III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-22006)
Resolución de 4 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta fotovoltaica Luciérnaga, de 115 MWp, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 256

Jueves 26 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 141673

Sobre la fauna se indica en el estudio debido a que la magnitud que adquiere el uso
conjunto del espacio por parte de diversas infraestructuras de generación de energía y
sus correspondientes líneas de evacuación puede suponer una drástica reducción del
espacio de hábitat tanto para las aves como para sus posibles presas y toda la fauna
vertebrada terrestre, disminuyendo de esta forma la posibilidad de establecimiento de
especies en zonas saturadas. Según se indica en el estudio, esta situación sumada a la
multitud de avistamientos, hace necesaria la adopción de medidas para la compensación
del hábitat.
Sobre el paisaje se producirán inevitablemente diversas alteraciones, debidas al
paso de maquinaria de obra y vehículos de transporte de materiales, con generación de
polvo y tránsito frecuente, al movimiento de tierras, al acopio temporal de materiales y
residuos y a las demás actuaciones de obra que conlleva la realización de los proyectos
fotovoltaicos, por lo que el impacto visual generado se cataloga como sinérgico.
Y, en relación al medio socioeconómico se considera sinérgico debido a la cercanía
de los diversos proyectos a distintos núcleos, lo que puede afectar al bienestar
poblacional.
Las medidas incluidas en los apartados correspondientes de la presente resolución a
los mencionados elementos, contribuirán a paliar estos impactos.
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto.

El EsIa del proyecto originalmente planteado, de acuerdo con el contenido del
anexo VI de la Ley 9/2018, por la que se modifica la Ley 21/2013, de evaluación
ambiental incluye un capítulo en el que se evalúan y describen los efectos adversos
significativos del proyecto sobre el medio ambiente debidos a la vulnerabilidad del
proyecto ante el riesgo de accidentes graves y/o catástrofes relevantes.
En relación con la vulnerabilidad del proyecto ante catástrofes, se analizan en el EsIA
los sucesos catastróficos de origen natural correspondiente a riesgos geológicos, dentro
de los que están el sísmico (terremotos), el movimiento de tierras, el riesgo por
expansividad de arcillas y el potencial de erosión; meteorológicos, entre los que se
encuentran tormentas, nevadas, lluvias intensas, y vendavales; hidrológicos, en
particular inundaciones y avenidas; y otros, como los incendios forestales. Todos estos
riesgos se consideran poco significativos por las características de la ubicación, si bien,
el promotor ha valorado los riesgos sobre la seguridad de las personas, para la fauna, la
flora y la biodiversidad, por contaminación del suelo y agua, para el medio
socioeconómico y para el cambio climático de los efectos que los anteriores sucesos
puedan ocasionar.
La valoración conjunta de los efectos se califica como compatible. El resultado final
es que el proyecto es poco vulnerable en términos generales.
Durante el primer proceso de información pública se recibe informe del organismo
competente en riesgos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Su
concusión es que los riesgos contemplados en el catálogo de riesgos de Protección Civil
que afectan a los TT. MM. implicados en la actuación no suponen un impacto significativo
que pueda condicionar el establecimiento y posterior funcionamiento de las instalaciones
e infraestructuras previstas, siempre que se tengan en cuenta especialmente los
aspectos relativos a medios de autoprotección, medidas contra los incendios forestales
en la planta y la redacción de un Plan de autoprotección global, así como dotar a la
infraestructura de medios contraincendios, tanto activos como pasivos. El promotor
muestra su conformidad con estas observaciones.
La versión del EsIA referida al proyecto modificado no difiere significativamente en
este apartado de la inicial.
La Dirección General de Protección Ciudadana de la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha emite un informe durante el segundo procedimiento de información
pública, en el que evalúa diferentes tipos de riesgos y realiza una serie de
recomendaciones al respecto. Entre sus comentarios más relevantes, destaca la
mención al riesgo de incendios, que también se recoge en el informe de la Dirección

cve: BOE-A-2023-22006
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