III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-22204)
Resolución de 18 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de la Compañía Auxiliar al Cargo Expres, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 259

Lunes 30 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 143402

también el personal dedicado a tareas de mantenimiento, recepción, conserjería y otras
actividades que se consideren accesorias a la actividad principal de la Empresa.
Jefe/a de Sección: es la persona trabajadora que, reportando sus resultados a un
mando superior, coordina un área, departamento o función de operaciones de relevancia
en la empresa, con plena responsabilidad, autonomía e iniciativa. A ella reportarán una o
más personas trabajadoras con niveles funcionales inferiores.
Jefe/a de Turno: bajo las órdenes de un superior y actuando con plena iniciativa,
asumen la coordinación de las operaciones en una sección operativa de la empresa,
durante un turno de trabajo, respondiendo de la correcta ejecución de los trabajos del
personal a sus órdenes y del suyo propio. Coordinará las actividades del resto del
personal de operaciones de su turno, sin perjuicio de su participación directa en la
ejecución de dichas tareas.
Capataz: bajo las órdenes de un superior, coordinará y supervisará un equipo de
trabajo en un único centro productivo durante un turno de trabajo, respondiendo de la
correcta ejecución de los trabajos del personal a sus órdenes y del suyo propio, sin
perjuicio de su participación directa en la ejecución de dichas tareas.
Oficial: es la persona trabajadora que, en virtud del sistema de promoción regulado
en el artículo 13 del presente Convenio, tras una experiencia previa en la empresa como
mozo/clasificador y la realización y superación de los cursos y acciones formativas a las
que se le convoque, acredita los conocimientos y destreza necesarios sobre un
determinado oficio o actividad del área de operaciones, que le permite realizar los
trabajos corrientes con un alto grado de autonomía, a pesar de encuadrarse bajo la
supervisión de un superior. En equipos de trabajo pequeños, podrán asumir la
supervisión del trabajo de uno o más mozos o clasificadores, sin perjuicio de que la
responsabilidad sobre la ejecución del servicio recaiga sobre sus superiores.
Mozo/Clasificador/a: es la persona trabajadora con funciones de manipulación y/o
clasificación de mercancías que realiza exclusivamente trabajos de ejecución inherentes
a su departamento con un grado bajo de autonomía, sin que se exija destacada práctica
o conocimiento previo.
Los puestos de operaciones llevan implícito la realización de jornada continuada en
régimen de turnos de trabajo. En caso de realizar jornadas partidas generarán derecho a
ayuda de comida.
Artículo 13.

Promoción.

– Tras haber transcurrido dos años en situación de prestación activa y efectiva,
ejerciendo la función de mozo, la empresa realizará una evaluación del desempeño de la
persona trabajadora, que de ser positiva, implicará la promoción del nivel de mozo al de
oficial.
– Esta evaluación del desempeño no será necesaria si la persona trabajadora, al
final de dicho periodo de permanencia ininterrumpida como mozo, tiene superados

cve: BOE-A-2023-22204
Verificable en https://www.boe.es

Se entiende por promoción el acceso a la división funcional superior, bien dentro de
un mismo Grupo Profesional o incluso con acceso al Grupo superior.
La promoción se producirá por libre designación de la empresa o a través de las
pruebas o requisitos que se establezcan al efecto.
Se publicarán las vacantes que se produzcan por bajas que no vayan a ser
amortizadas por la empresa o por la creación de nuevos puestos de trabajo, con el fin de
que las personas trabajadoras de la empresa puedan optar a las mismas en base a
criterios de capacitación y rendimiento.
No obstante, lo establecido en el párrafo 2 de este artículo, se establece el siguiente
procedimiento para la promoción de mozo/clasificador a oficial en las siguientes
condiciones: