III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-21894)
Resolución de 11 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Béjar a inscribir la adjudicación de determinados inmuebles mediante convenio regulador de los efectos de un divorcio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 25 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 140856

en el convenio regulador se contengan estipulaciones relativas a bienes adquiridos antes
del matrimonio sin embargo se admiten excepciones, así, lo refleja la Resolución de 26
de julio de 2016:
– Adjudicación de la vivienda familiar. Aun cuando el artículo 90 del Código Civil
aluda a la atribución de su uso, entiende el Centro Directivo que no hay razón para
excluir aquellas disposiciones relativas al uso de la vivienda que se articulen por vía de
cesión de la propiedad, y entender incluida sólo las que se instrumentalicen por el cauce
de la constitución de un derecho real de goce. Se admiten también las estipulaciones
relativas a la plaza de garaje y trastero vinculados funcionalmente a la vivienda como
extensión de la misma, aunque registralmente tengan número de finca propio
(Resolución de 27 de febrero de 2015).
– Cuando se justifique la necesidad de extinguir una comunidad ordinaria como
operación indirecta pero resultando indispensable y suficientemente conectada para
llevar a cabo una completa liquidación del régimen económico-matrimonial (como
pudiera ser una adjudicación de un bien privativo o de una cuota sobre éste en pago de
una deuda ganancial o del haber ganancial, o como sucede cuando la adjudicación de
un bien privativo se realiza en pago de la pensión compensatoria)
– Cuando se haya ejercido conjuntamente la acción de división de cosa común,
conforme al artículo 437.4.4.ª de la Ley de Enjuiciamiento Civil, según el cual ‘en los
procedimientos de separación, divorcio o nulidad y en los que tengan por objeto obtener
la eficacia civil de las resoluciones o decisiones eclesiásticas, cualquiera de los
cónyuges podrá ejercer simultáneamente la acción de división de la cosa común
respecto de los bienes que tengan en comunidad ordinaria indivisa. Si hubiere diversos
bienes en régimen de comunidad ordinaria indivisa y uno de los cónyuges lo solicitare, el
tribunal puede considerarlos en conjunto a los efectos de formar lotes o adjudicarlos’
Resolución de 12 de noviembre de 2014.
Segundo.–Ante la calificación negativa se han aportado al expediente con escrito de
alegaciones copia de la demandan de divorcio presentada en la que se ejercitó
conjuntamente con la acción de divorcio la de división de la cosa común por proceder en
dicho convenio a liquidar todos los bienes que los esposos poseían en común y evitar en
la medida de lo posible adjudicaciones que dieran lugar a grandes excesos o defectos
que hubieran de ser compensados.
Igualmente se aportó copia de la certificación de la entidad bancaria Caixabank,
acreditativa de la fecha en la que se canceló la hipoteca que gravaba los bienes 1, 2 y 3
21 de diciembre de 2017 [sic], y d [sic], esto es diez años después de la celebración del
matrimonio durante el cual se han sufragado las amortizaciones de dicha hipoteca.»
IV
La registradora de la Propiedad elevó el expediente a este Centro Directivo, con su
informe, mediante escrito de fecha 15 de junio de 2023.
Fundamentos de Derecho
Vistos los artículos 90, 91, 95, 96, 97, 103, 400, 609, 1205, 1216, 1218, 1255, 1278,
1279, 1280, 1323, 1345 y siguientes, 1354, 1355, 1357, 1397 y 1404 del Código Civil; 44
y siguientes, 145, 222, 249, 250, 317.1, 319.1, 437, 438, 522, 523, 769, 770, 771, 774,
777, 806 y 810 de la Ley de Enjuiciamiento Civil; 1, 2, 3, 9, 18, 19, 20, 21, 38, 40 y 322 y
siguientes de la Ley Hipotecaria; 281 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial; 17 bis de la Ley del Notariado; 33, 34, 51, 91, 95 y 100 del Reglamento
Hipotecario; las Resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado
de 5 de mayo de 1978, 6 de noviembre de 1980, 25 de febrero, 9 y 10 de marzo y 31 de
octubre de 1988, 6 de marzo de 1997, 16 de octubre y 18 de noviembre de 1998, 21 de
diciembre de 1999, 6 de marzo y 8 de octubre de 2001, 5 de diciembre de 2002, 15 y 16

cve: BOE-A-2023-21894
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Núm. 255