III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-21891)
Resolución de 8 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Valladolid n.º 5, por la que se deniega la inscripción de una certificación del acta de adjudicación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 25 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 140828

vendedor y bajo una absoluta negligencia de las partes, principalmente del segundo
comprador, otorgaron escritura.
En base a estos hechos se ha presentado demanda de juicio ordinario ejercitando
acción declarativa de dominio o declaración de propiedad de inmueble ante la existencia
de una venta de cosa ajena, ante el Juzgado de Primera Instancia de Valladolid, frente a
D. M. G. P. y D. B. J. Z. en nombre y representación de la mercantil Montria Simancas
S.L. sin tener notificación actual del Juzgado al cual ha sido turnada la demanda, y
numero de autos del procedimiento (…)
Quinto. A la vista de todo lo relatado, entiendo que la calificación negativa de la
inscripción solicitada debe ser anulada y procederse a la inscripción registral del
inmueble en cuestión a mi favor, por ser realmente el propietario legítimo de dicho
inmueble.
No obstante, y a expensas de la resolución de la demanda interpuesta, se solicita
igualmente la anotación preventiva de la demanda en el Registro de la Propiedad N.º 5
de Valladolid, solicitud que ha sido requerida en la demanda judicial presentada (…)
Sexto. En cuanto a los defectos subsanables puestos de manifiesto en la
calificación negativa, y con el fin de poder llegar a una calificación positiva completa,
vengo a aportar la documentación solicitada consistente en la Escritura de
Capitulaciones matrimoniales de fecha 7 de abril de 2011 otorgada ante el Notarlo de
Valladolid, D. Eduardo Jiménez García, al número 627 de su protocolo, (…) y Certificado
del Secretario del Ayuntamiento de Simancas que acredita estar al corriente de pago del
impuesto sobre e l valor de los terrenos de naturaleza urbana del inmueble con
referencia catastral 7961412UM076S0016XQ (…)
Fundamentos de Derecho.
I. La cuestión que se plantea en el presente recurso consiste en decidir si la
escritura de compraventa autorizada por el Notario de Valladolid D. Jesús MartínezCortes Gimeno, número de protocolo 293/2023, por medio de la cual D. M. G. P. vende a
Montria Simancas S.L, entre otras, la finca urbana plaza de garaje n.º (…), en planta
semisótano del edificio en la C/ (…) de Simancas, finca registral 9088, presentada en el
Registro de la Propiedad en fecha 9 de febrero de 2023, debe prevalecer frente a la
presentación realizada por mi parte en fecha 20 de febrero de 2023 de la adjudicación
por subasta ante la AEAT en julio de 2019, 4 años antes, por medio de la cual se me
adjudicó el mismo bien inmueble.
Entiendo que la certificación negativa debe ser anulada procediéndose por lo tanto a
la inscripción a mi favor del inmueble en cuestión, por ser de mi propiedad desde la
adjudicación por la AEAT a través de Acta de 22 de julio de 2019, al ser clara la
titularidad real y propiedad en base a un título legítimo sobre dicho bien con anterioridad
a la compraventa de 9 de febrero de 2023.
La compraventa efectuada por medio de escritura de fecha 9 de febrero de 2023, e
inscrita en misma fecha, parte de un negocio jurídico nulo de pleno derecho, al consistir
en una venta de cosa ajena en la que concurre mala fe por parte de comprador y
vendedor, pues ni uno ni otro pueden argumentar desconocimiento sobre mi propiedad,
pues el vendedor, el Sr. G., conocía mi adjudicación en subasta desde el año 2019, y el
comprador, amigo del Sr. G. también lo conocía, aunque prueba irrefutable de su desidia
y negligencia es comprar sabiendo que figuraba en Catastro a nombre de otro, amén de
otras circunstancias, sin llevar a cabo una mínima actuación diligente para conocer la
realidad sobre el inmueble.
El obviar estas circunstancias y dar prioridad a la primera inscripción en el tiempo,
siendo una inscripción basada en un negocio jurídico nulo, puede generarme graves
consecuencias, a la par de crearme indefensión (...)»

cve: BOE-A-2023-21891
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Núm. 255