III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-21780)
Resolución de 4 de octubre de 2023, del Instituto Geográfico Nacional, por la que se publica el Convenio con el Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica y la Asociación Española de Geografía, para la realización de los trabajos científicos y técnicos que conduzcan a la elaboración y publicación del Atlas Nacional de España del siglo XXI.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 253

Lunes 23 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 140172

b. Publicar la monografía «Evolución de la representación cartográfica de España»
de la serie Monografías del ANE, en sus diferentes soportes y canales de publicación, en
español y en inglés.
c. Colaborar en otras publicaciones del ANE, o trabajos vinculados con su
actividad, cuya relevancia y oportunidad sea acordada entre las partes a lo largo del
periodo de vigencia de este Convenio.
3) Aprobar la composición de equipos por ambas partes.
4) Aprobar la programación y medios económicos y materiales de estos trabajos en
relación con la Red, dentro de los límites máximos de las aportaciones económicas de
los firmantes del Convenio.
Segunda.

Obligaciones de las partes.

1) Para la gestión administrativa y económica-financiera.
a.

La AGE asumirá la gestión administrativa de la Red, que consiste en:

– mantenimiento e incorporación de nuevas organizaciones,
– conformación y mantenimiento de los Grupos de Trabajo Temáticos con
coordinadores/as científicos/as y colaboradores/as científicos/as de las organizaciones
adheridas a la Red, y con asesores/as científicos/as externos/as a la Red que se
necesiten en determinados temas.

2)

Para la colaboración científica.

a.

La AGE asume:

– Definir los contenidos (también designados como recursos) más significativos y los
indicadores o variables requeridos para producir esos contenidos, hasta constituir un
sistema de indicadores del ANE que asegure la completitud, coherencia, homogeneidad,
objetividad, veracidad, fiabilidad y claridad del ANEXXI. Esta definición se hará a partir
del perfil de atlas solicitado por el IGN (publicación solicitada dentro de las series de la
colección ANE), la consulta a los catálogos de datos temáticos accesibles en los
organismos suministradores (productores y mantenedores de datos) y las aportaciones
de estos organismos para precisar más esa definición de contenidos de manera que
responda también a sus intereses. Se hará la concepción de la estructura lógico-temática
de los temas de la publicación del ANE y se elaborará la fundamentación teóricoconceptual del argumento expositivo.
● Esta labor ya ha sido realizada en la primera constitución de la Red, por lo que
ahora se mantendrá en la medida de lo posible para asegurar una continuidad en la
representación cartográfica de temas e indicadores de publicaciones previas del ANEXXI.

cve: BOE-A-2023-21780
Verificable en https://www.boe.es

b. La AGE asumirá la gestión económica-financiera para retribuir a los
coordinadores/as y colaboradores/as científicos/as de las organizaciones miembros de la
Red, y a los asesores científicos externos requeridos por los Grupos de Trabajo
Temáticos, que participen en los trabajos previstos.
c. La AGE se responsabilizará de la formalización y gestión administrativa con las
instituciones públicas y privadas que aporten fondos para estos trabajos, bien mediante
convenios de patrocinio con organizaciones privadas (previa conformidad del IGN y
del CNIG) o bien mediante subvenciones de determinados programas de I+D+i u otras
ayudas públicas que pudiera obtener la Red para estos fines (previa conformidad
del IGN y del CNIG).
d. En cualquier caso, la AGE habilitará una contabilidad exclusiva y preservada
para las actividades de este Convenio.
e. El IGN y el CNIG asumirán la gestión de sus presupuestos respectivos
dedicados a la elaboración y publicación del ANE.