V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2023-31661)
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento de deslinde aprobado por la O.M. de 17 de octubre de 2023, en el tramo de unos 998 m, comprendido aproximadamente entre los vértices M-52 a M-109, así como por la ampliación a 200 m de la servidumbre de protección, en el tramo de unos 2.135 m, comprendido aproximadamente entre los vértices M-1 a M-55, del deslinde aprobado por O.M. de 8 de marzo de 2000, en el t.m. de Bakio (Bizkaia). Refª DES01/98/48/002-DES04/02-DL-80-VIZCAYA.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de octubre de 2023
Sec. V-B. Pág. 51475
interesados Jokin Arroyo Uriarte, Roberto Muñoz Dermit, Luis Félix Uriarte
Extremiana, Javier del Olmo Olañeta, Asier de Madariaga Marcoartu, Juan María
Soroa Somme, Victoria Álvarez de Sotomayor León, Ander Michelena Llorente,
Myriam Doria Renobales, Sergio Treviño Luis y Silvia Lacarra Caminero, que
manifiestan esencialmente su disconformidad con la rectificación de la línea de
ribera del mar, argumentando, entre otras, falta de motivación tanto para la línea
de ribera del mar, como para la ampliación de la servidumbre de protección
solicitada por el Ayuntamiento de Bakio.
Las alegaciones que cuestionan la rectificación de la ribera del mar consistente
en hacerla coincidir con la línea de deslinde que discurre por la coronación del
acantilado, en aplicación de la jurisprudencia del Tribunal Supremo, se localizan en
la zona denominada Peñas Rojas, ubicada entre los vértices M-75 a M-109.
V) Analizadas las alegaciones producidas durante el trámite de información
pública y oficial, así como la documentación técnica aportada por algunos
alegantes, se consideró pertinente la realización de un estudio de la verticalidad
del tramo de deslinde cuestionado, en los términos establecidos en el Reglamento
General de Costas.
VI) Con fecha 26 de abril de 2023, la Demarcación de Costas en el País Vasco
remitió:
- El estudio de pendientes de los acantilados, elaborado en noviembre de 2022
por la empresa PaymaCotas Euskadi, en la citada zona de Peñas Rojas, tomando
como plano horizontal con el que formar el ángulo, el que está en contacto con la
ribera del mar (la playa, conforme a lo indicado en el art. 3.1. b) de la Ley 22/1988,
de Costas).
Se han tomado, de manera homogénea, cada 30 m, 16 perfiles transversales,
a lo largo del acantilado, con el fin de obtener la pendiente media del tramo, la cual
arroja un resultado de 60,16 grados sexagesimales, superior a los 60 grados
sexagesimales establecidos en el artículo 5 del Reglamento General de Costas.
- Las alegaciones presentadas por la Mercantil Luruda, S.L. (vértices M-76 a
M-78), oponiéndose a la rectificación de la ribera del mar, y aportando un "Informe
Topográfico realizado por la Empresa INFOTOP, en relación a la determinación de
las pendientes existentes en el acantilado lindante con la parcela de su titularidad,
según el cual, la pendiente media en la parcela es inferior a 60 grados
sexagesimales.
VII) Previa autorización de la Dirección General de la Costa y el Mar, de fecha
5 de mayo de 2023, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 82 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se otorgó un período de audiencia a los interesados,
para examinar el expediente y presentar, los escritos, documentos y pruebas que
estimasen convenientes.
VIII) Con fecha 4 de septiembre de 2023, la Demarcación de Costas en el País
Vasco remitió el resultado del trámite de audiencia, en el que se presentaron los
siguientes escritos, cuyo contenido se resume a continuación:
- La Agencia Vasca del Agua, del Gobierno Vasco, emitió informe, de 5 de
junio de 2023, concluyendo que no cree necesario formular alegaciones.
cve: BOE-B-2023-31661
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 259
Lunes 30 de octubre de 2023
Sec. V-B. Pág. 51475
interesados Jokin Arroyo Uriarte, Roberto Muñoz Dermit, Luis Félix Uriarte
Extremiana, Javier del Olmo Olañeta, Asier de Madariaga Marcoartu, Juan María
Soroa Somme, Victoria Álvarez de Sotomayor León, Ander Michelena Llorente,
Myriam Doria Renobales, Sergio Treviño Luis y Silvia Lacarra Caminero, que
manifiestan esencialmente su disconformidad con la rectificación de la línea de
ribera del mar, argumentando, entre otras, falta de motivación tanto para la línea
de ribera del mar, como para la ampliación de la servidumbre de protección
solicitada por el Ayuntamiento de Bakio.
Las alegaciones que cuestionan la rectificación de la ribera del mar consistente
en hacerla coincidir con la línea de deslinde que discurre por la coronación del
acantilado, en aplicación de la jurisprudencia del Tribunal Supremo, se localizan en
la zona denominada Peñas Rojas, ubicada entre los vértices M-75 a M-109.
V) Analizadas las alegaciones producidas durante el trámite de información
pública y oficial, así como la documentación técnica aportada por algunos
alegantes, se consideró pertinente la realización de un estudio de la verticalidad
del tramo de deslinde cuestionado, en los términos establecidos en el Reglamento
General de Costas.
VI) Con fecha 26 de abril de 2023, la Demarcación de Costas en el País Vasco
remitió:
- El estudio de pendientes de los acantilados, elaborado en noviembre de 2022
por la empresa PaymaCotas Euskadi, en la citada zona de Peñas Rojas, tomando
como plano horizontal con el que formar el ángulo, el que está en contacto con la
ribera del mar (la playa, conforme a lo indicado en el art. 3.1. b) de la Ley 22/1988,
de Costas).
Se han tomado, de manera homogénea, cada 30 m, 16 perfiles transversales,
a lo largo del acantilado, con el fin de obtener la pendiente media del tramo, la cual
arroja un resultado de 60,16 grados sexagesimales, superior a los 60 grados
sexagesimales establecidos en el artículo 5 del Reglamento General de Costas.
- Las alegaciones presentadas por la Mercantil Luruda, S.L. (vértices M-76 a
M-78), oponiéndose a la rectificación de la ribera del mar, y aportando un "Informe
Topográfico realizado por la Empresa INFOTOP, en relación a la determinación de
las pendientes existentes en el acantilado lindante con la parcela de su titularidad,
según el cual, la pendiente media en la parcela es inferior a 60 grados
sexagesimales.
VII) Previa autorización de la Dirección General de la Costa y el Mar, de fecha
5 de mayo de 2023, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 82 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se otorgó un período de audiencia a los interesados,
para examinar el expediente y presentar, los escritos, documentos y pruebas que
estimasen convenientes.
VIII) Con fecha 4 de septiembre de 2023, la Demarcación de Costas en el País
Vasco remitió el resultado del trámite de audiencia, en el que se presentaron los
siguientes escritos, cuyo contenido se resume a continuación:
- La Agencia Vasca del Agua, del Gobierno Vasco, emitió informe, de 5 de
junio de 2023, concluyendo que no cree necesario formular alegaciones.
cve: BOE-B-2023-31661
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 259