III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-22006)
Resolución de 4 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta fotovoltaica Luciérnaga, de 115 MWp, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 26 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 141667
ubicación cerca de un viñedo hace pensar que la calidad del hábitat es menor que otros
entornos cercanos (Camarenilla). Resalta que la zona es cazadero de multitud de
rapaces como águila imperial, milano real, aguilucho cenizo o cernícalo primilla. Este
organismo destaca la presencia de un nido de águila imperial a 1.200 m de la
implantación y que la PSFV afectaría a parte su cazadero; sin embargo, dado que parte
se localiza sobre viñedo en espaldera, estima que el impacto sobre la pareja es
compatible siempre y cuando se pongan en marcha medidas compensatorias al
respecto. Por otra parte, el organismo manifiesta discrepancias con los estudios de fauna
presentados e indica que, en su conjunto, no se ajustan a sus directrices. Destaca que
uno de los estudios aportados no detecta la presencia de conejo, presa habitual del
águila imperial y entra en contradicción con la información aportada por la misma
consultora para otra PSFV (El Casar) en la misma zona de estudio.
El promotor manifiesta que en el EsIA y en los correspondientes estudios de fauna se
analiza la afección al águila imperial. Asimismo, en el anexo al EsIA «Plan de Medidas
de restauración y biodiversidad» se establecen las medidas destinadas a la mejora del
área de campeo y caza. Señala que la superficie vallada situada entre 1 y 1, 5 km al nido
de águila imperial, dentro del buffer de 1,5 km, supone un área de 17 ha
aproximadamente. Considera que esta superficie no alcanzaría el 10 % del cazadero
potencial de la pareja de águila imperial y que estas 17 ha se corresponden con un uso
actual de viñedo en espaldera con riego por goteo que no son relevantes para el campeo
de la especie, cuya alimentación se basa principalmente en mamíferos de tamaño
mediano, como conejos y liebres y cuyos hábitats son proporcionados mayoritariamente
por los cultivos de cereal, como trigo, cebada y avena, tal y como se indica en la
memoria del EsIA. Añade que las mayores densidades detectadas de conejo se asocian,
de acuerdo a sus trabajos de campo, al arroyo Vallehermoso, en el entorno del tramo
inicial de la línea de evacuación, que se ha diseñado soterrado.
Por otra parte, el promotor defiende la calidad de los estudios de fauna aportados.
Resalta que se realizan durante un ciclo anual completo y explica su metodología. Sobre
la abundancia de conejos y al censo de letrinas de la especie, aporta el alcance en los
ámbitos de estudio analizados por las distintas consultoras, que muestra que se ha
cubierto con ambos estudios el ámbito del proyecto completamente. En cuanto a los
datos aportados en el segundo estudio sobre «censo de letrinas de conejo», incluye las
cifras corregidas, coincidentes con las correspondientes a idénticos transectos en el
estudio realizado para la PSFV El Casar, mencionado por el organismo. El promotor
destaca que se ha producido un error humano en el volcado de datos incluyendo las
observaciones de conejo y no las letrinas, sin ánimo de falseamiento o manipulación.
Este error se puede verificar, según el promotor, en el cálculo de los totales, donde
también figuraba un resultado de cero en vez del dato correspondiente y en las fechas
de los recorridos. Finalmente, se determina que la abundancia de la especie es muy alta.
Añade que la población de conejos podría multiplicarse en interior de los recintos de la
PSFV debido a diversos factores contrastados en proyectos similares, puede ser
necesario su control para evitar daños en los cultivos mediante descastes, en todo caso
autorizados por el organismo autonómico competente.
