III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-22008)
Resolución de 16 de octubre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a ISC Greenfield 10, SL, autorización administrativa previa para la planta fotovoltaica PFV Valle 2, de 128,75 MW de potencia pico, 108,9 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Valladolid, Mucientes, Fuensaldaña, Santovenia de Pisuerga, La Cistérniga, Laguna de Duero, Boecillo y Aldeamayor de San Martín (Valladolid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 26 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 141724

cuanto a la línea de evacuación a 220 kV, Red Eléctrica manifiesta su disconformidad
debido a cruzamientos y paralelismos no reglamentarios con instalaciones de su
titularidad. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, manifestando su
conformidad y que realizará las modificaciones oportunas de su proyecto para poder
realizar los cruzamientos y paralelismos de forma reglamentaria. No se ha recibido
respuesta de Red Eléctrica a esta última contestación del promotor, por lo que se
entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del
referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido contestación del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF)
en las que manifiesta su conformidad con la planta fotovoltaica FV Valle 2. ADIF
manifiesta su disconformidad en lo que respecta a la línea de evacuación a 220 kV,
debido a cruzamientos con instalaciones de su titularidad. Trasladado este escrito al
promotor, este manifiesta su conformidad. En escrito posterior de ADIF se establece
condicionado técnico, en particular para la solución del cruzamiento manifestando,
habiendo sido aceptado expresamente por el promotor.
Se ha recibido informe de la Subdelegación de Defensa en Castilla y León del
Ministerio de Defensa, en el que muestra su conformidad en lo relativo a la planta
fotovoltaica PFV Valle 2. La Subdelegación de Defensa manifiesta su disconformidad al
respecto de la línea de evacuación a 220 kV, debido a la existencia de servidumbres
relativas a la Base Aérea de Villanubla. Trasladado este informe al promotor, este
respondió manifestando que modificará la línea de evacuación para dar cumplimiento
con dichas servidumbres aeronáuticas.
Preguntados el Ayuntamiento de Tudela de Duero, el Ayuntamiento de Aldeamayor
de San Martín, la Dirección General de Ordenación del Territorio y Planificación de la
Junta de Castilla y León, I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, y Compañía Logística
de Hidrocarburos (CLH), no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se
entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del
referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 6 de abril de 2022 en el «Boletín
Oficial del Estado» y con fecha 7 de abril de 2022 en el Boletín Oficial de la Provincia de
Valladolid. Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Entre las alegaciones recibidas se encuentra escrito recibido de Fotosfera
Renovables, SL, como titular del parque solar fotovoltaico denominado La Mocha, en
Boecillo, en operación desde 2020 en su primera fase y desde 2022 en su segunda fase
(RI: 48.883; ATCE-23; FV-2386) que el diseño de la línea de evacuación de los parques
«Valle 1» y «Valle 2» es incompatible con el parque solar La Mocha, en tanto las
infraestructuras de evacuación atraviesan los campos solares, sin tener en cuenta
servidumbres, ni distancias a ninguno de los elementos de las instalaciones. Trasladado
este escrito al promotor, este manifestó que cumplirá la normativa de aplicación de forma
que ambas instalaciones sean compatibles. En escrito recibido posteriormente, el
promotor ha manifestado que las modificaciones que será necesario llevar a cabo en el
trazado de la línea de evacuación evitan afecciones al parque La Mocha.
Se han recibido alegaciones de El Censo, SL, como titular del proyecto de parque
solar fotovoltaico El Censo, con número de expediente FV-2502 RI-49402 de la Junta de
Castilla y León, que cuenta con autorización administrativa previa y autorización
administrativa de construcción. El Censo SL manifiesta que el diseño de la línea de
evacuación de los parques «Valle 1» y «Valle 2» es incompatible con el parque solar El
Censo, en tanto las infraestructuras de evacuación atraviesan los campos solares, sin
tener en cuenta servidumbres, ni distancias a ninguno de los elementos de las
instalaciones. Trasladado este escrito al promotor, este manifestó que cumplirá la
normativa de aplicación de forma que ambas instalaciones sean compatibles. En escrito
recibido posteriormente, el promotor ha manifestado que las modificaciones que será

cve: BOE-A-2023-22008
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Núm. 256