II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-21680)
Resolución de 11 de octubre de 2023, de la Universidad de Santiago de Compostela, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 21 de octubre de 2023

Sec. II.B. Pág. 139723

puntuación final conseguida en el proceso (de mayor a menor). En el caso de que
ninguna de las personas candidatas consiga la puntuación mínima establecida en los
criterios, la Comisión elaborará una propuesta de no provisión. La propuesta de
contratación o de no provisión se publicará en el Tablón electrónico de la universidad.
Una vez publicada, la comisión de selección remitirá el expediente completo al Servicio
de Planificación de Personal Docente e Investigador, junto con la justificación
documental correspondiente.
Finalizado el procedimiento, la documentación de las personas concursantes
quedará a su disposición en el Servicio de Planificación de Personal Docente e
Investigador, de donde deberán retirarla. No obstante, en el caso de interposición de
recurso, la documentación no podrá retirarse hasta que la resolución impugnada sea
firme, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan realizar copia de la
documentación a otros efectos.
Transcurridos seis meses desde la finalización del procedimiento o, en el caso de
haber recurso, desde que la resolución impugnada adquiera firmeza, la documentación
que no fuese retirada será destruida.
8.2 Contra la propuesta de provisión las personas interesadas podrán presentar
una reclamación ante el rector en el plazo de diez días a contar desde el siguiente al de
su publicación en el tablón electrónico. La reclamación será valorada por una Comisión
de Reclamaciones en los términos y conforme al procedimiento establecido en el
artículo 20 del Reglamento. Admitida a trámite la reclamación, se suspenderá el
procedimiento hasta la resolución definitiva.
9. Presentación de documentos y nombramientos
9.1 En el plazo máximo de veinte días a contar desde el siguiente al de la
publicación de la propuesta de provisión, la persona candidata propuesta en primer lugar
por la comisión de selección deberá presentar los siguientes documentos en el Servicio
de Planificación de Personal Docente e Investigador, o por cualquiera de los
procedimientos establecidos en el artículo 16 de la LPACAP, para proceder a efectuar su
nombramiento como funcionario/a de carrera del cuerpo de que se trate:
a) Original o copia compulsada de los documentos acreditativos del cumplimiento
de los requisitos establecidos en el apartado 2.1.2, requeridos para la plaza en la que
fuese propuesta.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separada mediante expediente
disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública ni encontrarse inhabilitada
para el ejercicio de las funciones públicas. Las personas aspirantes de nacionalidad no
española deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del Real
Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público en la Administración
General del Estado y sus Organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que
es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores/as, que no están
sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a
la función pública.
c) Acreditación del requisito exigido en la base 2.1.1.c) de no padecer enfermedad
ni estar afectada por limitación física o psíquica que impida el desempeño de las
funciones correspondientes a profesor/a de Universidad, mediante certificación médica
oficial o informe de salud emitido por el Servizo Galego de Saúde (SERGAS). También
se podrá presentar, en su caso, informe emitido por el órgano equivalente en materia de
salud de otras Comunidades Autónomas del Estado.
d) Acreditación de los requisitos exigidos en la base 2.1.1.e), que deberá ajustarse
a lo siguiente:
Las personas candidatas propuestas para ocupar el puesto de profesora o profesor
titular de universidad deberán acreditar el conocimiento de las dos lenguas oficiales en la
Universidade de Santiago de Compostela, de conformidad con lo establecido en la

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