III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-22294)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Laminación de avenidas del río Antas, en Vera. (Almería)".
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 31 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 143793
deben tomar medidas que minimicen la afección que puedan ocasionar las obras. Valora
como mínima la ocupación superficial de los HIC, ninguno catalogado prioritario y
considera que el proyecto no implicará afecciones negativas sobre ellos. Concluye que la
ejecución del proyecto no supondrá una merma en la categoría del estado de
conservación de la estructura ni en la función del tipo de hábitat en la ZEC.
Respecto de las afecciones a las especies, indica que los diez taxones de aves
incluidas como relevantes en el Plan de Gestión del espacio resultarán afectadas
durante la fase de construcción por las actuaciones, polvo y ruidos, pudiendo alterar
temporalmente las pautas de conducta de algunas especies, así como producir
molestias e interferencias durante la época de reproducción (abril a julio). Sin
embargo, debido a la presencia de hábitats similares en las proximidades, no es
previsible que suponga una afección importante de las pautas de comportamiento y
los posibles desplazamientos de ejemplares serán poco significativos. Atendiendo a
las características del proyecto, el promotor no prevé la eliminación de nidos o
puestas de especies protegidas, la pérdida de hábitats ni tampoco un incremento del
efecto barrera para las aves. En el caso particular de la malvasía cabeciblanca,
prioridad de conservación de la ZEC, además de lo ya señalado para las otras aves,
no se estiman afecciones permanentes ya que no hay destrucción del hábitat; por el
contrario, las infraestructuras para la laminación de avenidas previenen que las
grandes crecidas destruyan los hábitats de esta y otras especies importantes. Así
mismo, se incluirán las medidas ambientales para la protección de la malvasía del
Plan de Gestión de la ZEC indicadas en el apartado de fauna.
En relación con las posibles afecciones a la tortuga mora y tortuga boba y, en general
a los grupos de anfibios y reptiles, señala que deberán evitarse las obras o actividades
que afecten o causen molestias en el periodo reproductivo, primavera preferentemente, y
plantea otras consideraciones análogas a las expuestas para las especies de aves en la
fase de obra.
El promotor resalta que el entorno de actuación del proyecto se encuentra limítrofe
con la ZEC y, al mismo tiempo, con un área de alto grado de antropización en la que se
localizan varias urbanizaciones que generan presiones en el espacio, por lo que se
puede intuir que la fauna presente se encuentra habituada a la presencia del ser humano
y de las infraestructuras existentes. No estima un impacto directo de carácter significativo
sobre las especies faunísticas, en especial sobre la malvasía cabeciblanca, y a priori, las
posibles afecciones indirectas tendrán carácter temporal, puntual y recuperable en un
breve periodo de tiempo tras la finalización del proyecto, por lo que tampoco se
consideran significativas.
El promotor no propone medidas adicionales específicas para la protección de los
valores de la zona más allá de las recogidas anteriormente en los apartados de HIC y de
fauna y de otras que en realidad corresponden a controles del programa de vigilancia.
El análisis de repercusiones del promotor concluye que el impacto global del
proyecto sobre la Red Natura 2000 es compatible y que no se generan afecciones
significativas sobre los hábitats o taxones de interés comunitario y, por lo tanto, no
existirá perjuicio a la coherencia de la Red Natura 2000 ni a la integridad de la ZEC Río
Antas, teniendo en cuenta la aplicación de las medidas preventivas y correctoras
propuestas.
Las Administraciones ambientales autonómicas relacionan las actuaciones que
afectan directamente al espacio protegido: muros de protección de los núcleos urbanos y
el de aguas arriba del puente de la A-352; explanación y excavación de terrenos junto a
la ampliación del puente de la carretera AL-7107; eliminación de la mota existente en la
margen derecha del cauce, aguas abajo del estribo del puente actual; ejecución de una
de las motas de protección del yacimiento arqueológico el Pajarraco. En el resto de las
actuaciones, si bien no implican una afección directa a la ZEC, no se descartan posibles
afecciones indirectas dada su colindancia o proximidad al espacio. Como ya se indicó
anteriormente, los servicios autonómicos destacan que los impactos de las motas de
protección del yacimiento arqueológico no han sido evaluados en la documentación a
cve: BOE-A-2023-22294
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 260
Martes 31 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 143793
deben tomar medidas que minimicen la afección que puedan ocasionar las obras. Valora
como mínima la ocupación superficial de los HIC, ninguno catalogado prioritario y
considera que el proyecto no implicará afecciones negativas sobre ellos. Concluye que la
ejecución del proyecto no supondrá una merma en la categoría del estado de
conservación de la estructura ni en la función del tipo de hábitat en la ZEC.
Respecto de las afecciones a las especies, indica que los diez taxones de aves
incluidas como relevantes en el Plan de Gestión del espacio resultarán afectadas
durante la fase de construcción por las actuaciones, polvo y ruidos, pudiendo alterar
temporalmente las pautas de conducta de algunas especies, así como producir
molestias e interferencias durante la época de reproducción (abril a julio). Sin
embargo, debido a la presencia de hábitats similares en las proximidades, no es
previsible que suponga una afección importante de las pautas de comportamiento y
los posibles desplazamientos de ejemplares serán poco significativos. Atendiendo a
las características del proyecto, el promotor no prevé la eliminación de nidos o
puestas de especies protegidas, la pérdida de hábitats ni tampoco un incremento del
efecto barrera para las aves. En el caso particular de la malvasía cabeciblanca,
prioridad de conservación de la ZEC, además de lo ya señalado para las otras aves,
no se estiman afecciones permanentes ya que no hay destrucción del hábitat; por el
contrario, las infraestructuras para la laminación de avenidas previenen que las
grandes crecidas destruyan los hábitats de esta y otras especies importantes. Así
mismo, se incluirán las medidas ambientales para la protección de la malvasía del
Plan de Gestión de la ZEC indicadas en el apartado de fauna.
En relación con las posibles afecciones a la tortuga mora y tortuga boba y, en general
a los grupos de anfibios y reptiles, señala que deberán evitarse las obras o actividades
que afecten o causen molestias en el periodo reproductivo, primavera preferentemente, y
plantea otras consideraciones análogas a las expuestas para las especies de aves en la
fase de obra.
El promotor resalta que el entorno de actuación del proyecto se encuentra limítrofe
con la ZEC y, al mismo tiempo, con un área de alto grado de antropización en la que se
localizan varias urbanizaciones que generan presiones en el espacio, por lo que se
puede intuir que la fauna presente se encuentra habituada a la presencia del ser humano
y de las infraestructuras existentes. No estima un impacto directo de carácter significativo
sobre las especies faunísticas, en especial sobre la malvasía cabeciblanca, y a priori, las
posibles afecciones indirectas tendrán carácter temporal, puntual y recuperable en un
breve periodo de tiempo tras la finalización del proyecto, por lo que tampoco se
consideran significativas.
El promotor no propone medidas adicionales específicas para la protección de los
valores de la zona más allá de las recogidas anteriormente en los apartados de HIC y de
fauna y de otras que en realidad corresponden a controles del programa de vigilancia.
El análisis de repercusiones del promotor concluye que el impacto global del
proyecto sobre la Red Natura 2000 es compatible y que no se generan afecciones
significativas sobre los hábitats o taxones de interés comunitario y, por lo tanto, no
existirá perjuicio a la coherencia de la Red Natura 2000 ni a la integridad de la ZEC Río
Antas, teniendo en cuenta la aplicación de las medidas preventivas y correctoras
propuestas.
Las Administraciones ambientales autonómicas relacionan las actuaciones que
afectan directamente al espacio protegido: muros de protección de los núcleos urbanos y
el de aguas arriba del puente de la A-352; explanación y excavación de terrenos junto a
la ampliación del puente de la carretera AL-7107; eliminación de la mota existente en la
margen derecha del cauce, aguas abajo del estribo del puente actual; ejecución de una
de las motas de protección del yacimiento arqueológico el Pajarraco. En el resto de las
actuaciones, si bien no implican una afección directa a la ZEC, no se descartan posibles
afecciones indirectas dada su colindancia o proximidad al espacio. Como ya se indicó
anteriormente, los servicios autonómicos destacan que los impactos de las motas de
protección del yacimiento arqueológico no han sido evaluados en la documentación a
cve: BOE-A-2023-22294
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 260