III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-22200)
Resolución de 18 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Aeronova, SLU, y sus tripulantes de cabina de pasajeros.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 259
Lunes 30 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 143212
CAPÍTULO X
Permisos
Artículo 28.
Permisos.
Se aplicarán los permisos y licencias para facilitar la conciliación y cuidados que en
cada momento se regulen en la normativa legal vigente.
Adicionalmente, se acuerda:
(i) Permiso para asistir a la consulta médica propia y/o pruebas diagnósticas
propias un máximo de cuatro horas al año. Condiciones:
– Que no puede acudirse fuera de jornada.
– Preavisar a su superior jerárquico con toda la antelación posible de la asistencia a
una consulta o una prueba médica.
– Justificar mediante documento oficial tanto la asistencia y su duración, como que
dicha consulta o prueba no podía realizarse total o parcialmente fuera del horario laboral.
(ii)
Permiso del día efectivo exclusivamente para exámenes oficiales.
CAPÍTULO XI
Otros
Artículo 29.
Vuelos chárter y deportados.
La programación de vuelos chárter y deportados se confeccionará preferentemente
con personas TCPS voluntarias.
Artículo 30.
Formación on line vs presencial.
Toda la formación se impartirán tal y como están definidos en los programas
aprobados por la autoridad.
Artículo 31.
Exámenes.
Para garantizar la transparencia, objetividad y la correcta revisión de los errores, los
exámenes de los cursos de entrada a la compañía, así como de los cursos periódicos,
habilitación y sobrecargo, serán tipo test. Esta modificación implicará modificar el manual
y es de aprobación por AESA, por lo que una vez ratificado el acuerdo se procederá a
iniciar los trámites y cuando esté aprobado se aplicará.
Artículo 32. Designación de Sobrecargos.
– Postulación voluntaria tras el anuncio de la apertura de plazas.
– Requisitos:
• Normas aeronáuticas de aplicación.
• Superación del curso correspondiente.
• Informe favorable de jefatura de TCP's
– La antigüedad será un factor especialmente valorable, en caso de que existan
varias personas candidatas con la misma valoración a efectos de acceder al puesto. En
cve: BOE-A-2023-22200
Verificable en https://www.boe.es
El Sobrecargo es un puesto de confianza en la empresa por lo que su nombramiento
y remoción corresponde a la dirección de Aeronova. Su elección deberá obedecer los
siguientes criterios:
Núm. 259
Lunes 30 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 143212
CAPÍTULO X
Permisos
Artículo 28.
Permisos.
Se aplicarán los permisos y licencias para facilitar la conciliación y cuidados que en
cada momento se regulen en la normativa legal vigente.
Adicionalmente, se acuerda:
(i) Permiso para asistir a la consulta médica propia y/o pruebas diagnósticas
propias un máximo de cuatro horas al año. Condiciones:
– Que no puede acudirse fuera de jornada.
– Preavisar a su superior jerárquico con toda la antelación posible de la asistencia a
una consulta o una prueba médica.
– Justificar mediante documento oficial tanto la asistencia y su duración, como que
dicha consulta o prueba no podía realizarse total o parcialmente fuera del horario laboral.
(ii)
Permiso del día efectivo exclusivamente para exámenes oficiales.
CAPÍTULO XI
Otros
Artículo 29.
Vuelos chárter y deportados.
La programación de vuelos chárter y deportados se confeccionará preferentemente
con personas TCPS voluntarias.
Artículo 30.
Formación on line vs presencial.
Toda la formación se impartirán tal y como están definidos en los programas
aprobados por la autoridad.
Artículo 31.
Exámenes.
Para garantizar la transparencia, objetividad y la correcta revisión de los errores, los
exámenes de los cursos de entrada a la compañía, así como de los cursos periódicos,
habilitación y sobrecargo, serán tipo test. Esta modificación implicará modificar el manual
y es de aprobación por AESA, por lo que una vez ratificado el acuerdo se procederá a
iniciar los trámites y cuando esté aprobado se aplicará.
Artículo 32. Designación de Sobrecargos.
– Postulación voluntaria tras el anuncio de la apertura de plazas.
– Requisitos:
• Normas aeronáuticas de aplicación.
• Superación del curso correspondiente.
• Informe favorable de jefatura de TCP's
– La antigüedad será un factor especialmente valorable, en caso de que existan
varias personas candidatas con la misma valoración a efectos de acceder al puesto. En
cve: BOE-A-2023-22200
Verificable en https://www.boe.es
El Sobrecargo es un puesto de confianza en la empresa por lo que su nombramiento
y remoción corresponde a la dirección de Aeronova. Su elección deberá obedecer los
siguientes criterios: