III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-22203)
Resolución de 18 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el I Convenio colectivo de Aeronova, SLU, para sus tripulantes técnicos de vuelo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 259

Lunes 30 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 143388

Las personas tripulantes de vuelo que se jubilen y que acrediten el paso a dicha
situación tras la extinción de su contrato, podrán continuar disfrutando de billetes frees
exclusivamente para ellas y su cónyuge o pareja de hecho legalmente registrada.
La persona trabajadora que haya designado a los beneficiarios será responsable de
cualquier irregularidad que cometan los mismos.
Si una persona tripulante de vuelo o una persona beneficiaria hace un uso indebido
de los billetes frees, por ejemplo, por venta, entrega de los mismos a cambio de
cualquier tipo de contraprestación o utilización de los mismos para facilitar cualquier tipo
de actividad ilícita, perderá el derecho a disfrutar de dicho beneficio junto con todas sus
personas beneficiarias. Todo ello sin perjuicio de que, dependiendo de la gravedad del
comportamiento observado la empresa pueda aplicar el régimen sancionador establecido
en el presente convenio por la comisión de un incumplimiento laboral.
Disposición transitoria.
Las personas trabajadoras accederán directamente y con carácter retroactivo a 1 de
enero de 2023, al nivel salarial siguiente a aquel en el que se encontrasen ubicados y a los
conceptos retributivos asociados al mismo, en concreto los siguientes: Bruto anual + Prima
de responsabilidad + Prima de disponibilidad. Los conceptos acordados cuyo pago se
retrotrae a 1 de enero de 2023, serán abonados un único pago en la nómina
correspondiente al mes en que se ratifique el presente convenio colectivo, o en caso de
imposibilidad, en el mes inmediatamente posterior. Las variables se abonarán al precio
fijado en este convenio a partir de la fecha de ratificación del convenio colectivo alcanzado.
ANEXO I
Tablas salariales Air Europa Express
Tabla salarial Aeronova-Comandantes
Bruto anual fijo

Prima
responsabilidad

Bruto anual
+ prima R

Prima
disponibilidad

Bruto anual
+ PR + PD

Nivel 1.

35.000,00

2.000,00

37.000,00

6.000,00

43.000,00

Dos años.

Nivel 2.

40.000,00

2.500,00

42.500,00

6.600,00

49.100,00

Un año.

Nivel 3.

45.000,00

3.500,00

48.500,00

7.200,00

55.700,00

Un año.

Nivel 4.

50.000,00

4.500,00

54.500,00

7.800,00

62.300,00

Un año.

Nivel 5.

52.500,00

5.500,00

58.000,00

8.400,00

66.400,00

Un año.

Nivel 6.

54.600,00

6.500,00

61.100,00

9.000,00

70.100,00

Un año.

Nivel 7.

55.965,00

7.500,00

63.465,00

9.600,00

73.065,00

Un año.

2023

2024

2025

500,00

550,00

600,00

Prima hora vuelo.

43,00

48,00

52,00

Prima hora Lifus.

15,00

20,00

25,00

Compensación vacaciones.

85,00

90,00

95,00

Dieta vuelo.

55,00

60,00

65,00

Dieta pernocta.

85,00

90,00

95,00

Dieta curso.

60,00

65,00

70,00

Imaginaria.

35,00

40,00

45,00

P. Comandante TRI/TRE.

Permanencia

cve: BOE-A-2023-22203
Verificable en https://www.boe.es

Pilotos 1