II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Personal laboral. (BOE-A-2023-22245)
Resolución de 27 de octubre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema de promoción interna, como personal laboral fijo, en los grupos profesionales II, III y IV sujetos al l Convenio colectivo del personal laboral de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 31 de octubre de 2023
3.

Sec. II.B. Pág. 143639

Solicitudes

3.1 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado».
3.2 Las solicitudes deberán cumplimentarse en el modelo del anexo III y se
presentarán, junto con la documentación acreditativa de los méritos alegados, en el
Registro de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo o en la forma establecida en
el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
3.3 Solo podrá presentarse una solicitud por aspirante. La no presentación de ésta
en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
3.4 Podrán solicitarse, por orden de preferencia, los puestos que se incluyen en el
anexo II siempre que se reúnan y se acrediten documentalmente los requisitos
establecidos para cada puesto de trabajo.
3.5 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
3.6 El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en el artículo 13 del
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril,
de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos Personales) y en el
artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales.
La Universidad Internacional Menéndez Pelayo es responsable del tratamiento de
esos datos. Los derechos de protección de datos de las personas solicitantes se podrán
ejercer dirigiéndose al responsable del tratamiento por vía electrónica o presencialmente
a través de la red de oficinas de asistencia en materia de registros. En caso de
incumplimiento del responsable del tratamiento, los interesados podrán reclamar ante la
Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), www.aepd.es.
4.

Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante
dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de
personas admitidas y excluidas, señalándose un plazo de diez días hábiles para
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido
modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las
relaciones iniciales.
5. Tribunal
5.1 La composición del Tribunal calificador del presente proceso selectivo será
hecha pública junto con las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos.
El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas.
5.2 La composición del tribunal se ajustará a lo establecido en la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; el
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal
al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo
y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado, y el resto de normativa vigente.
5.3 La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no
pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

cve: BOE-A-2023-22245
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Núm. 260