III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-22006)
Resolución de 4 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta fotovoltaica Luciérnaga, de 115 MWp, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 256

Jueves 26 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 141661

reciben alegaciones de varias empresas por incidencia sobre infraestructuras de su
propiedad.
Con fecha 28 de septiembre de 2023, tiene entrada en esta dirección general el
resultado del segundo proceso de información pública, remitido por el órgano sustantivo.
Con fecha 29 de septiembre de 2023, tiene entrada un nuevo aporte documental
realizado por el promotor, incluyendo nuevo informe de la Dirección General de Medio
Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, realizado
sobre la respuesta del promotor al emitido durante el segundo proceso de información
pública.
3.
a)

Análisis técnico del expediente

Análisis de alternativas.

Para el proyecto inicialmente planteado, el EsIA correspondiente analiza, tras
descartar por incumplimiento de objetivos la alternativa 0 o de no desarrollo del
proyecto, 3 alternativas de emplazamiento de la PSFV (I, II y III) y 3 para la línea de
evacuación (I, II, III); se selecciona la III para la PSFV y la I para la línea de
evacuación, por sus menores implicaciones ambientales. Finalmente, como se ha
indicado en el apartado 1 de la presente resolución, se busca un nuevo
emplazamiento y una solución diferente para la evacuación, para las que vuelven a
plantearse nuevas opciones, tanto para la PSFV como para la línea de evacuación.
Así, en el EsIA del proyecto modificado, se contemplan las siguientes alternativas
para la implantación de la PSFV:
– Alternativa 0: no desarrollo del proyecto.
– Alternativa 1: se corresponde con la configuración del proyecto original y que fue
informado desfavorablemente y posteriormente modificado. Tiene una superficie
de 229,55 ha y está ubicada en Arcicóllar y en Recas.
– Alternativa 2 (seleccionada): la superficie proyectada será de 212,54 ha y se ubica
en Arcicóllar y en Camarena. Es coincidente con áreas de planes de recuperación y
conservación de especies amenazadas. Es colindante a espacios de la Red Natura 2000
y del Área Importante para la Conservación de las Aves y la Biodiversidad (IBA)
«Torrijos».
– Alternativa 3: la superficie proyectada será de 209,33 ha. Es coincidente con áreas
de planes de recuperación y conservación de especies amenazadas. Está ubicada en
el TM, de Bargas, en una zona de alto valor ambiental, colindante a espacios de la Red
Natura 2000 y dentro del IBA «Torrijos», en superficies previstas para medidas
compensatorias de otros proyectos ya aprobados.

b)
b.1)

Tratamiento de los principales impactos del proyecto.
Población y salud humana.

La PSFV en el planteamiento inicial del proyecto, se localiza casi en su totalidad en
el TM de Arcicóllar, y una pequeña parte en el TM de Recas. La línea de evacuación del
proyecto original cruza los TT. MM. de Arcicóllar, Camarena, Chozas de Canales, El Viso

cve: BOE-A-2023-22006
Verificable en https://www.boe.es

Para la línea de evacuación se presentan en el EsIA, además de la Alternativa 0 de
no desarrollo del proyecto, 3 opciones para el trazado completo, seleccionándose la
segunda. Dado que, tal como se indica en el apartado 1 de la presente resolución, dicha
línea está evaluada en su mayoría en el expediente correspondiente al proyecto,
«Parque Solar Fotovoltaico El Casar, de 322 MWP/300 MW instalados, y de su
infraestructura de evacuación en las provincias de Toledo y Madrid» por lo que no se
describen en este punto. En ambos casos (PSFV y LASAT) se selecciona la
alternativa 2, por ser más favorables ambientalmente.