Por lo anterior, el promotor considera subsanada la información y adecuada a la
realidad y solicita que el organismo autonómico reconsidere su informe.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha emite un nuevo informe tras la respuesta del promotor, en el que
considera subsanados los errores anteriormente indicados. Insiste en la importancia del
área de estudio para diversas especies de aves esteparias, así como para la pareja de
águila imperial nidificante en las proximidades y otras rapaces, por la presencia y alta
abundancia de conejo, si bien, considera que la alternativa de ubicación de la PSFV
seleccionada por el promotor en la segunda versión del proyecto, presenta un menor
impacto potencial sobre recursos naturales protegidos que la propuesta de implantación
inicial, considerándose que el proyecto en su redacción actual, es compatible con la
conservación de los valores naturales donde se pretende ubicar y de su entorno
cve: BOE-A-2023-22006
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 256
Jueves 26 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 141667
ubicación cerca de un viñedo hace pensar que la calidad del hábitat es menor que otros
entornos cercanos (Camarenilla). Resalta que la zona es cazadero de multitud de
rapaces como águila imperial, milano real, aguilucho cenizo o cernícalo primilla. Este
organismo destaca la presencia de un nido de águila imperial a 1.200 m de la
implantación y que la PSFV afectaría a parte su cazadero; sin embargo, dado que parte
se localiza sobre viñedo en espaldera, estima que el impacto sobre la pareja es
compatible siempre y cuando se pongan en marcha medidas compensatorias al
respecto. Por otra parte, el organismo manifiesta discrepancias con los estudios de fauna
presentados e indica que, en su conjunto, no se ajustan a sus directrices. Destaca que
uno de los estudios aportados no detecta la presencia de conejo, presa habitual del
águila imperial y entra en contradicción con la información aportada por la misma
consultora para otra PSFV (El Casar) en la misma zona de estudio.
El promotor manifiesta que en el EsIA y en los correspondientes estudios de fauna se
analiza la afección al águila imperial. Asimismo, en el anexo al EsIA «Plan de Medidas
de restauración y biodiversidad» se establecen las medidas destinadas a la mejora del
área de campeo y caza. Señala que la superficie vallada situada entre 1 y 1, 5 km al nido
de águila imperial, dentro del buffer de 1,5 km, supone un área de 17 ha
aproximadamente. Considera que esta superficie no alcanzaría el 10 % del cazadero
potencial de la pareja de águila imperial y que estas 17 ha se corresponden con un uso
actual de viñedo en espaldera con riego por goteo que no son relevantes para el campeo
de la especie, cuya alimentación se basa principalmente en mamíferos de tamaño
mediano, como conejos y liebres y cuyos hábitats son proporcionados mayoritariamente
por los cultivos de cereal, como trigo, cebada y avena, tal y como se indica en la
memoria del EsIA. Añade que las mayores densidades detectadas de conejo se asocian,
de acuerdo a sus trabajos de campo, al arroyo Vallehermoso, en el entorno del tramo
inicial de la línea de evacuación, que se ha diseñado soterrado.
Por otra parte, el promotor defiende la calidad de los estudios de fauna aportados.
Resalta que se realizan durante un ciclo anual completo y explica su metodología. Sobre
la abundancia de conejos y al censo de letrinas de la especie, aporta el alcance en los
ámbitos de estudio analizados por las distintas consultoras, que muestra que se ha
cubierto con ambos estudios el ámbito del proyecto completamente. En cuanto a los
datos aportados en el segundo estudio sobre «censo de letrinas de conejo», incluye las
cifras corregidas, coincidentes con las correspondientes a idénticos transectos en el
estudio realizado para la PSFV El Casar, mencionado por el organismo. El promotor
destaca que se ha producido un error humano en el volcado de datos incluyendo las
observaciones de conejo y no las letrinas, sin ánimo de falseamiento o manipulación.
Este error se puede verificar, según el promotor, en el cálculo de los totales, donde
también figuraba un resultado de cero en vez del dato correspondiente y en las fechas
de los recorridos. Finalmente, se determina que la abundancia de la especie es muy alta.
Añade que la población de conejos podría multiplicarse en interior de los recintos de la
PSFV debido a diversos factores contrastados en proyectos similares, puede ser
necesario su control para evitar daños en los cultivos mediante descastes, en todo caso
autorizados por el organismo autonómico competente.
Por lo anterior, el promotor considera subsanada la información y adecuada a la
realidad y solicita que el organismo autonómico reconsidere su informe.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha emite un nuevo informe tras la respuesta del promotor, en el que
considera subsanados los errores anteriormente indicados. Insiste en la importancia del
área de estudio para diversas especies de aves esteparias, así como para la pareja de
águila imperial nidificante en las proximidades y otras rapaces, por la presencia y alta
abundancia de conejo, si bien, considera que la alternativa de ubicación de la PSFV
seleccionada por el promotor en la segunda versión del proyecto, presenta un menor
impacto potencial sobre recursos naturales protegidos que la propuesta de implantación
inicial, considerándose que el proyecto en su redacción actual, es compatible con la
conservación de los valores naturales donde se pretende ubicar y de su entorno
cve: BOE-A-2023-22006
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 256