III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-22201)
Resolución de 18 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Michelín España Portugal, SA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 259
Lunes 30 de octubre de 2023
Artículo 8.
Sec. III. Pág. 143221
Unidades de abono.
Según se recoge en el acuerdo de «Modelo de homogeneización de nómina» las
unidades de abono para cada sistema y concepto son las siguientes:
Sistemas trabajo
N.º horas
MH
N.º horas de
antigüedad
Complemento festivo
sistema
Complemento individual
sistema
3 x 8 y Resto
–
4x8
2.473
2.577
4 x MH + 12 x ANT
Ver artículo 11
5x8
5 x MH + 13 x ANT
Centro
Aranda.
Sistema
Distancia
Continua
Sucio
Calor Noche (*)
3 x 8 y Resto Ver artículo 40
824
4x8
5x8
Valladolid.
3 x 8 y Resto
307,6
2.461,00
4x8
300,6
2.463,80
5x8
300,6
2.463,80
3 x 8 y Resto
324,5
2.596,20 590,7
5x8
324,5
2.596,20
Vitoria-Gasteiz.
2x4
Almería.
(*)
3x8
Para los sistemas que realicen trabajo de noche.
Estas unidades de abono son fijas y no revisables, durante la vigencia del convenio.
Artículo 9.
Salario base.
La cuantía del salario base convenio intercategorías para
de 1.036,06 euros/mes, para todos los trabajadores y trabajadoras.
La cuantía del salario base convenio intercategorías para
de 1.067,14 euros/mes, para todos los trabajadores y trabajadoras.
La cuantía del salario base convenio intercategorías para
de 1.088,48 euros/mes, para todos los trabajadores y trabajadoras.
La cuantía del salario base convenio intercategorías para
de 1.110,25 euros/mes, para todos los trabajadores y trabajadoras.
el año 2023 será
el año 2024 será
el año 2025 será
el año 2026 será
Artículo 10. Salario de ingreso.
– 9,3 euros/hora, para los 12 primeros meses de contrato.
– 10,0 euros/hora, desde los 13 a los 24 meses de contrato.
Este salario ya tiene incorporado en su integridad el incremento salarial general
previsto en el artículo 4 del presente convenio colectivo.
Una vez que la persona esté validada por la Escuela de Formación, será objeto de
un acompañamiento individualizado para obtener la homologación en el SRH, en el que
cve: BOE-A-2023-22201
Verificable en https://www.boe.es
El salario de ingreso para el personal horario, a partir del 1 de enero de 2023 y
durante la vigencia del convenio queda fijado en:
Núm. 259
Lunes 30 de octubre de 2023
Artículo 8.
Sec. III. Pág. 143221
Unidades de abono.
Según se recoge en el acuerdo de «Modelo de homogeneización de nómina» las
unidades de abono para cada sistema y concepto son las siguientes:
Sistemas trabajo
N.º horas
MH
N.º horas de
antigüedad
Complemento festivo
sistema
Complemento individual
sistema
3 x 8 y Resto
–
4x8
2.473
2.577
4 x MH + 12 x ANT
Ver artículo 11
5x8
5 x MH + 13 x ANT
Centro
Aranda.
Sistema
Distancia
Continua
Sucio
Calor Noche (*)
3 x 8 y Resto Ver artículo 40
824
4x8
5x8
Valladolid.
3 x 8 y Resto
307,6
2.461,00
4x8
300,6
2.463,80
5x8
300,6
2.463,80
3 x 8 y Resto
324,5
2.596,20 590,7
5x8
324,5
2.596,20
Vitoria-Gasteiz.
2x4
Almería.
(*)
3x8
Para los sistemas que realicen trabajo de noche.
Estas unidades de abono son fijas y no revisables, durante la vigencia del convenio.
Artículo 9.
Salario base.
La cuantía del salario base convenio intercategorías para
de 1.036,06 euros/mes, para todos los trabajadores y trabajadoras.
La cuantía del salario base convenio intercategorías para
de 1.067,14 euros/mes, para todos los trabajadores y trabajadoras.
La cuantía del salario base convenio intercategorías para
de 1.088,48 euros/mes, para todos los trabajadores y trabajadoras.
La cuantía del salario base convenio intercategorías para
de 1.110,25 euros/mes, para todos los trabajadores y trabajadoras.
el año 2023 será
el año 2024 será
el año 2025 será
el año 2026 será
Artículo 10. Salario de ingreso.
– 9,3 euros/hora, para los 12 primeros meses de contrato.
– 10,0 euros/hora, desde los 13 a los 24 meses de contrato.
Este salario ya tiene incorporado en su integridad el incremento salarial general
previsto en el artículo 4 del presente convenio colectivo.
Una vez que la persona esté validada por la Escuela de Formación, será objeto de
un acompañamiento individualizado para obtener la homologación en el SRH, en el que
cve: BOE-A-2023-22201
Verificable en https://www.boe.es
El salario de ingreso para el personal horario, a partir del 1 de enero de 2023 y
durante la vigencia del convenio queda fijado en: