III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-22098)
Resolución 420/38422/2023, de 16 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, por el que se formaliza concierto para fijar las condiciones para la ejecución de la prestación farmacéutica a través de las oficinas de farmacia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258

Sábado 28 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 142843

En el caso de «recetas subsanables», a las que se hace referencia en el punto 3.3.4
del anexo A, devueltas a las Oficinas de Farmacia para su verificación y
cumplimentación, una vez resueltas las deficiencias que fueron objeto de su devolución,
no se volverán a grabar en los ficheros de facturación. Se subsanarán en la Comisión
Mixta Provincial.
2.3

Confección del soporte electrónico con la grabación de los datos de las HCP.

2.3.1 Los datos se grabarán en un fichero secuencial en formato ASCII. El fichero
se llamará SFHCPppmmaa.txt, donde SF indicará que es un fichero del ISFAS, HCP que
se trata de datos de hojas cupón precinto, pp la provincia, mm el mes y aa el año con
extensión de texto, y contendrá tres tipos de registro (de cabecera, de datos de las
recetas y final).
Registro de cabecera: Es único y está situado al principio del fichero, con la siguiente
estructura:





Código de provincia: 2 dígitos.
Año de los datos: 4 dígitos.
Mes de facturación: 2 dígitos.
Fecha de generación del fichero (ddmmaaaa): 8 dígitos.

Registro de datos de las hojas de cupones precinto: Los datos a grabar a partir de las
recetas y que son considerados necesarios para el proceso de facturación y un correcto
control de la prestación farmacéutica, son los siguientes:
– Provincia (2 dígitos).
– Número de Farmacia (4 dígitos).
– Mes (2 dígitos).
– Año (4 dígitos).
– Identificador de la HCP (20 dígitos).
– Código Nacional del medicamento, efecto o accesorio dispensado, sello o código
de la etiqueta autoadhesiva en su caso (6 dígitos).
– Posición (2 dígitos): Posición del cupón precinto dentro de la HCP (1 a 24).
Registro final. Es único y está situado al final del fichero, con la siguiente estructura:






Código de la provincia: 2 dígitos.
Año de los datos: 4 dígitos.
Mes de los datos: 2 dígitos.
Fecha de generación del fichero (ddmmaaaa): 8 dígitos.
Número de cupones registrados en el fichero: 9 dígitos.

2.3.2 No se utilizarán delimitadores, estando ubicados cada uno de los datos que
componen el registro en una dirección determinada y fija.
2.3.3 El contenido del soporte estará cifrado según las condiciones descritas en el
apartado 2.2.
Período de facturación.

La facturación comprenderá períodos mensuales y cada COF velará para que los
plazos de cierre de la facturación, se ajusten preferentemente al último día del mes, o el
siguiente hábil si aquel fuese festivo, garantizando el cierre conjunto para todas las
modalidades de dispensación.
2.5

Clases de facturas.

Los COFs, teniendo en cuenta tanto las recetas en papel como las dispensaciones
electrónicas, confeccionarán mensualmente las facturas que servirán como documento
para la formalización del pago.

cve: BOE-A-2023-22098
Verificable en https://www.boe.es

2.4