III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-21827)
Resolución de 18 de septiembre de 2023, de la Autoridad Portuaria de Baleares, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Eivissa, para la ejecución de las actuaciones a realizar en zona municipal correspondientes al proyecto de "Adecuación del vial de la Ribera de Poniente del puerto de Eivissa".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 254

Martes 24 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 140373

reclamaciones del contratista, etc.) deberá contar con el informe preceptivo y vinculante
del Ayuntamiento de Eivissa.
Cuarta.

Financiación de las obras en zona municipal.

Las obras de la «Adecuación del vial de la Ribera de Poniente del puerto de
Eivissa» P.O. 1102-G y los trabajos de asistencia técnica a la dirección de obra,
coordinación en materia de seguridad y salud y seguimiento ambiental serán financiados
íntegramente y en todos sus conceptos (incluidas las variaciones económicas que
pudieran producirse por la baja en el proceso de licitación, por la modificación del
contrato de obras, revisiones de precios y otras incidencias que sean aprobadas en el
desarrollo de los contratos), en lo que se refiere a las actuaciones a realizar en zona
municipal, por parte del Ayuntamiento de Eivissa. Las actuaciones a realizar en zona
portuaria serán sufragadas íntegramente por la APB.
Según el proyecto de «Adecuación del vial de la Ribera de Poniente del puerto de
Eivissa», las actuaciones en la zona municipal suponen un 9,71 % del total del
presupuesto y las actuaciones en zona portuaria el 90,29 %. El presupuesto de ejecución
material se ha presupuestado en 996.723,60 euros, de los que 96.780,26 euros
corresponderían a actuaciones en la zona municipal. El presupuesto de ejecución por
contrata (incluidos GG, BI, e IVA) asciende a 1.435.182,32 euros, de los que 139.353,90
euros corresponden a las actuaciones en la zona municipal.
El Ayuntamiento de Eivissa abonará a la APB cada una de las certificaciones
correspondientes a las citadas obras y a la asistencia técnica necesaria para ejecutarlas,
incluida la liquidación de las mismas. El Ayuntamiento de Eivissa tendrá el plazo máximo
de treinta días para conformar la factura y treinta días adicionales para proceder a su
pago, desde la presentación de cada una de las correspondientes facturas, a las que se
acompañará copia de las correspondientes certificaciones y del justificante de abono de
las mismas al contratista por parte de la APB. Las certificaciones desglosarán el importe
de las obras imputable a las realizadas en zona municipal para el Ayuntamiento de
Eivissa.
Las citadas cantidades devengarán el interés legal del dinero desde la fecha de
vencimiento hasta la fecha de su efectivo pago.
Quinta.

Mantenimiento.

Una vez recepcionadas las obras por parte de la APB y el Ayuntamiento de Eivissa,
el Ayuntamiento de Eivissa, asumirá el mantenimiento de la totalidad de las obras
ejecutadas en la zona municipal y se subrogará en la posición de la APB frente a los
contratistas.
La subrogación del Ayuntamiento en la posición de la APB en relación con la
posición jurídica de los contratistas será indicada en los pliegos y será aceptada por los
contratistas que, de este modo, responderán ante la APB por las obras ejecutadas en la
Zona de Servicio del Puerto y ante el Ayuntamiento de Eivissa por las obras ejecutadas
en zona municipal.
Comisión Mixta.

Se crea una Comisión Mixta de Seguimiento, integrada por dos representantes del
Ayuntamiento de Eivissa y dos representantes de la APB. La Comisión de Seguimiento
será el órgano encargado de resolver los problemas de interpretación y cumplimiento
que puedan plantearse respecto del presente Convenio.
La Comisión de Seguimiento se reunirá con periodicidad bimensual para deliberar
sobre los problemas planteados por la ejecución de las obras y en todo caso a
requerimiento de una de las partes, levantándose actas de las deliberaciones y acuerdos
adoptados.

cve: BOE-A-2023-21827
Verificable en https://www.boe.es

Sexta.