III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-22098)
Resolución 420/38422/2023, de 16 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, por el que se formaliza concierto para fijar las condiciones para la ejecución de la prestación farmacéutica a través de las oficinas de farmacia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258
Sábado 28 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 142842
12. Identificador de la dispensación (32 caracteres que deberán comenzar a
cumplimentar por la izquierda). Se corresponde con el identificador único de cada receta
electrónica dispensada. En el caso de receta formato papel, estos caracteres se
completarán con asteriscos.
13. Entidad emisora de la prescripción (2 dígitos). Código INE de la Comunidad
Autónoma emisora de la prescripción. En el caso de receta formato papel, estos
caracteres se completarán con asteriscos. Cuando se implemente el sistema de receta
electrónica del mutualismo, el código de Entidad será el que se asigne.
14. Identificador de la HCP (20 dígitos) representado en la plantilla de forma gráfica
como un código de barras siguiendo el estándar GS1-128, que se situará en la esquina
superior derecha. Debajo del código se dispondrá en formato legible:
La estructura del identificador será la siguiente:
– Mutualidad: Isfas (SF).
– Dígito de control: 1 dígito.
El digito de control se calcula obteniendo el resto de la división del número de hoja
entre 11. Si el valor es 10 se asigna el valor 0.
– Versión formato hoja. 2 dígitos. Inicio «01».
– Provincia: provincia a la que pertenece la farmacia, codificada con un identificador
único de provincia de 2 dígitos siguiendo la definición de códigos provinciales INE.
– Código Oficina de Farmacia: 6 dígitos. Completado a 0 por la izquierda, siendo las
dos primeras posiciones obligatoriamente 0.
– N.º de Hoja: número secuencial por farmacia. Completada a 0 por la izquierda.
En el caso de receta formato papel, estos caracteres se completarán con asteriscos.
2.2
Confección del soporte electrónico de facturación de datos (Fichero ASCII).
La grabación de los datos de facturación se realizará en un fichero secuencial en formato
ASCII. El fichero tendrá tres tipos de registro (cabecera, de datos de recetas y final).
Registro de cabecera: único y situado al principio del fichero, con la siguiente estructura:
–
–
–
–
Código de la provincia: 2 dígitos.
Año de los datos: 4 dígitos.
Mes de facturación: 2 dígitos.
Fecha de generación del fichero (ddmmaaaa): 8 dígitos.
Registros de datos de las recetas: contiene la información de cada una de las recetas
papel y electrónicas con las características indicadas en el punto 2.1.
Registro final: único y situado al final del fichero, con la siguiente estructura:
Código de la provincia: 2 dígitos.
Año de los datos: 4 dígitos.
Mes de los datos: 2 dígitos.
Fecha de generación del fichero (ddmmaaaa): 8 dígitos.
Número de recetas registradas en el fichero: 9 dígitos.
Importe total de las recetas registradas (PVP): 14 dígitos.
No se utilizarán delimitadores, estando ubicados cada uno de los datos que
componen el registro en una dirección determinada y fija. El fichero se identificará con la
provincia (pp) el mes (mm) y el año (aa) a la que corresponda la facturación, así como el
número de registros que contiene.
El contenido del soporte estará cifrado con una clave secreta que tendrá validez
anual y deberá ser entregada con la primera factura del año. Dicha clave, será única
para cada uno de los COFs y se aplicará a todos los soportes y facturas durante toda la
facturación del año protegiendo cualquier información que se intercambie entre los COFs
e ISFAS. Será comunicada por el Consejo General a la Unidad de Informática del ISFAS.
cve: BOE-A-2023-22098
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 258
Sábado 28 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 142842
12. Identificador de la dispensación (32 caracteres que deberán comenzar a
cumplimentar por la izquierda). Se corresponde con el identificador único de cada receta
electrónica dispensada. En el caso de receta formato papel, estos caracteres se
completarán con asteriscos.
13. Entidad emisora de la prescripción (2 dígitos). Código INE de la Comunidad
Autónoma emisora de la prescripción. En el caso de receta formato papel, estos
caracteres se completarán con asteriscos. Cuando se implemente el sistema de receta
electrónica del mutualismo, el código de Entidad será el que se asigne.
14. Identificador de la HCP (20 dígitos) representado en la plantilla de forma gráfica
como un código de barras siguiendo el estándar GS1-128, que se situará en la esquina
superior derecha. Debajo del código se dispondrá en formato legible:
La estructura del identificador será la siguiente:
– Mutualidad: Isfas (SF).
– Dígito de control: 1 dígito.
El digito de control se calcula obteniendo el resto de la división del número de hoja
entre 11. Si el valor es 10 se asigna el valor 0.
– Versión formato hoja. 2 dígitos. Inicio «01».
– Provincia: provincia a la que pertenece la farmacia, codificada con un identificador
único de provincia de 2 dígitos siguiendo la definición de códigos provinciales INE.
– Código Oficina de Farmacia: 6 dígitos. Completado a 0 por la izquierda, siendo las
dos primeras posiciones obligatoriamente 0.
– N.º de Hoja: número secuencial por farmacia. Completada a 0 por la izquierda.
En el caso de receta formato papel, estos caracteres se completarán con asteriscos.
2.2
Confección del soporte electrónico de facturación de datos (Fichero ASCII).
La grabación de los datos de facturación se realizará en un fichero secuencial en formato
ASCII. El fichero tendrá tres tipos de registro (cabecera, de datos de recetas y final).
Registro de cabecera: único y situado al principio del fichero, con la siguiente estructura:
–
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Código de la provincia: 2 dígitos.
Año de los datos: 4 dígitos.
Mes de facturación: 2 dígitos.
Fecha de generación del fichero (ddmmaaaa): 8 dígitos.
Registros de datos de las recetas: contiene la información de cada una de las recetas
papel y electrónicas con las características indicadas en el punto 2.1.
Registro final: único y situado al final del fichero, con la siguiente estructura:
Código de la provincia: 2 dígitos.
Año de los datos: 4 dígitos.
Mes de los datos: 2 dígitos.
Fecha de generación del fichero (ddmmaaaa): 8 dígitos.
Número de recetas registradas en el fichero: 9 dígitos.
Importe total de las recetas registradas (PVP): 14 dígitos.
No se utilizarán delimitadores, estando ubicados cada uno de los datos que
componen el registro en una dirección determinada y fija. El fichero se identificará con la
provincia (pp) el mes (mm) y el año (aa) a la que corresponda la facturación, así como el
número de registros que contiene.
El contenido del soporte estará cifrado con una clave secreta que tendrá validez
anual y deberá ser entregada con la primera factura del año. Dicha clave, será única
para cada uno de los COFs y se aplicará a todos los soportes y facturas durante toda la
facturación del año protegiendo cualquier información que se intercambie entre los COFs
e ISFAS. Será comunicada por el Consejo General a la Unidad de Informática del ISFAS.
cve: BOE-A-2023-22098
Verificable en https://www.boe.es
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