo de las mismas; cálculo de estadísticas; llevar libros de cuentas
corrientes, Diario, Mayor y corresponsales; redacción de correspondencia con iniciativa
propia; liquidaciones y cálculo de las nóminas de salarios, sueldos y Seguridad Social.
Puede actuar a las órdenes del Jefe/a de primera o de segunda, si los hubiere. Deberán
acreditar un manejo avanzado a nivel de usuario de herramientas y programas de
ofimática, entorno Windows (paquete Office que incluye MS Word, Excel, Access,
Powerpoint y Outlook); manejo avanzado de correo electrónico y navegación por
Internet; y manejo avanzado de herramientas informáticas de contabilidad y gestión
empresarial (tipo Contaplus o similares). También se incluirán en esta categoría los
taquimecanógrafos que tomen al dictado 100 palabras en idioma extranjero por minuto,
traduciéndolas correctamente a máquina en seis.
5. Oficial de segunda. Es la persona mayor de dieciocho años que con iniciativa y
responsabilidad restringida ayuda en sus funciones al o la Oficial de primera, si lo
hubiere, realiza anotaciones de contabilidad, maneja el archivo y ficheros y ejecuta las
demás operaciones similares a las enunciadas para Oficiales de primera. Deberán
acreditar, sin la cualificación del o la oficial de primera, un manejo suficiente a nivel de
usuario de herramientas y programas de ofimática, entorno Windows (paquete Office que
incluye MS Word, Excel, Access, Powerpoint y Outlook); manejo suficiente de correo
electrónico y navegación por Internet; y manejo suficiente de herramientas informáticas
de contabilidad y gestión empresarial (tipo Contaplus o similares). También se incluirán
en esta categoría los taquimecanógrafos/as que tomen al dictado en lengua
española 100 palabras por minuto, transcribiéndolo correctamente a máquina, en diez.

cve: BOE-A-2023-22358
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En el concepto general de personal administrativo se incluyen aquellas personas que
realicen funciones de oficina, tales como las de contabilidad, facturación, cálculo, cobro,
correspondencia, informática, etc.