III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-21780)
Resolución de 4 de octubre de 2023, del Instituto Geográfico Nacional, por la que se publica el Convenio con el Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica y la Asociación Española de Geografía, para la realización de los trabajos científicos y técnicos que conduzcan a la elaboración y publicación del Atlas Nacional de España del siglo XXI.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 253

Lunes 23 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 140178

De esta cantidad, 50.000,00 euros corresponden al pago de la diferencia de
aportación de los participantes en la Red con respecto al IGN y al CNIG, y 10.000,00
euros son gastos asignados al control y gestión del proyecto, así como a cubrir los
gastos asociados al desplazamiento de el/la Presidente/a, el/la Director/a Científico/a y
los/las coordinadores/as científicos/as de la Red ANEXXI a la sede de la misma en los
servicios centrales del IGN y el CNIG en Madrid para mantener las reuniones
presenciales que se consideren necesarias y para apoyo en actividades de difusión.
Estos gastos de control y gestión del proyecto, los asociados al desplazamiento para
reuniones y difusión son asumidos directamente por la AGE como organización líder y
deben ser compensados a ella, que los retendrá.
Los cálculos y estimaciones se recogen en el anexo IV.
La estimación y balance de gastos se resume en el siguiente cuadro:

IGN.
CNIG.
AGE (organización líder de la
Red ANEXXI).

Gastos de personal
para cada anualidad
2023-2026
(Impuestos incluidos)

Euros

Aportación
monetaria

Euros

594.000

50.000

6.000

10.000

660.000

Total gasto anual
periodo 2023-2026

Euros

660.000
660.000

Las aportaciones económicas quedan distribuidas en la siguiente tabla de
anualidades:
2023

Euros

2024

Euros

2025

Euros

2026

Euros

IGN.

50.000

50.000

50.000

50.000

CNIG.

10.000

10.000

10.000

10.000

1. Por parte del CNIG, abono de la cantidad de 10.000,00 euros por costes de
gestión y control del proyecto antes del 30 de noviembre de la anualidad
correspondiente, con cargo a la aplicación presupuestaria 17.102.495A.620
2. Por parte del IGN, abono de la mitad de la aportación anual (25.000 euros) al
finalizar el 50 % de los trabajos científicos de ese año, con cargo a la aplicación
presupuestaria 17.18.495A 620
3. Por parte del IGN, abono de la segunda mitad de la cantidad anual (25.000
euros) al finalizar el 50 % restante de los trabajos científicos de ese año, con cargo a la
aplicación presupuestaria 17.18.495A 620.
Todos estos abonos incluyen el IVA.
Novena.

Efectos y duración.

El presente Convenio se perfeccionará con la firma de las partes y tendrá validez y
eficacia una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, y tendrá una duración de 4 años desde dicho registro de acuerdo con el
artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

cve: BOE-A-2023-21780
Verificable en https://www.boe.es

El abono de la aportación anual del IGN y del CNIG a la AGE se hará de la siguiente
forma: