III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-21780)
Resolución de 4 de octubre de 2023, del Instituto Geográfico Nacional, por la que se publica el Convenio con el Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica y la Asociación Española de Geografía, para la realización de los trabajos científicos y técnicos que conduzcan a la elaboración y publicación del Atlas Nacional de España del siglo XXI.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 253
Lunes 23 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 140173
No obstante, se contemplarán mejoras derivadas de esa experiencia previa (en gran
medida, ya identificadas con la anterior dirección científica) o de la evolución de la propia
realidad geográfica, pero procurando siempre que se trate de una «evolución» en los
contenidos y no una «revolución» en los mismos.
– Analizar y clasificar los datos y descubrir tendencias en ellos; proponer la
elaboración de nuevos indicadores sintéticos y la representación conjunta de varios
indicadores correlacionados en un mismo contenido.
– Redactar los textos que aporten esa descripción y explicación razonada de la
realidad geográfica apoyada en los mapas y demás recursos visuales utilizados. Los
textos incluirán tanto una descripción de la tendencia espacial de los procesos
geográficos, como una explicación de las causas (aclarando si se plantean como
hipótesis muy plausibles o como hechos constatados) de esas distribuciones espaciales.
El estilo de los textos se realizará conforme a las directrices de estilo definidas y
supervisadas por el IGN, siguiendo siempre la premisa de que el ANE es una publicación
oficial de un organismo técnico-científico del Estado, accesible para el público general y
deberá facilitar su traducción al inglés, como si hubiera sido redactado originalmente en
dicha lengua, sin requerir apenas adaptación de los textos para dicha traducción.
– Revisar los contenidos y las publicaciones finales en lo que respecta a su calidad
científica.
– Catalogar cada contenido mediante una propuesta de palabras clave.
– Difundir el proyecto y las obras publicadas por el ANE resultado de esta
colaboración, directamente y a través de las organizaciones miembros de la Red ANEXXI,
mediante todos los canales disponibles y en todos los foros posibles.
El IGN asume:
– La dirección general y técnica del ANE.
– La definición de las características generales del ANE y de las especificaciones
técnicas de las publicaciones del ANE.
– Conseguir los datos oficiales, completos, fiables y actuales de los organismos
suministradores para lo cual procurará llegar a acuerdos para establecer un sistema
(canales, formatos, etc.) que asegure un proceso de suministro proactivo («de oficio»),
continuo, permanente, rápido, coordinado, normalizado, completo y de calidad.
– Preparar los datos en el formato y la estructura adecuados para su análisis por
los/as colaboradores/as científicos/as.
– Conseguir otra información digital o analógica de los organismos suministradores
requerida por los/as colaboradores/as científicos/as.
– Carga y procesamiento de los datos para su representación cartográfica.
– Redacción y edición cartográficas.
– Diseño y desarrollo de la navegación por los contenidos estipulados en la
estructura temática del ANEXXI y de la presentación para publicar en la web o para
elaborar publicaciones maquetadas, ya sean analógicas o digitales, de cualquiera de las
series de la colección ANE, a partir del hilo expositivo planteado por la Red.
– Catalogación y relaciones en el Tesauro del ANE mediante metadatos de todos los
recursos, considerando las palabras clave propuestas por los/as colaboradores/as
científicos/as.
– Control de calidad y correcciones conforme a libros de estilo y especificaciones
técnicas de recursos y metadatos, y pruebas de funcionamiento para la publicación
electrónica.
– Adaptar y traducir los textos, los recursos y los metadatos para las versiones
internacionales de las obras del ANE.
c.
El CNIG asume:
– Publicar las obras del ANE.
cve: BOE-A-2023-21780
Verificable en https://www.boe.es
b.
Núm. 253
Lunes 23 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 140173
No obstante, se contemplarán mejoras derivadas de esa experiencia previa (en gran
medida, ya identificadas con la anterior dirección científica) o de la evolución de la propia
realidad geográfica, pero procurando siempre que se trate de una «evolución» en los
contenidos y no una «revolución» en los mismos.
– Analizar y clasificar los datos y descubrir tendencias en ellos; proponer la
elaboración de nuevos indicadores sintéticos y la representación conjunta de varios
indicadores correlacionados en un mismo contenido.
– Redactar los textos que aporten esa descripción y explicación razonada de la
realidad geográfica apoyada en los mapas y demás recursos visuales utilizados. Los
textos incluirán tanto una descripción de la tendencia espacial de los procesos
geográficos, como una explicación de las causas (aclarando si se plantean como
hipótesis muy plausibles o como hechos constatados) de esas distribuciones espaciales.
El estilo de los textos se realizará conforme a las directrices de estilo definidas y
supervisadas por el IGN, siguiendo siempre la premisa de que el ANE es una publicación
oficial de un organismo técnico-científico del Estado, accesible para el público general y
deberá facilitar su traducción al inglés, como si hubiera sido redactado originalmente en
dicha lengua, sin requerir apenas adaptación de los textos para dicha traducción.
– Revisar los contenidos y las publicaciones finales en lo que respecta a su calidad
científica.
– Catalogar cada contenido mediante una propuesta de palabras clave.
– Difundir el proyecto y las obras publicadas por el ANE resultado de esta
colaboración, directamente y a través de las organizaciones miembros de la Red ANEXXI,
mediante todos los canales disponibles y en todos los foros posibles.
El IGN asume:
– La dirección general y técnica del ANE.
– La definición de las características generales del ANE y de las especificaciones
técnicas de las publicaciones del ANE.
– Conseguir los datos oficiales, completos, fiables y actuales de los organismos
suministradores para lo cual procurará llegar a acuerdos para establecer un sistema
(canales, formatos, etc.) que asegure un proceso de suministro proactivo («de oficio»),
continuo, permanente, rápido, coordinado, normalizado, completo y de calidad.
– Preparar los datos en el formato y la estructura adecuados para su análisis por
los/as colaboradores/as científicos/as.
– Conseguir otra información digital o analógica de los organismos suministradores
requerida por los/as colaboradores/as científicos/as.
– Carga y procesamiento de los datos para su representación cartográfica.
– Redacción y edición cartográficas.
– Diseño y desarrollo de la navegación por los contenidos estipulados en la
estructura temática del ANEXXI y de la presentación para publicar en la web o para
elaborar publicaciones maquetadas, ya sean analógicas o digitales, de cualquiera de las
series de la colección ANE, a partir del hilo expositivo planteado por la Red.
– Catalogación y relaciones en el Tesauro del ANE mediante metadatos de todos los
recursos, considerando las palabras clave propuestas por los/as colaboradores/as
científicos/as.
– Control de calidad y correcciones conforme a libros de estilo y especificaciones
técnicas de recursos y metadatos, y pruebas de funcionamiento para la publicación
electrónica.
– Adaptar y traducir los textos, los recursos y los metadatos para las versiones
internacionales de las obras del ANE.
c.
El CNIG asume:
– Publicar las obras del ANE.
cve: BOE-A-2023-21780
Verificable en https://www.boe.es
b.