III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-21827)
Resolución de 18 de septiembre de 2023, de la Autoridad Portuaria de Baleares, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Eivissa, para la ejecución de las actuaciones a realizar en zona municipal correspondientes al proyecto de "Adecuación del vial de la Ribera de Poniente del puerto de Eivissa".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 254

Martes 24 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 140372

Segunda. Aprobación las actuaciones a realizar en zona municipal por el Ayuntamiento
de Eivissa.
El Ayuntamiento de Eivissa se compromete a aprobar técnicamente el proyecto de
«Adecuación del vial de la Ribera de Poniente del puerto de Eivissa» P.O. 1102-G. La
aprobación municipal estará limitada a las zonas de titularidad municipal. La aprobación
técnica se deberá producir en el plazo de dos meses, a contar desde la fecha de
formalización del presente «Convenio». Una vez aprobado técnicamente el proyecto por
el Ayuntamiento, la dirección técnica de las obras y su ejecución corresponderá a la
APB, sin perjuicio del ejercicio de las facultades de supervisión que corresponden al
Ayuntamiento de Eivissa en la zona de titularidad municipal.
Con una antelación mínima de treinta días a la fecha en que se inicien las obras, se
comunicará por la APB al Ayuntamiento de Eivissa la fecha de inicio previsto,
indicándose la persona o personas que ejercerán la Dirección facultativa de las obras. El
Ayuntamiento de Eivissa será emplazado, en virtud de esta comunicación, para
comparecer a la firma del acta de comprobación del replanteo de las obras.
Una vez finalizados los trabajos de ejecución de las obras de la «Adecuación del vial
de la Ribera de Poniente del puerto de Eivissa» P.O. 1102-G, el Ayuntamiento de Eivissa
comparecerá al acto de recepción de las obras y suscribirá de conformidad el acta en lo
referente a las zonas de titularidad municipal. Dentro del plazo de quince días anteriores
al cumplimiento del plazo de garantía de la obra, el Ayuntamiento de Eivissa emitirá un
informe sobre el estado de las obras en la zona municipal, con el objeto de que la APB
pueda realizar la devolución o cancelación de la garantía que haya sido depositada por
el Contratista antes de la formalización del contrato de obras.
La ejecución del el proyecto de «Adecuación del vial de la Ribera de Poniente del
puerto de Eivissa» P.O. 1102-G no estará sometida a licencia municipal ni estará sujeto a
tributación por Impuesto sobre Construcciones, Impuestos y Obras.
El Ayuntamiento de Eivissa facilitará, en todo momento, la ejecución de las obras
como si fueran propias. A tal efecto otorgará los permisos necesarios para efectuar
cortes de calles, conexiones a redes municipales de alumbrado, abastecimiento, riego
así como cualquier otra actuación para la que se requiera su colaboración o permiso a la
mayor brevedad y sin dilación. El Ayuntamiento de Eivissa indemnizará a la APB por los
daños y perjuicios que el incumplimiento de esta obligación pueda causar así como por
los retrasos en la ejecución de las obras que se puedan derivar.
Licitación y ejecución de las obras en zona municipal.

Una vez suscrito el presente «Convenio» y aprobado el proyecto por parte del
Ayuntamiento de Eivissa, la APB procederá en el plazo máximo de treinta días a iniciar
los expedientes de contratación de asistencia técnica a la dirección de obra,
coordinación en materia de seguridad y salud y seguimiento ambiental así como de
contrato de obras para la ejecución del proyecto, de conformidad con la normativa que
resulta de aplicación en materia de contratación (Ley 9/2017, de Contratos del Sector
Público).
La ejecución de las obras anteriormente descritas y detalladas, en el proyecto
«Adecuación del vial de la Ribera de Poniente del puerto de Eivissa» P.O. 1102-G, será
efectuada íntegramente por la Autoridad Portuaria de Baleares e incluirá, en todo caso,
cualquier trámite o actuaciones que resulten necesarias hasta su total finalización y
recepción.
La determinación de los requisitos de solvencia, criterios de adjudicación y
cualesquiera otras previsiones contractuales corresponderá a la APB que será la
responsable de licitar los contratos, adjudicarlos así como de supervisar su ejecución. No
obstante, cualquier modificación contractual que pueda afectar a las obras a desarrollar
en la zona de titularidad municipal deberá contar con el informe preceptivo y vinculante
del Ayuntamiento de Eivissa. Así mismo, cualquier otra incidencia extraordinaria que
aparezca a lo largo del desarrollo del contrato de obras (p. e. suspensión de contrato,

cve: BOE-A-2023-21827
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.